Dentro
del plazo de consulta y participación abierto por la Dirección General
de Participación Ciudadana, Acción Exterior y Cooperación, a través del portal “Aragón
Participa”, esta Asociación ha formulado su documento de alegaciones, del que
recientemente se avanzaban sus conclusiones en este blog.
Con
ello, esta Asociación vuelve a realizar un esfuerzo de colaboración con los
responsables del Gobierno de Aragón –como ya lo hizo anteriormente al analizar
el Anteproyecto de Ley de Función Pública de Aragón o la propuesta de
modificación del Decreto regulador de las Cartas de Servicios, con la seriedad
que merecían ambos proyectos-, con la convicción de que todos tenemos una cuota
de responsabilidad en la toma de aquellas decisiones que afectan al futuro de la Administración Pública,
y muy especialmente quienes hemos hecho de la función pública nuestra actividad
y dedicación profesional.
Entre
las prioridades que se marcó esta Asociación en sus más recientes asambleas
anuales, a lo largo de la presente legislatura, siempre han figurado la
formulación de análisis y propuestas en todas aquellas iniciativas legislativas
del Gobierno de Aragón que se correspondiesen con las propuestas de buen
gobierno y buena administración formuladas en nuestro documento de inicio de
legislatura, y es lo que hemos hecho cuando se nos ha dado la oportunidad, como
sucedió en su día con el Anteproyecto de Ley de Función Pública de Aragón y
sucede ahora con el Anteproyecto de Ley de Transparencia Pública y Participación
Ciudadana. El esfuerzo de análisis y debate interno no ha sido escaso en
ninguno de los supuestos. Lamentablemente, el Anteproyecto de Ley de Calidad de
los Servicios Públicos de la
Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón no fue sometido a consulta ni trámite alguno de información pública,
por razones que desconocemos.
No
importa que nuestras observaciones no se acepten por los responsables políticos
ni sean siquiera agradecidas –como ocurrió en el caso del extenso documento
formulado con motivo del Anteproyecto de Ley de Función Pública de Aragón-,
pues nuestra finalidad no es decidir el contenido de las leyes, sino aportar a
su redacción ideas que deban ser necesariamente consideradas, de manera que
nunca pueda alegarse en un futuro, por ejemplo, que el régimen de libre
designación o la universalización de la carrera horizontal como exclusivo
modelo de carrera administrativa en la función pública aragonesa se establecieron
de forma unánime –o por consenso generalizado- y sin objeciones.
Participar
es conceder valor al debate de ideas y propuestas, al margen de cualquier otra
estrategia de negociación o presión, totalmente ajena a los principios de
actuación de esta Asociación. Allí donde hay libertad de configuración ha de
existir debate sincero de propuestas, con la voluntad de mejorar la gestión pública
y servir mejor a los ciudadanos, y allí donde ha de velarse por el respeto a la
normativa aprobada, ha de haber vigilancia, advertencia y utilización de todos
los mecanismos disponibles para reclamar el respeto a la legalidad, primera
garantía de los derechos de los ciudadanos frente a la arbitrariedad
administrativa.
Esta
Asociación ha entendido en todo momento que participar y formular propuestas –algo
que viene haciendo desde el inicio de su actividad, a través del ejercicio del
derecho de petición- ha de acompañarse del compromiso claro de reclamar el
respeto de la legalidad, pues peor que no disponer de normas de transparencia
es aprobar unas normas que no van a ser respetadas, devaluando aún más la noción
de Estado de Derecho por la que debemos regirnos en el ejercicio de toda
potestad pública.
El
sentido de la responsabilidad –el saber que nuestro grado de compromiso con la
realidad y el futuro de la función pública resulta determinante para el desempeño
de su valiosa función y su necesaria legitimación social- es el que nos ha
llevado tanto a esforzarnos para intervenir en los procesos de participación
que hemos considerado ineludibles, por afectar de lleno a los objetivos de esta
Asociación, como a promover, cuando ha resultado necesario, denuncias, quejas o
acciones judiciales frente a graves vulneraciones del ordenamiento jurídico que
menoscaban los principios que han de presidir la ordenación y la actividad de
la función pública. Sentido de la responsabilidad que, por supuesto, no evita
las posibles contradicciones en que pueda incurrir esta Asociación en sus
actuaciones, en particular por su limitada capacidad de respuesta a las numerosas
arbitrariedades en que incurren los responsables de la Administración
autonómica.
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