viernes, 18 de julio de 2014

UNA ANOMALÍA REPETIDA.



El Boletín Oficial de Aragón de ayer publicaba una Orden del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se resolvía la convocatoria, por procedimiento de libre designación, del puesto de Director/a Provincial de Zaragoza del Instituto Aragonés de Servicios Sociales. Más que resolverse la convocatoria, en realidad se daba por fallida, pues se declaraba desierta su provisión por no considerarse idóneo para el puesto ninguno de los solicitantes. Una organización como la Administración autonómica debiera, verdaderamente, preocuparse de no contar con candidatos idóneos para cubrir puestos de responsabilidad administrativa como el convocado. Más aún, si con anterioridad a dicha resolución, la propia Administración modifica las características del puesto y adscribe al mismo a un funcionario procedente de otra Administración, sin ni siquiera esperar a resolver el procedimiento de provisión convocado.

Lo curioso del caso es que lo sucedido con el puesto de Director/a Provincial de Zaragoza del IASS reproduce exactamente lo ya sucedido anteriormente con el puesto de Secretario General del mismo organismo. El puesto, ocupado provisionalmente mediante comisión de servicios, se convoca para su cobertura definitiva mediante libre designación. Los plazos de resolución no se respetan y se prolongan injustificadamente. El titular provisional de la plaza y previsible candidato a ser designado, por los motivos que sean, abandona el desempeño del puesto. Esta circunstancia, sin embargo, no es motivo suficiente para resolver el procedimiento en el sentido que proceda, sino que su terminación se pospone y, lo peor todo, habiendo un procedimiento de provisión abierto, se modifican las características del puesto en la relación de puestos de trabajo, alterando con ello los términos de la convocatoria pendiente de resolución. Una vez realizada esta modificación, se adscribe al puesto a un nuevo funcionario que, al no cumplir los requisitos de la convocatoria realizada, no pudo tomar parte en la misma, lo que lleva a declarar desierta la provisión del puesto.

No puede imaginarse una manera de proceder menos respetuosa con el procedimiento administrativo que la que parece haberse instaurado en la provisión de puestos del Instituto Aragonés de Servicios Sociales. No se respetan los plazos de los procedimientos y se modifican las características de los puestos convocados antes de su resolución, pues mientras se tramita un procedimiento de libre designación, que parece haber perdido su sentido tras la retirada del candidato predeterminado, se busca un nuevo ocupante provisional, aunque no cumpla los requisitos de desempeño del puesto, pues nada parece obstar para adecuar las características del puestos a su perfil, aunque el puesto se halle convocado y pueda haber funcionarios de carrera con capacidad profesional suficiente que han tomado parte en la convocatoria.

Lo peor de esta manera de actuar, en la que se pone de manifiesto el más absoluto desprecio por las normas de provisión de puestos de trabajo y por la profesionalidad de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma –cuya idoneidad se pone expresamente en entredicho-, es la total aceptación por parte del Departamento de Hacienda y Administración Pública de la arbitraria actuación de los responsables del Instituto Aragonés de Servicios Sociales. De nada sirve que ello se trate de salvar con resoluciones tardías que se publican con un desfase temporal de más de un mes, descubriendo la elasticidad del tiempo y la capacidad de administrarlo que ofrece el Boletín Oficial. Una vez instalados en la irregularidad, ya todo parece posible. Lo parece, pero no lo es.

10 comentarios:


  1. ORDEN de 12 de junio de 2014, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se resuelve la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto vacante en el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia.

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  2. Efectuada convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación, del puesto de Director/a Provincial de Zaragoza del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, publicada por Orden de 6 de febrero de 2014 ("Boletín Oficial de Aragón", de 24 de marzo de 2014), de conformidad con el artículo 24.5, del Reglamento de provisión de puestos, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón este Departamento resuelve:

    Declarar desierta su provisión por no considerarse idóneo para el puesto ninguno de los solicitantes.

    Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

    También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

    Zaragoza,12 de junio de 2014.

    El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

    JAVIER CAMPOY MONREAL

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  3. ¿Qué ocurre cuando la modificación de las plazas se produce uan vez concluido el plazo de presentación de solicitudes? ¿Tiene alguna repercusión?

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  4. Sino fuera descripción literal de hechos, creería que estaba leyendo un cuento chino...

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  5. Ya paso semejante en este departamento con la provision de Director Provincial Sanidad y Directora IASS de Teruel. Que los designados no podian concursar por ser de otras administraciones. por supuesto los digitalizados q acabaron siendo nombrados sin experiencia en esos sectores. sin asomo de perfil para los puestos

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  6. Son procedimientos opacos, aunque se publiquen convocatorias y resoluciones.

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  7. No sabemos ni cuáles son esos candidatos que, por lo visto, no son idóneos.

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  8. ¿No son idóneos o no son del agrado del poder?

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  9. ¿No debería empezar la regeneración aquí?

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  10. Se intenta hacer cuadrar las fechas de forma descarada.

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