Dentro
del Documento de Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración, elaborado
por esta Asociación con motivo del inicio de la presente legislatura 2011-2015,
se incluía como medida de buen gobierno la relativa al “Establecimiento de un
sistema de alertas éticas”, en los términos siguientes: “Establecer un sistema
con las debidas garantías de seguridad jurídica, confidencialidad y protección
de los interesados para llevar a la práctica el compromiso previsto en el artículo
8 de la Convención
de Naciones Unidas contra la
Corrupción, para posibilitar que los funcionarios y demás empleados
públicos puedan informar a los órganos competentes de los casos de corrupción o
de conductas irregulares de las que sean conocedores con motivo de su actividad
profesional”.
Es
llamativo el hecho de que, en ninguna de las propuestas realizadas por parte del Gobierno, partidos
políticos, organizaciones civiles o expertos –con la única excepción de
Transparencia Internacional- para luchar contra la corrupción, se contenga mención alguna a la Convención de Naciones
Unidas contra la Corrupción
de 2003, ratificada por España en 2006, lo que conlleva la obligación de dar
desarrollo a sus diferentes previsiones. Entre las medidas de prevención de la
corrupción en el sector público, una de las más relevantes es la técnica del
whistleblowing –el toque de silbato o alerta ética- que puedan dar aquellos
empleados públicos que detecten alguna irregularidad con motivo del desempeño
de sus funciones, quedando protegidos frente a futuras represalias en su
carrera profesional.
Con
dicha técnica de alertas éticas, se reforzaría la integridad de la organización
pública y se convertiría de manera efectiva a cada servidor público en un garante
de la legalidad –en vigilante frente a cualquier riesgo de corrupción que
pudieran detectar en el funcionamiento institucional-, dando con ello un paso
de gigante en el insuficiente sistema de controles internos. Esta técnica, sin
embargo, no ha merecido la menor reflexión por parte de nuestros responsables
políticos ni por las organizaciones profesionales de la función pública. Sin
embargo, es una previsión de la
Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, que todavía aguarda
su desarrollo en nuestro país, doce años después de su aprobación.
Esta
técnica de alertas éticas o whistleblowing lleva años en vigor en los países
anglosajones –un ejemplo de ello es la Public Interest Disclosures Act de 1998 vigente en el Reino Unido-, conforme a la
cual cabe formular denuncias, tanto en el sector público como privado, frente a
presuntos delitos, acciones ilegales o riesgos para la seguridad, el medio
ambiente o la salud, quedando protegidos los denunciantes frente a posibles
represalias, cuya vigencia refuerza la ética de las organizaciones y la
confianza de los ciudadanos en su funcionamiento.
Italia
dio desarrollo a la Convención
de Naciones Unidas contra la
Corrupción en 2012, con el Gobierno de Mario Monti, incorporando
la técnica del whistleblowing a su sector público. Dicha técnica acaba de ser
implantada en la Agencia Tributaria
Estatal, con la introducción de procedimientos para incentivar la denuncia de
los empleados frente a eventuales comportamientos ilícitos o irregulares de
superiores y compañeros. La
Directora de la
Agencia ha remitido a los 33.000 empleados de la entidad una
carta y un manual sobre el procedimiento a seguir para efectuar las alertas o
denuncias. Quien exige a los ciudadanos el cumplimiento de sus deberes
fiscales, debe asegurar en su funcionamiento interno la máxima corrección e
integridad, y a ello ha de contribuir un correcto sistema de denuncia interna
de abusos, ha declarado.
Esta
Asociación se ha dirigido reiteradamente a responsables del Gobierno y a los
diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes Generales para instar la puesta
en marcha de este mecanismo de prevención de la corrupción en el conjunto de las Administraciones Públicas –lo que permitiría
evitar la consumación de muchas irregularidades y abusos-, sin respuesta alguna
por el momento, y también se ha dirigido a la Defensora del Pueblo
Europeo, para instarle a impulsar una iniciativa comunitaria que pueda permitir
la implantación de dicho mecanismo en el conjunto de los Estados de la Unión Europea, pues ésta también
ratificó la Convención de Naciones Unidas en 2008. En breve, nos dirigiremos también a la Defensora del Pueblo española y a las instituciones autonómicas análogas, con idéntica demanda.
ResponderEliminarEsta es una cuestión prioritaria, en la que no hay que dejar de insistir.