El
Justicia de Aragón, mediante escrito de 7 de mayo de 2014, ha comunicado a esta
Asociación el archivo de la queja formulada ante dicha Institución por la falta
de aprobación de Oferta de Empleo Público en los años 2012 y 2013 por el
Gobierno de Aragón, con las que se debía garantizar el ejercicio del derecho de
acceso a la función pública que reconoce el artículo 23.2 de la Constitución
Española, conforme a lo establecido en el Estatuto Básico del
Empleado Público y en la Ley
de Ordenación de la Función Pública
de la Comunidad Autónoma
de Aragón.
Pues
bien, el Justicia de Aragón ha acordado el archivo de la queja alegando como
causa de tal decisión las medidas adoptadas por el Gobierno de Aragón para
ejecutar las sentencias del Tribunal Supremo de 29 de octubre de 2010 y del
Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 10 de febrero de 2012, por las que
se anularon las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011, respectivamente, al
no incluir la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por interinos.
Tras
reproducir el informe del Departamento de Hacienda y Administración Pública del
Gobierno de Aragón, relativo a los términos en que se ha llevado a cabo dicha
ejecución, concluye el escrito del Justicia de Aragón, sin mayor argumentación, del modo siguiente: “A juicio de esta Institución, las medidas adoptadas por la Administración, en
los términos descritos, garantizan de manera adecuada el cumplimiento de las
sentencias dictadas en su día por el órgano judicial competente, asegurando una
oferta de empleo razonable en el contexto restrictivo impuesto por las
sucesivas leyes presupuestarias aprobadas a nivel estatal. Así, no procede la
emisión de pronunciamiento expreso al respecto por nuestra parte”. Se procede,
por ello, al archivo de la queja.
Creemos
que con la decisión adoptada, y lo decimos con el respeto que siempre hemos
mantenido hacia la institución del Justicia de Aragón, ésta incurre en un doble error: en primer
lugar, se equivoca la institución al valorar los términos del cumplimiento de
unas sentencias judiciales, función que corresponde en exclusiva a los
Tribunales, hallándose pendiente el pronunciamiento del Tribunal Superior de
Justicia de Aragón sobre las actuaciones realizadas por el Gobierno de Aragón;
y en segundo lugar, creemos que el Justicia de Aragón no puede considerar que
la ejecución de unas sentencias que afectan a las Ofertas de Empleo Público de
2007 y 2011 puedan liberar al Gobierno de la obligación de aprobación anual de oferta
a lo largo de los ejercicios 2012 y 2013 y, suponemos, que también durante los
tres años que se ha otorgado el Gobierno para llevar a cabo las convocatorias
de los procesos selectivos derivados de tales sentencias.
El
Justicia de Aragón no ha actuado, como cabía esperar, como defensor del derecho
de los ciudadanos a acceder a la función pública, sino como valedor del
Gobierno de Aragón y ha ejercido este indebido papel doblemente, al avalar las
condiciones de ejecución de las sentencias judiciales que anularon las ofertas
de 2007 y 2011, al calificar de “razonable” dicha ejecución, término que carece de rigor jurídico, y al justificar, de manera tácita, que con la ejecución
de tales sentencias decae la obligación de aprobar ofertas en los años 2012 y
2013.
Creemos,
muy al contrario, que un Gobierno que ha sido condenado por aprobar Ofertas de
empleo insuficientes, como fueron las de 2007 y 2011, sin garantizar el
adecuado ejercicio del derecho de acceso a la función pública de los
ciudadanos, no debiera permitirse volver a lesionar dicho derecho, con la no
aprobación de oferta de empleo público en posteriores ejercicios, como sucedió
en 2012 y en 2013, y seguramente sucederá en 2014.
A
la vista de todo ello, esta Asociación va a dirigirse al Justicia de Aragón,
para expresarle su discrepancia con la decisión de archivo, que entendemos
inmotivada, solicitando la reapertura del procedimiento de control al Gobierno
de Aragón por la falta de aprobación de oferta en los años 2012 y 2013. Asimismo,
se formulará nueva queja por la falta de aprobación de oferta en 2014.
Las
instituciones de control y defensa de los derechos fundamentales no pueden
mantener posiciones complacientes con actuaciones arbitrarias de los poderes públicos como son las del
Gobierno de Aragón en materia de acceso a la función pública, si no quieren defraudar la confianza de los ciudadanos en
la validez de su actuación. Unas resoluciones que carecen de fuerza vinculante
han de ser al menos consistentes y rigurosas en su formulación, algo que ha
fallado en esta ocasión.
ResponderEliminarUna actuación penosa, desde luego.
Desde luego no hay nada mejor que los que son interinos en estas fechas, les ha tocado la lotería. Y se jubilarán así, habiendo aprobado un primer examen , mientras otros estamos estudiando para poder acceder y no nos dan oportunidades.
ResponderEliminar"...si no quieren defraudar la confianza de los ciudadanos en la validez de su actuación...". Ya no hay ninguna confianza que defraudar. Simplemente no hay confianza.Ya cada uno mira por lo suyo sin confiar en nadie y mucho menos en las instituciones... En cuanto a la "validez de su actuación"... da la risa. Ni validez, ni actuación... juegos florales o pasatiempo de salón...allá cada cuál con su conciencia y su ética...
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ResponderEliminarNo sé porque algunos se empeñan en hablar por los demás. La confianza es un valor indispensable para la vida social, y si no existiera esta sociedad se desplomaría de inmediato.
ResponderEliminaryo entiendo las ganas de entrar, pero decir que a los interinos nos ha tocado la lotería, me parece de muy mal gusto, con la que nos está cayendo. quizás deberías mirar por tu futuro y no desear que cuando entres esté así el sistema
Ahora que salga alguno a defender al Justicia. Otro estómago satisfecho a costa de todos y por no hacer nada.
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