Esta Asociación ha
planteado, el pasado viernes 23 de marzo, recurso de amparo ante el Tribunal
Constitucional para defender el derecho de acceso a la función pública y la
tutela judicial efectiva del mismo, entendiendo que ambos derechos han quedado
lesionados por sendas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Aragón y
del Tribunal Supremo.
El recurso planteado, en
su día, frente al Decreto de oferta de empleo público para 2010, aprobado por
el Gobierno de Aragón, fue estimado por el Tribunal Superior de Justicia de
Aragón, mediante sentencia de 29 de mayo de 2015, declarando nulo el Decreto
por vulnerar el derecho fundamental de acceso a la función pública en
condiciones de igualdad, reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución
Española, al no incluirse en la oferta aprobada el conjunto de las plazas
vacantes ocupadas por interinos, tal y como exigen el artículo 10.4 del
Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 7.4 de la Ley de Ordenación
de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Pese a declarar nula la
oferta de empleo público aprobada por el Gobierno de Aragón, el Tribunal no
obligó a la Administración autonómica a aprobar una nueva oferta en la que se
incluyeran las plazas indebidamente omitidas, razón por la cual esta Asociación
entendió que el fallo judicial quedaba carente de resultados prácticos y era
claramente insuficiente al no restablecer el derecho vulnerado, privando de
efectos reparadores al recurso judicial planteado.
Para corregir la falta
de reparación del derecho, la Asociación planteó recurso de casación ante el
Tribunal Supremo, invocando la necesidad de una tutela judicial efectiva de los
derechos de los ciudadanos por parte de los Tribunales, entendiendo necesario
que se obligase al Gobierno de Aragón a aprobar una nueva oferta en la que se
incluyeran las plazas indebidamente omitidas. El recurso de casación fue a su
vez desestimado por el Tribunal Supremo en sentencia de 1 de febrero de 2018.
Como no es posible
desistir en la defensa de los derechos fundamentales, pues su reconocimiento y
garantía es lo que caracteriza a un Estado de Derecho y a una democracia
constitucional, esta Asociación ha acudido en amparo ante el Tribunal
Constitucional, con el fin de preservar y restablecer los derechos
fundamentales afectados por las sentencias de los Tribunales –Tribunal Superior
de Justicia de Aragón y Tribunal Supremo-, como son el derecho fundamental de
acceso a la función pública y el derecho a la tutela judicial efectiva, pues
declarar nulo el Decreto 39/2010, de 23 de marzo, del Gobierno de Aragón, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para 2010, sin consecuencias
jurídicas prácticas, es decir, sin restablecer la situación constitucional y
legal vulnerada y asegurar la subsanación del derecho fundamental vulnerado, es
una victoria pírrica que no sirve para corregir y sancionar de manera efectiva
la actuación arbitraria e ilegal de la Administración.
Frente a los fallos del
Tribunal Superior de Justicia de Aragón y del Tribunal Supremo, no existe más
alternativa que la de solicitar amparo al Tribunal Constitucional, al cual
corresponde la función constitucional de salvaguardar, mediante el recurso de
amparo, los derechos fundamentales proclamados por la Constitución. Confiando
en que, como proclamó el propio Tribunal Constitucional en su sentencia de 17
de julio de 1981: “Nada que concierna al ejercicio por los ciudadanos de los
derechos que la Constitución les reconoce podrá considerarse nunca ajeno a este
Tribunal”.
ResponderEliminarConfiemos en el último recurso!