jueves, 3 de julio de 2014

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA RECLAMA INFORMACIÓN AL GOBIERNO DE ARAGÓN SOBRE LA OFERTA COMPLEMENTARIA DE 2011: EJERCE SU FUNCIÓN DE HACER CUMPLIR LO JUZGADO.



El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) se ha vuelto a dirigir al Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón para reclamarle información suficiente que permita constatar la correcta ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que anuló la Oferta de Empleo Público de 2011, al no incluir ésta la totalidad de los puestos vacantes ocupados por funcionarios interinos, como exigen tanto el Estatuto Básico del Empleado Público como la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La nueva providencia dictada por el TSJA es continuación de la ya acordada en relación con la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo que anuló la Oferta de Empleo Público de 2007 del Gobierno de Aragón, y demuestra el rigor con el que el Tribunal está ejerciendo el control sobre las condiciones de ejecución de ambas sentencias, pues corresponde a los Tribunales no solo juzgar sino también hacer cumplir lo juzgado, algo que en este caso se está viendo con manifiesta claridad.

El Gobierno de Aragón, como ya hemos expuesto en numerosas notas de este blog y en escritos dirigidos tanto al TSJA como a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón, no ha dado correcto cumplimiento a las sentencias judiciales, y ese incumplimiento deliberado de los fallos del Tribunal Supremo y del propio Tribunal Superior de Justicia de Aragón tuvo su más clara manifestación en la aprobación de un Decreto-ley en el que, sin justificación objetiva alguna, se determinó el número de plazas que, en relación a las ofertas anuladas de 2007 y 2011, debía incluirse en los futuros decretos de oferta complementaria.

Hacer uso de la facultad extraordinaria de dictar normas con rango de ley –con la necesaria convalidación posterior del Pleno de las Cortes de Aragón- para dar cumplimiento a unas sentencias en materia de oferta, para lo que bastaba la aprobación de los correspondientes decretos, no tenía otra razón de ser que desvirtuar los fallos judiciales, a través de la interposición de una norma que, por su naturaleza legal, quedaba fuera del control del Tribunal Superior de Justicia. Es evidente el abuso de poder en que se viene a incurrir por el Ejecutivo y la burda instrumentalización que se hace de los grupos de la mayoría parlamentaria que apoyan al Gobierno, al prestar éstos su aval a una maniobra tan irregular como la realizada. El debate de convalidación sirvió a los grupos parlamentarios de la oposición para denunciar la vulneración del principio de sometimiento a las sentencias de los Tribunales por parte del Gobierno de Aragón. Denuncia que, en un futuro próximo, podría confirmar el Tribunal Superior de Justicia de Aragón y que, necesariamente, conllevará consecuencias jurídicas y políticas.

En la reciente comparecencia de esta Asociación ante la Comisión de Comparecencias y Peticiones Ciudadanas de las Cortes de Aragón, a propósito del Proyecto de Ley de Función Pública remitido por el Gobierno de Aragón, pudimos expresar nuestra preocupación por la perduración en la Administración autonómica de las inercias existentes en el incumplimiento de las leyes –en ese contexto, aprobar una nueva ley, no garantiza en absoluto su aplicación y cumplimiento- y a la protesta de un portavoz por la gravedad de tal afirmación, tuvimos que ilustrar ese incumplimiento con la falta de aprobación de oferta de empleo público a lo largo de todos los años de la presente legislatura por parte del Gobierno de Aragón. 

El Gobierno presidido por Luisa Fernanda Rudi, como tendremos ocasión de constatar, no solo no ha cumplido la Ley en materia de oferta de empleo público –al dejar de aprobar la obligada oferta anual de empleo público-, sino que ha sido incapaz de dar el debido cumplimiento a las sentencias de los Tribunales que debían restaurar el lesionado derecho fundamental de acceso a la función pública que la Constitución Española reconoce a los ciudadanos. Está claro que este Gobierno ha sido incapaz de sacar cualquier enseñanza de toda esta experiencia, y que ha mostrado un compromiso con el Estado de Derecho y con el respeto de la legalidad muy inferior al que le precedió, pues vulnerar el derecho de los ciudadanos tras las sentencias recaídas conlleva una particular agravación de la conducta seguida, y que no es posible imputar en solitario al Departamento de Hacienda y Administración Pública, sino al conjunto del Gobierno y, en especial, a su Presidenta.

Se reproduce a continuación el texto íntegro de la providencia acordada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón:



“PROVIDENCIA
ILMO.SR PRESIDENTE:

D. JUAN-CARLOS ZAPATA HÍJAR

ILMOS.SRES.MAGISTRADOS:

D. JESUS MARIA ARIAS JUANA

D. JUAN JOSE CARBONERO REDONDO


En ZARAGOZA, a uno de Julio de dos mil catorce.

Dada la falta de justificación suficiente que es de apreciar en la documentación remitida por la Administración demandada, puesta, por otro lado, de manifiesto en el informe de la Inspección General de Servicios, SE ACUERDA requerir a dicha Administración para que, en el plazo de VEINTE DÍAS remita certificación emitida por el Jefe del Servicio de Gestión de Personal, a cuyo cargo se encuentra la gestión del Registro de Personal, en la que se haga constar:
·         Número y relación total de las plazas vacantes en el ámbito de Administración General existentes a fecha 31 de diciembre de 2010 cubiertas por interinos, con exclusión de las reservadas a funcionarios de carrera con destino definitivo.
·         Número y relación que de las referidas vacantes seguían estándolo a 18 de febrero de 2014, fecha de los Decretos 23/2014, 24/14 y 25/14, por los que se aprobó la Oferta complementaria de la Oferta de Empleo Público de 2010 en los respectivos ámbitos.
·         Para el caso de que no haya coincidencia entre esta última relación solicitada y las plazas específicamente incluidas en los citados Decretos, se especificarán las concretas vacantes que no hayan quedado incluidas en dicha Oferta de Empleo Público y si consta en el Registro de Personal su amortización.

Caso de haberse previsto la amortización de plazas, por la Dirección General de la Función Publica, se especificarán y remitirán las actuaciones llevadas a cabo al respecto, expresando la fecha prevista para la efectiva amortización.
Asimismo y respecto del Decreto 24/2014 de 18 de febrero, requiérase el informe de la Dirección General de Gestión de Personal del Dpto. de Educación, Universidad, Cultura y Deporte al que se alude en la memoria justificativa del proyecto de Decreto,-luego D.24/14, de 18 de febrero-, suscrito por el Director General de la Función Pública y Calidad de los servicios, con base en el que se sostiene el número de plazas que se incluyen en dicha oferta”.

8 comentarios:


  1. Bien nuevamente por el Tribunal.

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  2. El resultado de esto puede ser más serio de lo que muchos se creen.

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  3. Pero esto no es lo que ya pidieron en abril?

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  4. Si después de ésto sigue sin pasar nada... ya todo es posible. La indefensión ante el abuso de poder es total. Se está demostrando claramente que los argumentos, por muy legales que éstos sean (y no hay nada más legal que una sentencia en firme) no ejercen ningún efecto en gobernantes que están por encima del bien y del mal y que a lo único que responden es a dos cosas: la presión mediática o el aparato de sus partidos. Ésta es nuestra clase política dirigente y la que nos va a llevar al desastre si antes no reacciona la gente corriente (que no concurrente). No desistáis porque en este momento estáis más solos que la una. Aunque a veces seáis blanco de críticas ello es posible por el debate que habéis creado y por la ventana que habéis abierto a la transparencia y la información. Esperamos que esas críticas también os sirvan de aliento al saber que cada vez más personas (corrientes) seguimos con mucho interés vuestro trabajo y para conocer de cerca nuestras preocupaciones y visiones de la realidad. Muchas gracias

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  5. Pero no se lo debieron mandar bien.

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  6. O no se han dejado tomar el pelo en el Tribunal.

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  7. Bien por seguir exigiendo el respeto de la ley y no dormirse en los laureles.

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  8. Gracias por vuestra perseverancia

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