Algún día alguien tal vez nos explicará
las razones que llevaron a los miembros del Gobierno de Aragón –el actual y el
anterior- a perseverar en la ilegal práctica de sustituir la publicación de los
nombramientos y ceses del personal eventual o de confianza política por unos
irregulares anuncios de publicidad, en los que últimamente ni se indica ya la
fecha de la Orden
por la que se lleva a cabo el nombramiento. Nos resulta tan incomprensible su comportamiento, que no encontramos razón alguna para que tal ilegalidad no se corrija. No solo no se publica la Orden de nombramiento, como
exige el artículo 25.5 de la Ley
del Presidente y del Gobierno de Aragón, sino que en los anuncios de publicidad
que se insertan en el Boletín, suscritos por los respectivos Secretarios
Generales Técnicos –cuya incapacidad para hacer valer la legalidad ha quedado
plenamente constatada- ya ni siquiera se hace mención a la fecha de la Orden del respectivo
Consejero por la que se ha efectuado el nombramiento. La opacidad sobre el acto
de nombramiento viene así a ser completa.
La publicación llevada a cabo por el
Consejero de Presidencia y Justicia fechas atrás, tras la protesta formulada por esta
Asociación, parece ser simplemente la excepción que viene a confirmar la regla
del incumplimiento, en el que se vuelve a reincidir por el Departamento de
Hacienda y Administración Pública con el anuncio de publicidad publicado el
pasado 31 de julio en el Boletín Oficial de Aragón. Pese a ello, tantas veces como reincidan
los miembros del Gobierno de Aragón en el incumplimiento de la Ley esta Asociación expresará
su protesta ante el respectivo Consejero, pidiendo que subsane la irregular
actuación, y planteará la correspondiente queja ante el Justicia de Aragón por
vulneración reiterada del ordenamiento jurídico aragonés, del que forma parte la Ley del Presidente y del
Gobierno de Aragón.
Tras los pronunciamientos que sobre la
cuestión han efectuado ya tanto el Justicia de Aragón como la jurisdicción
contencioso-administrativa, resulta incomprensible la persistencia de una
ilegalidad como la señalada, con la cual los responsables de los Departamentos
parecen poner de manifiesto su desprecio hacia la legalidad, actitud que solo
puede redundar en su descrédito como titulares de los órganos superiores de la Administración
autonómica, pues el pleno sometimiento a la legalidad de ciudadanos y poderes públicos
es la regla esencial de un Estado de Derecho, y aquellos responsables públicos
incapaces de respetar dicho principio, como de manera reiterada ponen de
manifiesto los miembros del Gobierno de Aragón en este tema, se inhabilitan para el desempeño de funciones públicas. Lo mismo
cabe decir para los titulares de las Secretarías Generales Técnicas que
siguen suscribiendo los anuncios de publicidad a pesar de la sentencia que declaró ilegal
tal práctica.
Debemos recordar que esta Asociación
planteó meses atrás una petición a la responsable de la Intervención General
del Gobierno de Aragón para que evite proceder al alta en nómina de todas
aquellas personas cuyo nombramiento no se haya ajustado a los requisitos de
publicación que establecen las leyes, como es el caso del personal eventual. No
ha habido respuesta alguna hasta la fecha, por lo que nos veremos obligados a
reiterarla y a plantear en las instancias oportunas la vulneración que dicho
silencio conlleva del derecho fundamental de petición ejercido. Es penoso
constatar que ni siquiera los órganos de control, como la Intervención General,
ajustan su actuación a lo exigido en el ordenamiento jurídico. Tampoco nos
conformaremos con el silencio de dicho órgano. Los deberes legales han de
respetarse si queremos que el Estado de Derecho no quede vacío de contenido, y
desde luego esta Asociación mantiene firme su compromiso de exigir el respeto
de las normas a todos los responsables públicos.
Se reproduce a continuación el
contenido íntegro del escrito dirigido al Consejero de Hacienda y Administración
Pública:
“Excmo. Sr. Consejero de Hacienda y
Administración Pública
Gobierno
de Aragón
Plaza
de los Sitios, 7
50071-ZARAGOZA
Zaragoza, 18 de agosto de 2014.
Estimado
señor:
En
mi condición de Presidente de la
Asociación para la
Defensa de la Función
Pública Aragonesa, entidad comprometida con los valores de la
legalidad, la profesionalidad y la ética pública en el conjunto de las
Administraciones Públicas, deseo reiterarle nuevamente nuestra preocupación por
la infracción en que se viene incurriendo por los miembros del Gobierno de
Aragón en cuanto al deber de publicación de nombramientos y ceses de personal
eventual que establece el artículo 25.5 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.
Conforme
a dicho precepto legal, “el nombramiento
y cese de los Directores, Jefes y demás miembros de los Gabinetes, así como del
resto de órganos de asistencia y apoyo, serán objeto de publicación en el
Boletín Oficial de Aragón”. Dicha obligación, establecida en 2009, viene siendo
sistemáticamente incumplida por los miembros del Gobierno de Aragón, a pesar de
la sugerencia realizada por el Justicia de Aragón y de la sentencia del Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Zaragoza, que declararon improcedentes
los anuncios de publicidad que, de forma diferida, vienen insertándose en el
Boletín tratando de suplir con ello la verdadera publicación de la resolución
de nombramiento y cese de dicho personal.
A
juicio de esta Asociación, la publicación de los nombramientos de personal
eventual constituye un requisito de eficacia del propio nombramiento, de manera
que sin satisfacer tal exigencia no es posible que la persona nombrada pueda
iniciar el desempeño de función pública alguna ni percibir retribución con
cargo a los presupuestos públicos, al deberse considerar como “funcionario de
hecho” con nombramiento carente de validez por la falta de publicación que
exige la Ley del
Presidente y del Gobierno de Aragón.
El
anuncio de publicidad que se incluía el pasado 31 de julio, en el Boletín Oficial de Aragón, en relación
con los ceses y nombramientos producidos en su Gabinete, viene a incurrir
nuevamente en la señalada práctica irregular, lo que supone una clara
infracción del artículo 25.5 de la
Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.
Por
todo ello, y al amparo del derecho de petición previsto en el artículo 29 de la Constitución
Española, le solicito que subsane dicha infracción, mediante
la oportuna publicación de la correspondiente resolución administrativa, e
imparta las instrucciones oportunas para que los nombramientos y ceses de
personal eventual de ese Departamento se ajusten estrictamente a lo señalado en
la propia Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, asegurando el deber de
publicación legalmente previsto.
Agradeciéndole
de antemano su atención, reciba un atento y respetuoso saludo.
Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”.
ANUNCIO de 16 de julio de 2014, de la Secretaría General Técnica de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los nombramientos de personal eventual adscrito a este Departamento.
ResponderEliminarDe acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, se da publicidad a los nombramientos de personal eventual del Departamento de Hacienda y Administración Pública.
Zaragoza, 16 de julio de 2014.
La Secretaria General Técnica,
LAURA MORENO CASADO
ResponderEliminarOpacidad al cuadrado.