lunes, 16 de septiembre de 2013

PETICIÓN DE CREACIÓN DE UNA COMISIÓN PARLAMENTARIA DE INVESTIGACIÓN SOBRE LA GESTIÓN DE PLAZA, S.A.



Esta Asociación ha recibido a lo largo de la semana pasada las primeras comunicaciones, procedentes de las Cortes de Aragón y de la Presidencia del Gobierno de Aragón, en relación con la petición que, al amparo del artículo 29 de la Constitución Española, se dirigió a ambas instituciones autonómicas para solicitar la creación de una comisión parlamentaria de investigación sobre la gestión de la empresa pública “Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S.A.”, tras las actuaciones de la Fiscalía Anticorrupción por la presunta malversación de fondos públicos producida en sus obras de urbanización.

Por una parte, la Letrada Mayor de las Cortes de Aragón comunica que la Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el día 4 de septiembre de 2013, ha conocido el escrito de petición formulado y, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de las Cortes de Aragón, ha acordado su traslado a la Comisión de Comparecencias y Peticiones Ciudadanas.

Por otra parte, la Secretaria General Técnica de la Presidencia acusa recibo del escrito de petición, y comunica que por parte del Gobierno de Aragón se están realizando todas las actuaciones necesarias con el objeto de aclarar la situación y, en su caso, depurar las oportunas responsabilidades.

La primera de las respuestas, procedente de las Cortes de Aragón, informa por lo tanto de que se ha dado al escrito de petición el curso previsto en el reglamento de la Cámara, ya que el estudio de las peticiones corresponde efectuarlo a la Comisión de Comparecencias y Peticiones Ciudadanas, la cual en su caso podrá dar traslado de la misma a la propia Mesa para que se pronuncie sobre la propuesta realizada, al ser uno de los órganos que tienen atribuida la iniciativa para impulsar una comisión de investigación y someter tal decisión a la votación del Pleno de la Cámara. La otra opción que puede barajar la Comisión de Comparecencia y Peticiones Ciudadanas, como ha hecho en otras ocasiones, es limitarse a dar traslado de la petición a los Grupos Parlamentarios, como principales responsables de promover las medidas de control de la acción del gobierno. Esta segunda opción resultaría prácticamente irrelevante, pues esta Asociación ya se dirigió de manera directa al conjunto de los Grupos Parlamentarios, solicitándoles que impulsasen o apoyasen la creación de dicha comisión de investigación, por lo que la Comisión de Comparecencias y Peticiones Ciudadanas debiera evitar el reducir su intervención a una mera función de intermediario entre ciudadanos y Grupos Parlamentarios, cuando nada impide que los ciudadanos se dirijan de manera directa a los propios Grupos Parlamentarios. Es evidente que, en el presente caso, ha de pronunciarse la Mesa de la Cámara, pero es muy posible que los propios Grupos presentes en la Comisión traten de evitar dicho pronunciamiento.

Más problemática resulta la contestación dada desde la Secretaría General Técnica de la Presidencia, pues pese a señalarse que se da acuse de recibo al escrito, la comunicación remitida no se limita a dicho trámite, dejando pendiente la contestación legalmente prevista sobre el fondo de la cuestión planteada, sino que a continuación viene a afirmar que el Gobierno de Aragón está realizando todas las actuaciones necesarias para aclarar la situación de la empresa pública, sin hacer mención alguna a la posibilidad de instar la creación de una comisión parlamentaria de investigación, que es justamente lo que se plantea. Es indudable, que la petición debe ser atendida o rechazada, pero no eludida, como parece hacerse por la Presidencia del Gobierno de Aragón. Por tal motivo, esta Asociación se dirigirá nuevamente a la Presidenta del Gobierno de Aragón, para señalar que, tras el acuse de recibo comunicado, quedamos a la espera de una respuesta razonada como la que prevé la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.

Pese a todo lo señalado, no debe dejar de destacarse el hecho de que ambas instituciones han reaccionado al escrito de petición remitido, y que las Cortes de Aragón, tras la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró vulnerado el derecho de petición de esta Asociación por una anterior respuesta de la Mesa de la Cámara, esta vez se han abstenido de cuestionar la legitimación de esta Asociación para solicitar una comisión de investigación, así como de afirmar que con ello estábamos incurriendo en injerencia en la actividad parlamentaria.

Confiamos, por lo tanto, que tanto la Comisión de Comparecencias y Peticiones Ciudadanas como la Presidencia del Gobierno de Aragón sepan ajustar su decisión final al contenido esencial del derecho de petición, que no es otro que recibir una respuesta razonada sobre la petición formulada, y la petición consiste en crear una comisión parlamentaria de investigación.

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