Esta
Asociación sigue insistiendo en la necesidad de que la ejecución de la
sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 10 de febrero de 2012,
por la que se anuló la Oferta
de Empleo Público de 2011, del Gobierno de Aragón, suponga la convocatoria de
los centenares de plazas del Cuerpo de Maestros que fueron omitidas en su día y
que se volvieron a “olvidar” tanto en la oferta complementaria aprobada en 18
de febrero de 2014 como en la posterior oferta adicional a la complementaria,
que fue requerida por el Tribunal, al considerar insuficientes las plazas
ofertadas y entender no ejecutadas las sentencias judiciales que anularon las
Ofertas de 2007 y 2011.
Es
la Oferta de
Empleo Público de 2011 la que afecta al personal docente no universitario, y más
concretamente a las plazas del Cuerpo de Maestros. El Departamento de Educación,
Universidad, Cultura y Deporte, en el proceso de ejecución forzosa de la
sentencia que anuló dicha Oferta, alteró la naturaleza de las plazas objeto de
convocatoria, al incluir en la oferta complementaria plazas de Enseñanza
Secundaria y no del Cuerpo de Maestros. Tal sustitución, considerada indebida
por esta Asociación, se ha alegado ante el Tribunal Superior de Justicia de
Aragón, sin que la
Administración de la Comunidad Autónoma
muestre voluntad alguna de corregir la manipulación realizada, a pesar de
nuestros reiterados escritos a responsables del Gobierno de Aragón, incluida la Presidenta, Luisa
Fernanda Rudi.
Nuestra
reivindicación de que la ejecución de sentencia ha de afectar a las plazas
vacantes del Cuerpo de Maestros ocupadas por interinos la hemos vuelto a
plantear ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, al considerar que la
posterior oferta adicional a la complementaria persiste en su completa omisión
de las plazas del Cuerpo de Maestros, hallándonos pendientes de que el Tribunal
se pronuncie sobre la corrección de dicha oferta adicional y, si prosperan
nuestras tesis, vuelva a requerir al Tribunal una nueva oferta complementaria
con las plazas correspondientes del Cuerpo de Maestros, cuyas cifras oficiales
seguimos desconociendo, por la opacidad de la que viene haciendo gala la Administración en
esta materia.
En
este proceso de cuestionamiento de la ejecución de la sentencia de 10 de
febrero de 2012, la
Asociación ha recibido el respaldo del Ministerio Fiscal, en
cuyo escrito de alegaciones de 27 de marzo de 2015 viene a señalar que si bien
es cierto que el Gobierno de Aragón ha aprobado el Decreto 8/2015, de 27 de
enero, sobre oferta adicional a las complementarias de 2007 y 2011, parece
cierto que no contempla todas las plazas vacantes existentes a fecha de 31 de
diciembre de 2010 cubiertas por interinos en el ámbito del Cuerpo de Maestros,
por lo que sería razonable un pronunciamiento expreso en tal sentido.
Entendemos
que las tasas de interinidad existentes en el ámbito de la Administración
Educativa no pueden persistir tras una debida ejecución de la
sentencia de 10 de febrero de 2012, del Tribunal Superior de Justicia de Aragón,
y el comportamiento de los Departamentos de Educación, Universidad, Cultura y
Deporte y de Hacienda y Administración Pública, al obstruir de forma deliberada
la inclusión de plazas del Cuerpo de Maestros en las requeridas ofertas
complementarias, incurren en una clara resistencia a la ejecución de sentencias
judiciales firmes, contraviniendo con ello la obligación que establece el artículo
118 de la Constitución
Española. Confiemos en que el Tribunal Superior de Justicia
corrija esta situación de incumplimiento.
ResponderEliminarSi se lograse, sería un completo éxito.