La reciente aprobación,
por las Cortes de Aragón, de la Ley 8/2018, de 28 de junio, de actualización de
los derechos históricos de Aragón, es un ejemplo palmario de la preocupante deriva
autonómica que vive nuestro país, que tiene manifestaciones no solo en los
gravísimos intentos secesionistas catalanes, sino también en la anacrónica y
reaccionaria apelación a los derechos históricos de ciertos territorios, a los
que lamentablemente se ha sumado Aragón con la aprobación de esta desafortunada
y antidemocrática ley.
Se busca, de manera
improcedente, fundamentar la capacidad de autogobierno y la legitimidad de las instituciones
autonómicas no en la Constitución Española, norma fundamental y fundamentadora
de nuestra democracia y única legitimadora de todas sus instituciones, en la que se
consagra nuestro modelo de Estado autonómico, sino en el pasado remoto, de
manera que la nueva Ley, tras declarar que Aragón es una nacionalidad con más
de doce siglos de historia, proclama su condición de territorial foral por
legitimidad histórica.
Desde esta Asociación
rechazamos de forma radical la apelación a cualquier legitimidad que no sea la
legitimidad democrática, cuya plasmación máxima se contiene en la Constitución
Española de 1978. No podemos aceptar la noción antidemocrática de derechos
históricos. Como se ha señalado por la doctrina constitucionalista española,
los derechos históricos ni existen ni pueden existir, por la razón evidente de
que, en democracia, es el pueblo y sus representantes y no la Historia la
fuente de legitimidad del poder y del derecho. Por lo tanto, la noción de
derechos históricos apela a una legitimidad no democrática. La Historia se
plasma en hechos históricos, pero no genera derechos históricos. Y en ningún
caso esos pretendidos derechos de un pueblo atemporal pueden ser freno o
barrera para la innovación normativa y el progreso del ordenamiento jurídico
del conjunto de los ciudadanos españoles, aragoneses y no aragoneses.
La ley aragonesa de
actualización de derechos históricos está plagada de barbaridades y aberraciones jurídicas,
incompatibles con nuestro ordenamiento constitucional y nuestra cultura
democrática, y busca el anclaje de nuestra vida pública en una visión irreal e
inerte de la historia, como si nuestro horizonte fuera la Edad Media y como si las
revoluciones liberales y la conquista política de la ciudadanía tuvieran como
finalidad la recuperación del Antiguo Régimen previo a nuestra etapa
democrática y constitucional. Es una Ley que no solo ignora la Constitución
Española, lo cual ya la invalida como norma jurídica, sino que atenta contra
los principios más básicos del régimen democrático, pues la historia en ningún
caso puede erigirse en título válido para ejercer otros derechos que no deriven de la
norma constitucional.
Resulta realmente
ridículo que una norma autonómica plantee la derogación, aunque sea con carácter
simbólico, de los Decretos de Nueva Planta de 1707, por los que se suprimieron
"los fueros y las libertades que disfrutaba Aragón", pues tales Decretos fueron
derogados con la aprobación de la Constitución gaditana de 1812, como señalara
el profesor Tomás y Valiente: nuestra primera Constitución impuso la
desaparición del régimen foral, en la medida en que fueros, privilegios y
derechos históricos son categorías propias del Antiguo Régimen. Como señalara
también el profesor García Pelayo, primer presidente del Tribunal
Constitucional, los derechos históricos son una expresión anticuada, que forma
parte de las bases ideológicas de los movimientos tradicionalistas y
reaccionarios del siglo XIX, frente a las tendencias racionalistas y
progresistas. Son una categoría incompatible con el principio de legitimidad
democrática.
Como Asociación
comprometida con los valores democráticos y constitucionales, con el valor normativo
de la Constitución Española y la primacía del Estado de Derecho, no podemos
dejar de reaccionar frente a la aprobación de una ley que menoscaba y
contraviene todos los valores esenciales de nuestro sistema político, apelando
a una legitimidad que nada tiene que ver con la lógica democrática, y que
colisiona frontalmente con la Constitución y con el Estatuto de Autonomía de
Aragón. Aragón no puede contribuir al desconcierto territorial español con una
ley tan deficiente y tan retrógrada. Una ley rechazable en su integridad.
Por las razones
expuestas, y tras un análisis pormenorizado del contenido de la Ley, esta
Asociación va a pedir la derogación de la misma a todos los grupos
parlamentarios de las Cortes de Aragón, al tiempo que va a solicitar de todas
las instituciones legitimadas para la interposición de recurso de
inconstitucionalidad contra leyes autonómicas (Presidente del Gobierno,
Defensor del Pueblo, cincuenta diputados, cincuenta senadores, gobiernos y
parlamentos autonómicos) la impugnación de dicha Ley ante el Tribunal
Constitucional, por propugnar una legitimación de las instituciones autonómicas
que atenta radicalmente contra el principio democrático y la supremacía
normativa de la Constitución.
ResponderEliminarLa proposición de ley de Actualización de Derechos Históricos de Aragón, aprobada con los votos de PSOE, Podemos, PAR, CHA e IU, olvida que el fundamento jurídico de la autonomía es la Constitución y pretende burlar al Estatuto aragonés.
ResponderEliminarIgnorando el informe remitido por el Ministerio de la Presidencia en el que se advertía de su posible inconstitucionalidad y despreciando la casi totalidad de las recomendaciones del letrado de las Cortes regionales vinculado a su tramitación en comisión, la proposición de ley de Actualización de Derechos Históricos de Aragón logró ser aprobada con los votos favorables de PSOE, Podemos, PAR, CHA e IU. La Ley, que olvida que el fundamento jurídico de la autonomía es la Constitución, pretende burlar al Estatuto aragonés y concede alimento gratuito para aquellos que buscan retorcer el papel que Aragón desempeña en España.
Alimento gratuito para los nacionalismos extremos, la Ley de Actualización de Derechos Históricos de Aragón pretende, pese a su rango menor, enmendar al Estatuto de Autonomía, que nació de un amplio consenso parlamentario. Desde una mirada benevolente, el texto podría ser interpretado como el resultante de un descuido jurídico o de un pésimo quehacer político, aunque quizá todo sea producto de un acuerdo de cesión por parte del PSOE hacia sus socios, ignorando una cuestión mayor y negando, a su vez, sus deberes y obligaciones como partido de Estado. La nueva ley, en cuya tramitación ya se advirtió por parte del Ministerio de la Presidencia y del letrado de la Cortes regionales de su posible falta de encaje en la Constitución, fija una interesada reescritura ajena al sentimiento mayoritario de los aragoneses. Urge que el presidente Javier Lambán, que de forma reiterada ha insistido en el papel que desea que Aragón juegue en el conjunto de España –como uno de los principales garantes de su unidad–, aclare las razones y motivos por los que su partido ha secundado una norma que, ajena a su discurso público, no puede despreciarse como si de una cuestión trivial se tratase. Los muchos artículos contrarios al Estatuto de Autonomía obligan a revisar una ley que podría ser elevada al Tribunal Constitucional.
HA
ResponderEliminarLa nueva ley reivindica que los derechos de los aragoneses preceden a la Constitución de 1978. “Los derechos históricos del pueblo aragonés son anteriores a la Constitución española y al Estatuto de Autonomía, que los amparan y respetan, así como a la legislación emanada de la Unión Europea. Al no emanar de ellos, han de ser respetados por las reformas que puedan afectar a esas normas” (artículo 4).
Misión de todas las Administraciones públicas aragonesas deberá ser desde hoy “respetar dicha condición y utilizar en sus normas y documentos oficiales la denominación ‘Aragón, nacionalidad histórica’, así como fomentar su uso por los particulares y los medios de comunicación”.
Los partidos promotores de la ley explican en el preámbulo que “con la experiencia acumulada a lo largo de más de treinta años, es preciso dar un nuevo impulso al proceso de construcción de nuestro autogobierno, a fin de que Aragón, mediante la actualización de los derechos históricos de su pueblo, amparados y respetados por la Constitución, acceda al máximo nivel de autogobierno”.
Vaya basura nacionalista!!!
ResponderEliminar
ResponderEliminarAragón es una nación con mil años de historia, con una identidad cimentada en las instituciones propias de nuestro Derecho foral y también en nuestra cultura, nuestras lenguas y en nuestra voluntad de ser y de construirse en el presente. Los fueros y libertades de Aragón, hacienda foral incluida, desaparecieron en 1707, por derecho de conquista, al igual que en los otros países de la Corona de Aragón, con la victoria del primer Borbón en la Guerra de Sucesión. Vascos y navarros, sin embargo, conservaron sus instituciones propias por haber apostado por el bando ganador. En 1939, aunque alaveses y navarros la conservaron por haberse situado, una vez más, en el bando ganador, Guipúzcoa y Vizcaya también perdieron su hacienda foral. ¿Por qué estas provincias la recuperaron con la actual Constitución española y Aragón no? La misma disposición adicional en el Estatuto, la misma referencia en la Constitución española, y sin embargo un trato bien distinto. Nadie dice que resulte fácil, pero, desde luego, si desde Aragón no movemos pieza nadie lo hará por nosotros y no podremos aspirar nunca a ganar esta partida.
Que nadie se engañe. No se trata de un debate historicista. En Aragón, detrás del reconocimiento de nuestros derechos históricos, se encuentran los recursos para atajar las listas de espera de los hospitales, para atender a nuestros mayores, discapacitados, niños o mujeres maltratadas, o las inversiones que necesitamos en carreteras, en vivienda protegida, en parques tecnológicos y un largo etcétera. Pongamos cara y ojos al debate de la financiación.
Chesús Yuste
ResponderEliminarLos derechos históricos son tan constitucionales que figuran expresamente consagrados en la Disposición Adicional Primera de la propia Constitución de 1978: "La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales. La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía". El constituyente entendía que había realidades colectivas que existían previamente a esta Carta Magna y que había que proceder a la devolución de sus derechos de carácter nacional, foral o como se les quiera llamar.
Chesús Yuste
ResponderEliminarEsta nueva ley declara que Aragón es un «país» con más de doce siglos de historia e identidades jurídicas y políticas anteriores a España. Esta ley sobrepasa al Estatuto de Autonomía. Coloca los «derechos históricos del pueblo aragonés» por encima de la Constitución, siendo estos anteriores a ella. Pese a que la ley se votó en las Cortes de Aragón el pasado 28 de junio, la redacción no se publicó hasta el 10 de julio.
El PSOE considera que este texto no choca con la Constitución, no abona el derecho de autodeterminación y está dentro de la legalidad.
ResponderEliminarAragón se proclama nacionalidad histórica y reivindica la derogación de los Decretos de Nueva Planta de Felipe V
ResponderEliminarLa Ley de Aragón 8/2018, de 28 de junio, pretende afirmar y proteger la identidad aragonesa y dar un nuevo impulso al proceso de construcción de su autogobierno mediante la actualización de los derechos históricos de su pueblo.
Aragón, nacionalidad histórica de naturaleza foral
El texto proclama que Aragón es una nacionalidad histórica de naturaleza foral y que su participación en el proceso histórico de construcción de España no ha supuesto la renuncia a sus derechos históricos, cuya actualización es legítima de acuerdo con la disposición adicional primera de la Constitución y según se prevé en la disposición adicional tercera del Estatuto de Autonomía de Aragón.
Las Administraciones públicas aragonesas deberán respetar, conforme al nuevo texto, dicha condición y utilizar en sus normas y documentos oficiales la denominación "Aragón, nacionalidad histórica", así como fomentar su uso por los particulares y los medios de comunicación. La Ley además establece que Aragón, en virtud de sus instituciones tradicionales, su historia, su Derecho, su cultura y de la convivencia histórica de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón, ostenta en el Estado español y en la Unión Europea una identidad y un espacio jurídico, político y cultural propios, que deberán reivindicarse y reconocerse.
El territorio de la Comunidad Autónoma se corresponde con el histórico de Aragón y comprende el de los municipios y comarcas integrados en las actuales provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza.
ResponderEliminarLos derechos históricos imprescriptibles del pueblo aragonés
La ley afirma que los derechos históricos del pueblo aragonés son anteriores a la Constitución española y al Estatuto de Autonomía, que los amparan y respetan, así como a la legislación emanada de la Unión Europea, y que en consecuencia, al no emanar de ellos, han de ser respetados por las reformas que puedan afectar a esas normas. También declara que los derechos históricos no prescriben por falta de uso, ejercicio o reclamación.
Como sucesores de las instituciones del antiguo Reino de Aragón, los poderes públicos aragoneses promoverán y garantizarán el pleno ejercicio de los derechos y libertades proclamados en el Estatuto de Autonomía de Aragón, la Constitución española, la legislación de la Unión Europea, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, la Carta Europea de las Lenguas Regionales y Minoritarias, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y el resto de tratados y convenios internacionales que resulten de aplicación, así como aquellos otros derechos que, habiendo sido reconocidos en normas de menor rango jurídico, se encuentren en vigor.
ResponderEliminarPacto entre Aragón y el Estado
La nueva norma recuerda que, con arreglo a la tradición foral aragonesa, los derechos históricos se fundamentan en el valor del pacto como base de la convivencia social y política, y que el pacto tiene dos manifestaciones principales: en primer lugar, que los poderes públicos aragoneses impulsarán y garantizarán la participación efectiva de la ciudadanía en los procesos de toma de las decisiones que les afecten, principalmente a través del fomento de la iniciativa legislativa popular, y que las decisiones relevantes que afecten a Aragón no podrán ser adoptadas unilateralmente por las instituciones del Estado o por entidades supraestatales, sino que deberán ser negociadas con los representantes de la Comunidad Autónoma.
Se consideran decisiones relevantes, entre otras, todas aquellas que afecten a las competencias exclusivas de Aragón o a los derechos y libertades de los aragoneses, así como aquellas a las que puedan otorgar ese carácter las Cortes de Aragón en norma con rango de ley.
ResponderEliminarondición política de aragonés y natural de Aragón
Por otra parte la ley establece que la condición política de aragonés otorga el pleno ejercicio de los derechos políticos contemplados en el Estatuto de Autonomía de Aragón, señalando que gozan de dicha condición los ciudadanos españoles que tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Aragón o cumplan los requisitos que la legislación aplicable pudiera establecer, los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido su última vecindad administrativa en Aragón y acrediten esta condición en el correspondiente Consulado de España o cumplan los requisitos establecidos en la legislación estatal, así como sus descendientes, si así lo solicitan, siempre que ostenten la nacionalidad española en la forma que determine la ley y los ciudadanos españoles con vecindad civil aragonesa, aunque residan fuera de Aragón, siempre que lo soliciten de acuerdo con lo dispuesto en la ley.
ResponderEliminarSímbolos e instituciones de autogobierno
Por lo que respecta a los símbolos de Aragón, el texto se ocupa de la bandera, que es la tradicional de las cuatro barras rojas horizontales sobre fondo amarillo, en la que podrá figurar en el centro el escudo de Aragón, y del escudo, que es el tradicional de los cuatro cuarteles, y establece que la capital de Aragón es la ciudad de Zaragoza y que el día de Aragón es el 23 de abril, que deberá ser festivo en todo el territorio aragonés.
Dentro de las instituciones de autogobierno, se incluyen las instituciones forales históricas, las Cortes de Aragón, el Justicia de Aragón, la Presidencia de Aragón, la Diputación General del Aragón, la Cámara de Cuentas de Aragón, el Tribunal Superior de Justicia y los municipios y comarcas. Y se contempla que la Diputación General de Aragón pueda compilar y reconocer, mediante decreto y de manera justificada, el carácter histórico foral de otras instituciones que, por su singularidad y aportación al proceso histórico de Aragón, merezcan tal consideración.
ResponderEliminarPatrimonio político e histórico de Aragón
La norma señala que el patrimonio político, jurídico e histórico aragonés está integrado por todos los bienes, materiales e inmateriales, relacionados con las instituciones, el Derecho y la historia de Aragón, debiendo la Diputación General de Aragón promover su protección, conservación, recuperación, enriquecimiento, investigación, difusión, promoción, fomento y actualización, garantizando su transmisión a las generaciones futuras, su uso como bien social y su consideración como un factor de desarrollo sostenible para Aragón.
También se refiere al patrimonio material de especial relevancia para la historia política y jurídica de Aragón; al regreso del patrimonio expoliado y emigrado; al derecho histórico de Aragón a participar de forma preeminente en la dirección y gestión del Archivo de la Corona de Aragón, así como en su Patronato; al patrimonio histórico y al inmaterial; a la protección y difusión de la lengua aragonesa y a la protección del agua como patrimonio común, de la que se descarta que pueda convertirse en objeto apto para el tráfico mercantil.
El patrimonio expoliado y la tergiversación histórica
ResponderEliminarEl artículo 25 de la Ley 8/2018 establece que el pueblo aragonés tiene derecho a que regresen a Aragón todos los bienes integrantes de su patrimonio político, jurídico e histórico que se encuentran fuera de su territorio, a cuyo fin la Diputación General de Aragón desarrollará las actuaciones necesarias, en especial las dirigidas al regreso de los bienes aragoneses actualmente depositados en el Museo Arqueológico Nacional en Madrid, el Museo Nacional de Arte de Cataluña en Barcelona, el Museo de Lleida, Diocesano y Comarcal, y el Centro Documental de la Memoria Histórica en Salamanca, así como los que se encuentran en otros Estados.
Por otro lado la nueva ley establece que el Justicia de Aragón incluirá en su informe anual un apartado en el que consten las actuaciones públicas sucedidas provocadas por instituciones, entidades públicas o sus representantes en materia de tergiversación histórica y que afecten al decoro e identidad como pueblo, en el que además constarán las denuncias presentadas por particulares, asociaciones y entidades públicas relativas a la manipulación de la realidad histórica, cultural o territorial aragonesa, incluyendo las acciones que, en su caso, debiera haber realizado el Gobierno o hubiera realizado.
ResponderEliminarEl derecho aragonés
El texto incluye los principios de interpretación del Derecho aragonés: a) los títulos competenciales, en cuanto normas amparadas por un pacto, se interpretarán en el sentido más favorable a la autonomía de Aragón; b) las instituciones de Aragón evitarán aplicaciones literales de la norma que supongan fraude de Estatuto, y c) en la interpretación de las normas se tendrá en cuenta el sentido histórico de las palabras.
También se ocupa del acceso al conocimiento del Derecho propio por parte de los ciudadanos, los operadores jurídicos y los empleados públicos, que tendrá la consideración de servicio público. Y señala que en Aragón, el procedimiento de habeas corpus recupera la denominación foral de "recurso de manifestación de personas", sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación procesal.
Y dentro de este ámbito regula la Comisión Aragonesa de Derecho Civil, órgano consultivo que tiene por objeto asesorar al Gobierno en materia de conservación, modificación y desarrollo del Derecho civil aragonés como parte esencial del Derecho Foral de Aragón.
ResponderEliminarAcuerdo económico-financiero con el Estado y derogación de los Decretos de Nueva Planta
La nueva ley establece que la Diputación General de Aragón instará a la Administración General del Estado a suscribir, en el plazo de seis meses, el Acuerdo bilateral económico-financiero previsto en el artículo 108 del Estatuto de Autonomía de Aragón. También dispone que, “con el objetivo de hacer posible la superación histórica de las consecuencias negativas que, derivadas de los decretos de abolición foral de 1707, todavía hoy padece Aragón”, la Diputación General se dirigirá al Gobierno del Estado español para que este derogue formalmente el Decreto de Nueva Planta de 29 de junio de 1707, que "dictado por el derecho de conquista", supuso la abolición de los fueros y libertades de que gozaba Aragón antes de Felipe V.
Entrada en vigor
La Ley 8/2018, de 28 de junio, entró en vigor el día 29 de junio de 2018, fecha en la que se cumplen trescientos once años desde la aprobación del primer Decreto de Nueva Planta que abolió, por derecho de conquista, el Derecho público y las instituciones propias del Reino de Aragón.
ResponderEliminarCiudadanos presentará un recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Derechos Históricos de Aragón
ResponderEliminarCiudadanos ha decidido presentar un recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Actualización de los Derechos Históricos de Aragón que aprobó las Cortes el pasado jueves con su voto en contra. "Aviva el enfrentamiento de la Comunidad con España porque permite ejercer el derecho de autodeterminación e ir por el camino de la independencia", ha denunciado la portavoz de la formación en las Cortes, Susana Gaspar.
Además de ser "contraria" a la Constitución, Gaspar también lamenta que "vulnera" once artículos del Estatuto de Autonomía de Aragón, una situación que ya recogía un informe realizado por el letrado de las Cortes. Es este texto el que se ha enviado a los servicios jurídicos de Ciudadanos para que decidan cuál es el mejor procedimiento para presentar el recurso.
Entre las opciones que barajan para que el recurso salga adelante se encuentra la posibilidad de negociar con el Partido Popular, ya que también votó en contra de la Ley en las Cortes. De esta manera, Ciudadanos conseguiría los 50 diputados necesarios en el Congreso para que prospere el recurso. Otra de las opciones que estudian es la de pedirle al Defensor del Pueblo que lo registre.
Además, Gaspar le ha pedido públicamente al presidente de Aragón, Javier Lambán, que presente él mismo el recurso de inconstitucionalidad. Ha denunciado su "incoherencia" porque "por las mañanas se envuelve en la bandera de España y por las tardes aprueba este tipo de leyes".
La decisión ha sido tomada en una reunión del Comité Autonómico de Ciudadanos Aragón, donde también se ha valorado y criticado la decisión del presidente de España, Pedro Sánchez, de "apartar" de esta legislatura la reforma de la financiación autonómica. "Nos sorprende que con Mariano Rajoy los gobiernos socialistas lo consideraran irrenunciable y ahora se decida apartarlo", ha expuesto Gaspar.
ResponderEliminarEl consejero aragonés Vicente Guillén considera que el debate surgido tras la aprobación de la ley de actualización de derechos históricos de Aragón pretende "abrir heridas artificiales". Espera que, si el Gobierno de España pretende recurrirla al Constitucional, antes active los mecanismos bilaterales para tratar el asunto.
ResponderEliminarZaragoza.- La polémica surgida en algunos medios de comunicación nacionales respecto a aprobación de la ley de actualización de derechos históricos de Aragón está liderada por "aquellos que están intentando abrir heridas artificiales", según el consejero de Presidencia del Gobierno autonómico, Vicente Guillén. Considera que "nada hay en esta ley que pueda poner en riesgo la unidad de España".
Ha recordado que esta ley no fue impulsada por el Ejecutivo, sino que partió de una proposición por ser "irredentos izquierdistas", y que "es calcada a a negociada la legislatura pasada por PP y PAR". Y, aunque varios ministerios informarán a la DGA de que algunos de sus artículos podrían ser inconstitucionales, Guillén ha justificado que no se transmitieran mediante un informe al Parlamento autonómico: “No informamos porque no lo hacemos habitualmente. También nos enviaron advertencias sobre inconstitucionalidad cuando se tramitaba la ley del taxi y tampoco lo hicimos”.
Lo que, según Guillén, es obligación del Ejecutivo es respetar la soberanía del Parlamento autonómico, que aprobó esta ley el pasado 28 de junio. "Nosotros no somos jueces de nada", ha recalcado.También ha remarcado que el Gobierno del que forma parte "está comprometido con la Constitución y el Estatuto de Autonomía sin ningún género de duda", que considera está haciendo la DGA. “Si hay alguien que defiende la unidad de España, ese es el presidente Javier Lambán", según Guillén, quien tiene claro que "Aragón forma parte de un proyecto común y tenemos objetivo de contribuir a su desarrollo.Eso sí, sin renunciar a la singularidad que tiene Aragón", la cual "viene avalada por la constitución”.
El Gobierno de España próximamente deberá decidir si recurre esta ley al Tribunal Constitucional. Ante esta posibilidad, Guillén espera que, antes de acudir a la justicia, se activen los mecanismos de bilateralidad para tratar el asunto en reuniones privadas entre Estado y Aragón.
ResponderEliminarEl Archivo de la Guerra Civil vuelve a colocarse en el ojo del huracán informativo y en convertirse en objeto de un posible nuevo conflicto territorial entre Comunidades Autónomas.Tras la entrega a la Generalitat de Cataluña desde el año 2006, en una sucesión de controvertidos envíos, de más de 400.000 fondos catalanes del histórico inmueble de lacalle Gibraltar correspondientes a los turbulentos años de la II República y al sangriento periodo de la Guerra Civil, una nueva herida ha comenzado a abrirse con unas imprevisibles repercusiones que, por el momento, no se están vislumbrando en el horizonte inmediato, pero que sí generará, con toda probabilidad, tensión y convulsiones políticas y mediáticas.
Este pasado martes, 10 de julio, el 'Boletín Oficial de Aragón' publicaba el texto íntegro de la denominada Ley de Actualización de los Derechos Históricos de Aragón, una polémica y cuestionada iniciativa que fue aprobada previamente en las Cortes regionales con los votos favorables del PSOE, los nacionalistas de la Chunta Aragonesista –quienes promovieron la iniciativa legislativa–, Podemos, Izquierda Unida y el Partido Aragonés (PAR). Sin embargo, concitó el rechazo frontal del Partido Populary de Ciudadanos.De hecho, la formación naranja amagó hace unos pocos días con recurrir este texto ante las instancias del Tribunal Constitucional.
El Norte de Castilla
ResponderEliminarLa nueva ley proclama a Aragón como«una nacionalidad con más de doce siglos de historia»y sobre su«amplio y variado territorio, sucesivas generaciones de aragoneses y aragonesas fueron construyendo una nación, fundada en la defensa de las libertades, dotada de instituciones singulares y depositaria de un rico patrimonio natural, cultural, jurídico y lingüístico».
Estos elocuentes párrafos del preámbulo, que segúnCiudadanos destilan soberanismo y abren de forma evidente y palpable la puerta al derecho a la autodeterminación, se acompañan, en el artículo 25 de la nueva ley, con un punto que afecta directamente aSalamanca y que lleva el título genérico de 'Patrimonio expoliado y emigrado'.
Textualmente, en dicho artículo se proclama que «el pueblo aragonés tiene el derecho histórico a que regresen a Aragón todos los bienes integrantes de su patrimonio político, jurídico e histórico que se encuentran fuera de su territorio». En virtud de esta reivindicación, la Diputación General de Aragón –denominación que recibe en aquella Comunidad Autónoma el poder ejecutivo– desarrollará «todas las actuaciones necesarias para hacer realidad el derecho histórico proclamado en el apartado anterior, y, en especial, el regreso de, entre otros, los bienes aragoneses que se encuentran depositados en el Museo Arqueológico Nacional en Madrid, el Museo Nacional de Arte de Cataluña en Barcelona, el Museo de Lleida, Diocesano y Comarcal, y en el Centro Documental de la Memoria Histórica en Salamanca, así como los que se encuentran en otros Estados». Este artículo y, lógicamente, todo el texto de la nueva disposición normativa lleva la rúbrica del presidente delGobierno de Aragón, el socialista Javier Lambán. Precisamente, en Aragón gobierna el PSOE desde julio de 2015 gracias al acuerdo de investidura que alcanzó con los parlamentarios de Podemos y con el voto favorable también de Izquierda Unida y de la Chunta Aragonesista.
NC
ResponderEliminarLa petición, en el momento en el que se haga efectiva, será remitida directamente alMinisterio de Cultura, dado que elCentroDocumental de la Memoria Histórica (CDMH) de Salamanca pertenece a la estructura del organismo ministerial que dirige el también socialista José Guirao, concretamente a laSubdirección General deArchivos Estatales que encabeza, para mayor ironía, el investigador y bibliotecariosalmantino SeverianoHernández. Pertenece también a la estructura de esta Subdirección el Archivo de la Corona de Aragón.
No es la primera vez que las autoridades aragonesas plantean esta reivindicación, que ahora resucita con especial intensidad mediante su incorporación expresa a la nueva ley auspiciada por elGobierno de Javier Lambán. En septiembre de 2004 las Cortes de Aragón aprobaron por unanimidad solicitar el retorno a aquella Comunidad Autónoma de las 145 cajas que contienen documentos y fondos de Aragón que se encuentran depositados en el Archivo de la Guerra Civil de Salamanca desde el año 1938. Por su parte, los técnicos ministeriales anunciaron en enero de 2006 que tenían localizados en la antigua sede delCentro Documental de la Memoria Histórica un total de 13.412 documentos referentes a Aragón.
ResponderEliminarEl PSOE maño se ha soltado el pelo. Aragón es nación. Del texto de Ok Diario: "Aragón es desde este martes un nuevo 'país' dentro de España. El Boletín Oficial de Aragón publica la ‘Ley de actualización de los derechos históricos de Aragón’, que fue aprobada gracias a los votos del PSOE, Podemos, los nacionalistas de la Chunta, IU y el Partido Aragonés Regionalista. Tanto el PP como Ciudadanos votaron en contra. La nueva norma proclama que 'Aragón es una nacionalidad con más de doce siglos de historia' y reconoce como objetivo 'afirmar y proteger la identidad aragonesa'. Promulgada 'en nombre del Rey' por el presidente regional, el socialista Javier Lambán, la ley responde toda ella a una inspiración soberanista. Así, en su artículo 1, proclama: 'Aragón es una nacionalidad histórica, de naturaleza foral, cuya identidad jurídica, así como la voluntad colectiva de su pueblo de querer ser, se han mantenido de manera ininterrumpida desde su nacimiento'. Y advierte a renglón seguido de que 'la participación de Aragón en el proceso histórico de construcción de España no ha supuesto la renuncia a sus derechos históricos'".
El café para todos de esta vez va a ser la deconstrucción de la tortilla española en los cuatro reinos del huevo, la sal, el aceite y la patata, más el principado de la cebolla. Y claro que "Aragón ye nazión". Con lengua propia además, la fabla que preservan poco más de 25.000 hablantes en un intento terminal por salvar las palabras de la extinción. Una historia también de la que se hallan los primeros rastros en las huellas de los dinosaurios por los roquedales de Teruel. Aupa maños. La bandera del Estado Aragonés fue diseñada por Gaspar Torrente (no es broma) en 1932 y es ni más ni menos que una senyera con una estrella sobre fondo azul en el primer cuartel. O sea como la de Estados Unidos, pero con menos rayas y sólo un lucero.
ResponderEliminarLa disposición adicional primera de la Constitución española establece: «La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales. La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los estatutos de autonomía».
Los expertos en derecho nos dicen que esta disposición fue establecida para recoger el hecho de los territorios forales del País Vasco y Navarra. Sin embargo, observamos que el texto no limita explícitamente que esta disposición deba ser restringida a dichos territorios. De ahí que, a lo largo de los años, algunas voces hayan sugerido que bien podría plantearse la posibilidad de aplicar la disposición a las denominadas «nacionalidades históricas» (término constitucional). Por supuesto, existen varios criterios, pero lo cierto es que con el tiempo ha ido aumentando la bibliografía de autores que, con sustanciales argumentaciones y ante la necesidad de dar cabida y vida constitucional a los territorios que en la historia han tenido no sólo lengua sino forma política propia, han ido proponiendo con tenacidad esa lectura amplia y generosa de la disposición adicional primera de la Constitución española.
ResponderEliminarLos documentos de historia y de derecho sólo tienen, en definitiva, su sentido en la medida en que pueden contribuir a mejorar nuestra visión actual de las cosas, que debe ser clara y serena, realmente comprensiva de cuáles son nuestros problemas y cuáles podrían ser las soluciones.
ResponderEliminarLa recién aprobada Ley de actualización de derechos históricos de Aragón causa estupor y dudas sobre su objetivo, parece una reivindicación que conduce a la confrontación y cae en los peores tópicos que achacamos a otros.
ResponderEliminarEl pleno de Diputación de Zaragoza ha aprobado la propuesta de resolución de CHA en apoyo a la tramitación de la Ley de Actualización de los Derechos Históricos de Aragón, con los votos a favor de CHA, PSOE, Grupo En Común y el PAR y los votos en contra del PP y de C’s. “La Ley que se está tramitando ahora en las Cortes de Aragón pretende mejorar la vida de los aragoneses y aragonesas sacando más partido del autogobierno y sacando más recursos públicos para destinarlos a mejorar la educación, la sanidad, carreteras o servicios sociales. En treinta años de Estatuto nunca se habían actualizado los Derechos Históricos, reconocidos en la Constitución”, afirma el diputado de CHA en DPZ, Bizén Fuster.
El Estatuto de Autonomía de Aragón ha sufrido tres reformas en 1994, 1996 y 2007, respectivamente. CHA considera que con la experiencia acumulada a lo largo de casi cuarenta años, es preciso dar un nuevo impulso al proceso de construcción del autogobierno aragonés, a fin de que Aragón, mediante la actualización de sus derechos históricos, amparados y respetados por la Constitución, acceda al máximo nivel de autogobierno. Bizén Fuster considera que Aragón quedará situado en el lugar que le corresponde, como Nacionalidad Histórica por su pasado foral, dentro del Estado español y de la Unión Europea, y que con esta actualización recuperará los instrumentos precisos para seguir haciendo realidad el progreso social, cultural y económico de los aragoneses y aragonesas.
Fuster ha criticado la postura contraria de los grupos del PP y de C’s. “No se puede entender bajo ninguna de las maneras que estos dos grupos políticos se nieguen a aceptar estas mejoras amparadas por la Constitución y por el Estatuto de Autonomía, cuando el PP está pactando con el PNV, bajo manga, para aumentar sus privilegios a cambio de que les apoyen los presupuestos. Lo mismo que con Coalición Canaria a quienes les han reconocido implícitamente la Deuda Histórica de Canarias, mientras que son incapaces, los propios diputados y diputadas aragoneses del PP y de C’s de reconocer lo nuestro”, afirma el diputado de CHA, Bizén Fuster.
Fuster no entiende qué razones ocultas impide a estos dos grupos políticos respetar y poner en valor los Derechos Forales de Aragón cuando los recoge y ampara la Constitución y el propio Estatuto de Autonomía define a Aragón como nacionalidad histórica, con derechos históricos milenarios.
ResponderEliminarYa empiezan los pronunciamientos innecesarios desde las instituciones!!!
ResponderEliminarAragón es desde este martes un nuevo “país” dentro de España. El Boletín Oficial de Aragón publica la ‘Ley de actualización de los derechos históricos de Aragón’, que fue aprobada gracias a los votos del PSOE, Podemos, los nacionalistas de la Chunta, IU y el Partido Aragonés Regionalista. Tanto el PP como Ciudadanos votaron en contra.
La nueva norma proclama que “Aragón es una nacionalidad con más de doce siglos de historia” y reconoce como objetivo “afirmar y proteger la identidad aragonesa”.
Promulgada “en nombre del Rey” por el presidente regional, el socialista Javier Lambán, la ley responde toda ella a una inspiración soberanista. Así, en su artículo 1, proclama: “Aragón es una nacionalidad histórica, de naturaleza foral, cuya identidad jurídica, así como la voluntad colectiva de su pueblo de querer ser, se han mantenido de manera ininterrumpida desde su nacimiento”. (Igual que Extremadura, no te fastidia)
Y advierte a renglón seguido de que “la participación de Aragón en el proceso histórico de construcción de España no ha supuesto la renuncia a sus derechos históricos”. (pues venga, a recuperar el Archivo de La Corona de Aragón que os lo tenemos robado los catalanes).
Estamos p´allá .
ResponderEliminarCatedráticos constitucionalistas rechazan que haya derechos previos a la Ley Fundamental
ResponderEliminarAunque haya pasado casi desapercibido, las Cortes de Aragón han aprobado recientemente la ley de actualización de los derechos históricos de Aragón (Ley 8/2018). Su contenido deja tanta perplejidad como su título. Y es que no se alcanza a comprender el fin que persigue, cuál es su objeto.
ResponderEliminarLos derechos históricos no precisan de actualizaciones aunque, en su momento, el Derecho foral aragonés se adaptara a la Constitución española, como no podía ser de otro modo. Solamente se entendería este intento como una reivindicación frente a otras Comunidades autónomas con claras tendencias expansionistas y nacionalistas, proclives a inventar un pasado que nunca existió para justificar sus pretensiones ilegales. Vano esfuerzo e inconveniente promulgar para ello una legislación incurriendo en algunos de los peores tópicos que achacamos a otros, como el derecho a una autodeterminación que en modo alguno deriva de derechos históricos ni tiene cabida en nuestro ordenamiento jurídico; o proclamar que Aragón es un país, término polisémico pero en ningún caso histórico. Por otro lado, el grave desliz de afirmar que Aragón sea una «nación federada» «aliada con antiguos Estados (sic) y señoríos de la Corona de Aragón», más bien arroja piedras sobre el tejado y la inteligencia aragoneses. Además, alterar el estatuto jurídico de la Comunidad no es actualizar derechos históricos, sino legislar lo que debiera ser materia de un nuevo Estatuto, previa aprobación según su artículo 115 y, después, por ley orgánica de las Cortes Generales.
ResponderEliminarPor otro lado, la ley parece clamar que Aragón se rija por derechos históricos (por esa misma razón, limitados y no siempre adaptados a las exigencias de un Estado de Derecho, si no es interpretados a la luz de los preceptos constitucionales). ¿Acaso pretendemos volver a los cuatro estamentos tradicionales (alta y baja nobleza, jerarquía eclesiástica y universidades)? Cuesta entender que partidos progresistas y que se proclaman representantes del pueblo llano puedan suscribir tamaño despropósito. Creo que la inmensa mayoría de aragoneses preferimos acompañar aquel Derecho histórico con los derechos de ciudadanía de un Estado democrático que garantiza una igualdad con independencia del nivel social, igualdad de género y derechos de participación, históricamente reservados para clases privilegiadas.
ResponderEliminarSólo queda pensar que la ley es una reivindicación de grupos antisistema y, además, minoritarios, que imponen sus exigencias a otros más representativos. En el delicado momento que se vive en España, favorecer estos populismos que buscan enfrentamiento dentro de la sociedad y con otros pueblos acentuando las diferencias para adjudicarse pretendidos privilegios, que no derechos, es lo último que necesitamos; además de no corresponderse con la voluntad popular mayoritaria, ni con la coherencia del discurso previo del máximo representante institucional de Aragón.
ResponderEliminarNadie niega la identidad aragonesa, y no sólo jurídica. Afortunadamente, esta identidad no es excluyente y está imbricada en la identidad española que Aragón contribuyó decisivamente a forjar. Ser un ‘país’ o una ‘nación federada’ no parece que entre dentro de las prioridades de los ciudadanos aragoneses que ejercimos el derecho a la libre determinación como ciudadanos cuando aprobamos nuestra ley fundamental en 1978.
Natividad Fernández Sola
ResponderEliminarEsta ley ve la luz gracias a los votos del PSOE, los nacionalistas de la Chunta –que la han promovido-, Podemos, IU y el PAR –socio del PP en las Cortes Generales-, y el rechazo del PP y de Ciudadanos, partido este último que hace unos días amagó con recurrir este texto ante el Tribunal Constituicional.
ResponderEliminarLa ley destila inspiración soberanista desde su primera línea, y se reafirma en su primer artículo. Una inspiración soberanista sostenida argumentalmente en todo su preámbulo al presentar a Aragón, en la actualidad, como un sujeto diferenciado y con identidad sociopolítica propia pese a su pertenencia al Estado español y a la Unión Europea. Se apela también al «pueblo aragonés» como sujeto político y a su derecho a manifestar en cada momento su «voluntad colectiva», antesala del derecho de autodeterminación.