Durante
la primera quincena de enero nos dirigimos al Justicia de Aragón para
informarle de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de
Aragón en relación al recurso promovido por esta Asociación contra la Oferta de Empleo Público
para 2015, aprobada por el Gobierno de Aragón, con el fin de que tuviese
conocimiento del contenido del fallo y de las razones esgrimidas por el
Tribunal para dicho pronunciamiento, al tiempo que le planteábamos que valorase
la oportunidad de recomendar al Gobierno de Aragón la expresa aceptación de la
sentencia recaída –desistiendo de formular recurso judicial alguno frente a la
misma, con la consiguiente demora de su firmeza y ejecutividad- para ejercer
con ello un papel activo en la defensa del derecho de acceso a la función
pública en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
El
Justicia, mediante escrito de fecha 18 de enero de 2016, nos comunica que la queja referente a eventual interposición de recurso de casación frente
a Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, tras ser examinada
detenidamente, ha sido admitida a supervisión y, por ello, se ha dirigido al
Gobierno de Aragón para que le informe sobre la cuestión planteada.
Celebramos
que el Justicia de Aragón acepte la mediación solicitada ante el Gobierno de
Aragón para evitar que la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia
de Aragón, en la que se fallaba la necesidad de incorporar a la Oferta de Empleo Público de
2015 todas las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos, para dar
con ello cumplimiento a lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público
y asegurar el ejercicio del derecho fundamental de acceso a la función pública
que la Constitución
Española reconoce a todos los ciudadanos.
No
resultaría explicable que el Gobierno de Aragón combatiese una sentencia
garantista del derecho de acceso, cuya única virtualidad es la de restablecer
las condiciones de acceso contempladas en el Estatuto Básico del Empleado Püblico,
e interpretar las Leyes de Presupuestos, y las tasas de reposición de efectivos
contenidas en ellas, de la manera más favorable a la realización del derecho,
adecuando con ello la actuación de los poderes públicos a lo señalado por el
Tribunal Constitucional.
Tampoco
resulta explicable que el Consejero de Hacienda y Administración Pública,
Fernando Gimeno, no haya dado respuesta alguna –de manera directa, o a través
del Director General de la Función Pública
y la Calidad
de los Servicios- a la petición realizada en tal sentido, eludiendo incluso el
preceptivo acuse de recibo a la petición formulada. Añadir al desprecio del
derecho fundamental de petición ejercido la oposición a la realización del
derecho de acceso que viene a reconocer la sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de Aragón, en el caso de plantear recurso judicial contra la misma,
dibujaría un panorama verdaderamente alarmante en cuanto a las expectativas de
que este Gobierno pueda modificar el actual estado de cosas en el sentido
deseable por todos, que no es otro que el pleno compromiso con la legalidad
constitucional y administrativa.
Buenas tardes:
ResponderEliminar¿Podría entonces el Justicia de Aragón convencer al Gobierno de Aragón con una resolución favorable a la queja planteada por vuestra Asociación para que desista de la impugnación?
Es que en la nota del día 25 de enero venía señalado que el Gobierno de Aragón, a través de sus servicios jurídicos, había impugnado ante el Tribunal Supremo la Sentencia del TSJA relativa a la OEP de 2015.
ResponderEliminarNo hay que descartar esa posibilidad, por difícil que resulte.
Hola, últimamente está algo paralizada la actividad del blog. Espero que vuelva pronto a la normalidad. Saludos
ResponderEliminarEn las Cortes de Aragón está tramitandose el proyecto de Ley de Integridad y Etica Pública (antes llamado contra la corrupción y el despilfarro); ¿va a hacer algo la Asociación con este descafeinado proyecto? Parece que solamente estamos centrados en cuestiones de empleo público.
ResponderEliminar¿No hay otras organizaciones que deben opinar sobre este asunto? Por ejemplo los sindicatos mayoritarios en la Administración autonómica, ellos saben mucho del funcionamiento interno de esta administración.
ResponderEliminar