jueves, 28 de abril de 2016

EL GOBIERNO DE ARAGÓN RECURRE LAS SENTENCIAS FAVORABLES AL DERECHO DE ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA.



Los Servicios Jurídicos del Gobierno de Aragón, por segunda vez en escaso periodo de tiempo, han promovido un recurso de casación contra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) favorable al derecho de acceso al empleo público, estimatoria del recurso promovido por esta Asociación en defensa de dicho derecho fundamental.

Tras recurrir tiempo atrás la sentencia que anuló la oferta de empleo público de 2015, por no incluir la totalidad de los puestos ocupados por interinos, como exige el artículo 10.4 del Estatuto Básico del Empleado Público, ahora se ha formulado nuevo recurso contra la sentencia del TSJA en la que se condenaba la inactividad en la que había incurrido el Gobierno de Aragón al no aprobar oferta de empleo en 2014 para el ámbito de administración general, y se obligaba a la aprobación de dicha oferta, con inclusión de todas las plazas vacantes ocupadas por personal interino en dicho ámbito.

Con ambos recursos, el Gobierno de Aragón deja patente su nula voluntad de garantizar a los ciudadanos el ejercicio del derecho de acceso a la función pública, negando con ello el adecuado ejercicio del derecho constitucional y tratando de evitar la aplicación de dos sentencias favorables al derecho dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

No estamos, por lo tanto, ante la excusa tantas veces esgrimida por los responsables de la función pública autonómica sobre las limitaciones fijadas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para aprobar las ofertas de empleo público que exigen las necesidades reales de personal y el objetivo de reducir las elevadas tasas de temporalidad existentes en la Administración Pública. No es posible escudarse en las limitaciones fijadas por las leyes presupuestarias, utilizadas de forma indebida para precarizar el empleo público.

Estamos ante un gesto deliberado, por parte del Gobierno de Aragón, dirigido a evitar el cumplimiento de fallos judiciales favorables al derecho de acceso al empleo público, a través de una interpretación realizada por el TSJA para permitir que los puestos ocupados por interinos hayan de ser incluidos en la oferta de empleo público, tal y como exige el Estatuto Básico del Empleado Público, de manera que los límites presupuestarios solo operen respecto a las plazas vacantes, sin ocupante, en las que su no inclusión en oferta puede representar un efectivo ahorro presupuestario.

Esta Asociación, ante la actitud adoptada por el Gobierno de Aragón claramente contraria al derecho de acceso al empleo público y a la aceptación de las sentencias dictadas por el TSJA, se va a dirigir a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón y al Justicia de Aragón, para que en el ámbito de sus respectivas facultades de control y de defensa de los derechos de las personas, insten al Gobierno de Aragón para que desista de los recursos judiciales planteados ante el Tribunal Supremo y proceda a dar cumplimiento a las sentencias recaídas en relación con las ofertas de empleo público de 2014 y 2015.

Se reproduce a continuación texto íntegro de la diligencia judicial relativa a la preparación del recurso de casación:


“DILIGENCIA  DE  ORDENACIÓN
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR./A: INMACULADA LÓPEZ RODRÍGUEZ


En ZARAGOZA, a veintiuno de Abril de dos mil dieciseis.

Recibido escrito presentado por la Letrada de al Comunidad Autónoma de Aragón, en nombre y representación de  D.G.A. DPTO. DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA, manifestando la intención de interponer recurso de casación contra la sentencia dictada en fecha 23 de marzo pasado, exponiendo en dicho escrito la concurrencia de los requisitos de forma exigidos, y cumpliendo este escrito de preparación los requisitos previstos en el Art. 89 de la LJCA, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90 de la ley procesal, acuerdo:

            - Tener por preparado el recurso de casación interpuesto.

            - Emplazar a las partes para su comparecencia e interposición del recurso, por plazo de TREINTA DIAS, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

            - Para constancia en este órgano judicial, fórmese rollo supletorio con copia de la sentencia, del escrito de preparación y de este proveído.  

MODO DE IMPUGNACIÓN.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de CINCO DÍAS, a contar desde el siguiente al de su notificación.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”

3 comentarios:



  1. Este tema no parece importarle a nadie, lamentablemente.

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  2. Los Servicios Jurídicos del Gobierno de Aragón han promovido un nuevo recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) favorable al derecho de acceso al empleo público, estimatoria del recurso promovido por esta Asociación en defensa de dicho derecho fundamental.

    El TSJA condenaba la inactividad en la que había incurrido el Gobierno de Aragón al no aprobar oferta de empleo en 2014 para el ámbito de administración general, y se obligaba a la aprobación de dicha oferta, con inclusión de todas las plazas vacantes ocupadas por personal interino en dicho ámbito, informa en una nota de prensa la Asociación en Defensa de la Función Pública.

    Recurso que se suma al que también presentó el Gobierno de Aragón contra la sentencia que anulaba la oferta de empleo público de 2015, por no incluir la totalidad de los puestos ocupados por interinos.

    Con ambos recursos, según la asociación, el Gobierno de Aragón deja patente "su nula voluntad" de garantizar a la ciudadanía el ejercicio del derecho de acceso a la función pública, "negando con ello el adecuado ejercicio del derecho constitucional y tratando de evitar la aplicación de dos sentencias favorables al derecho dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón".

    Para esta organización se trata de "un gesto deliberado" por parte del Gobierno de Aragón para "evitar el cumplimiento de fallos judiciales favorables al derecho de acceso al empleo público, a través de una interpretación realizada por el TSJA para permitir que los puestos ocupados por interinos hayan de ser incluidos en la oferta de empleo público, de manera que los límites presupuestarios solo operen respecto a las plazas vacantes.

    La Asociación se va a dirigir a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón y al Justicia para que en el ámbito de sus respectivas facultades de control y de defensa de los derechos de las personas, insten al Ejecutivo autonómico para que desista de los recursos judiciales planteados ante el TS y proceda a dar cumplimiento a las sentencias recaídas en relación con las ofertas de empleo público de 2014 y 2015.

    agencia efe

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  3. ¿Y en el "concurso" de Administrativos-puestos base- que no salen las vacantes? ¿qué explicación tiene según la Asociación? Os lo pregunto porque en función pública no dan ninguna y esto también vulnera el derecho de los funcionarios.

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