El Departamento de Educación,
Universidad, Cultura y Deporte tendrá que dar cumplimiento a la reciente
providencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en la que se tenía por
no ejecutada la sentencia de 10 de febrero de 2012, por la que se obligaba a
aprobar una oferta complementaria que incluyese la totalidad de las plazas
vacantes ocupadas por interinos a 31 de diciembre de 2010, omitidas
indebidamente en la Oferta
de Empleo Público de 2011. Dicha oferta complementaria habrá de aprobarse en el
primer trimestre de 2015, y supondrá la obligada inclusión de las plazas del
Cuerpo de Maestros ocupadas a 31 de diciembre de 2010 por funcionarios
interinos.
El incumplimiento de sentencia en que
ha incurrido el Gobierno de Aragón –razón del nuevo requerimiento formulado por
el Tribunal Superior de Justicia de Aragón- obliga a subsanar los términos del Decreto 24/2014, de 18 de febrero, del
Gobierno de Aragón, por el que se aprobó la oferta complementaria de la oferta
de empleo público del 2011 correspondiente al personal docente no universitario.
Dicho Decreto, amparado por un inconstitucional Decreto-ley que no tuvo
inconveniente en aprobar el Gobierno de Aragón ni la mayoría parlamentaria en
convalidar, constituyó un fraude manifiesto de sentencia, al alterar la
naturaleza de las plazas afectadas.
La
Oferta
de Empleo Público anulada correspondía a plazas del Cuerpo de Maestros, de
manera que la ejecución de sentencia debiera haber supuesto la incorporación a
la oferta –a través de la citada oferta complementaria- de todas las plazas del
Cuerpo de Maestros que a 31 de diciembre de 2010 se hallaban vacantes y
ocupadas por funcionarios interinos. En lugar de eso, se aprobó una oferta
complementaria arbitraria, con un número determinado de plazas de enseñanza
secundaria, que ni por su número ni por sus características daban cumplimiento
a la sentencia judicial.
El Tribunal da una segunda oportunidad
a la Administración
para cumplir con el deber constitucional de ejecutar debidamente las sentencias
judiciales. Lo hace a través de un nuevo requerimiento, para que aprueben nueva
oferta complementaria con todas las plazas que no se incluyeron en la aprobada
el 18 de febrero de 2014. En el ámbito de la Administración
educativa, es de esperar que tal requerimiento se traduzca en una oferta de
empleo que incluya las más de mil plazas de maestros que se encuentran en la
indicada situación: vacantes y ocupadas por funcionarios interinos, a 31 de
diciembre de 2010.
Es de esperar que la Administración no
incurra dos veces en el mismo fraude, pues ello podría revestir indicios de ilícito
penal, que esta Asociación se vería obligada a trasladar al Ministerio Fiscal
para depurar las responsabilidades a que hubiere lugar, tanto en el ámbito
del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte como en el resto
de la Administración
de la Comunidad Autónoma,
y en el propio seno del Gobierno de Aragón.
Se reproduce a continuación el escrito
dirigido a la Consejera
de Educación, Universidad, Cultura y Deporte:
“Excma. Sra. Consejera
Departamento
de Educación, Universidad, Cultura y Deporte
Parque
Empresarial Dinamiza
C/
Pablo Ruiz Picasso, 65
50018-ZARAGOZA
Zaragoza, 20 de enero de 2015.
Estimada
señora:
De
acuerdo con lo señalado en providencia de 1 de diciembre de 2014, de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, no cabe
dar por ejecutada la sentencia de dicho Tribunal de 10 de febrero de 2012, por
la que se anuló la Oferta
de Empleo Público de 2011 aprobada por el Gobierno de Aragón, en lo relativo al
ámbito del personal docente no universitario, al entender que la oferta
complementaria aprobada el 18 de febrero de 2014 no contenía el conjunto de
plazas vacantes existentes en dicho ámbito a 31 de diciembre de 2010.
Ello
quiere decir que el Decreto 24/2014, de 18 de febrero, del Gobierno de Aragón,
por el que se aprobó la oferta complementaria de la oferta de empleo público
del 2011 correspondiente al personal docente no universitario, no dio debido
cumplimiento a la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Aragón,
al no incluir la totalidad de plazas del Cuerpo de Maestros omitidas en la Oferta correspondiente a
2011, coherentemente con la naturaleza de las plazas incluidas en la oferta
anulada.
El
Tribunal, en la citada providencia de 1 de diciembre de 2014, requiere
nuevamente a la
Administración autonómica para que apruebe, en el plazo de
tres meses, una nueva oferta complementaria en el ámbito del personal docente
no universitario que incluya todas las plazas vacantes existentes a 31 de
diciembre de 2010 y ocupadas por funcionarios interinos.
Es
evidente, como señala el artículo 118 de la Constitución
Española, la obligación que incumbe a todos –particulares y
poderes públicos- de dar cumplimiento a las sentencias y demás resoluciones
firmes de los Jueces y Tribunales, así como de prestar la colaboración
requerida en la ejecución de lo resuelto. La reciente providencia pone de
manifiesto, justamente, el incumplimiento de tal obligación por parte del Departamento
de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y del Gobierno de Aragón, al no
ejecutar correctamente ni la sentencia del TSJA de 10 de febrero de 2012 ni los
autos en los que se establecieron los términos de su ejecución forzosa.
En
ausencia de cualquier otro dato que pueda facilitarse por parte de los
responsables del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en
cuanto a posibles plazas amortizadas u ofertas aprobadas con posterioridad, el
dato de referencia para esta Asociación respecto a la necesaria oferta
complementaria que debe aprobarse en este primer trimestre de 2015 –como ha
exigido el Tribunal Superior de Justicia de Aragón- son las 1.362 plazas del
cuerpo de maestros provistas por personal interino en el curso 2011/2012, sin
perjuicio de los ajustes que puedan efectuarse en relación a la situación a 31
de diciembre de 2010, fecha a la que refiere el momento de cómputo de plazas
vacantes el fallo del Tribunal. Dicha cifra queda reflejada en el informe
especial elaborado por el Justicia de Aragón
sobre “El empleo público en la Administración autonómica aragonesa” (diciembre
2012), de acuerdo con la información facilitada por la propia Administración de
la Comunidad Autónoma.
Entendemos
que el obligado respeto a las reglas del Estado de Derecho y a quienes son
titulares del derecho fundamental de acceso a la función pública en condiciones
de igualdad ha de llevar a ese Departamento a elaborar, dentro del plazo
señalado por el Tribunal, un Decreto de oferta complementaria con la totalidad
de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos a 31 de diciembre de
2010, sin reincidir en el incumplimiento señalado por parte del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón.
Esta
Asociación, en su condición de parte actora en la sentencia pendiente de
ejecución y de entidad comprometida con la legalidad y la profesionalidad en el
conjunto de la función pública, va a velar atentamente por el cumplimiento
riguroso del fallo judicial que obliga a la Administración
autonómica a ofertar las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos,
confiando en que su adecuado cumplimiento haga innecesario promover nuevas
acciones legales para asegurar su respeto.
Agradeciendo de antemano su atención,
reciba un atento saludo.
Julio Guiral Pelegrín.Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”
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