Desde
el Ministerio de la
Presidencia se ha cursado acuse de recibo a esta Asociación
por su reciente petición al Gobierno para que revise el artículo 87.3 del
Estatuto Básico del Empleado Público, derogando la previsión que contempla la
consolidación de complementos retributivos para aquellos funcionarios que
ejerzan responsabilidades políticas por un periodo mínimo de dos años.
En
concreto, el artículo 87.3 de la
Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público (EBEP), al regular la situación administrativa de los funcionarios de
carrera que se encuentren en servicios especiales, junto a otras previsiones
que contiene, dispone que las Administraciones Públicas velarán para que no
haya menoscabo en el derecho a la carrera profesional de los funcionarios
públicos que hayan sido nombrados, entre otros, altos cargos, miembros del
Poder Judicial o de otros órganos constitucionales o estatutarios o que hayan
sido elegidos Alcaldes, retribuidos y con dedicación exclusiva, Presidentes de
Diputaciones o de Cabildos o Consejos Insulares, Diputados o Senadores de las
Cortes Generales y miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades
Autónomas.
En
particular, establece dicho precepto que, como mínimo, estos funcionarios
recibirán el mismo tratamiento en la consolidación del grado y conjunto de
complementos que el que se establezca para quienes hayan sido Directores
Generales y otros cargos superiores de la correspondiente Administración
Pública.
No
parece razonable que aquellos funcionarios que, abandonando el servicio activo
en la función pública para pasar al desempeño de funciones de naturaleza política,
sean recompensados de forma vitalicia, por el resto de su vida profesional, con
la percepción de unas retribuciones superiores a las de los puestos
efectivamente desempeñados, al ver reconocido el llamado complemento de “alto
cargo”.
La
articulación de la carrera administrativa, que necesariamente ha de responder a
los principios de mérito y capacidad, repercute directamente en el régimen
retributivo que lleva aparejado el desempeño de puestos de responsabilidad y la
consiguiente consolidación de grado personal, al que queda vinculada la
percepción del complemento de destino, resultando extraño y contrario a dichos
principios el reconocimiento de derechos retributivos superiores a los que cabe
consolidar en la carrera administrativa a quienes, precisamente, abandonan
dicha carrera administrativa para el desempeño de cargos de naturaleza
política, por su condición electiva, ya sea directa o indirecta.
ResponderEliminarNoticia en El Periódico de Aragón:
El Gobierno de Aragón ha creado en lo que va de legislatura 50 plazas para colocar a funcionarios cesados de puestos de libre designación de la anterior legislatura. Suponen un coste en retribuciones y cotizaciones a la Seguridad Social de 2,8 millones de euros. Cada uno de ellos percibe al año 45.000 euros brutos.
¿Por qué se produce esta situación? A partir del nivel 28 de la Administración --también el 27 pero hay muy pocos-- los puestos de trabajo solo pueden ocuparse, por funcionarios del grupo A, por el procedimiento de libre designación. Según la normativa, consiste en apreciar discrecionalmente el mayor mérito y capacidad de entre los funcionarios que cumplen los requisitos para el puesto. En estas plazas el cese es también discrecional. Es decir, a dedo. Pues bien, con la llegada del actual Gobierno de Luisa Fernanda Rudi se cesa a bastantes funcionarios que ocupaban cargos de libre designación por haberlos desempeñado con el anterior Ejecutivo o al incorporarse al puesto reservado tras cesar como alto cargo --directores generales, secretarios generales técnicos o consejeros--.
FALTA DE VACANTES Así que a los cesados hay que reubicarlos, pero siempre en los niveles superiores que tienen consolidados. El Gobierno ha alegado, ante las protestas de los sindicatos por esta situación, no tener vacantes de puestos de trabajo de estas características, y por eso se ha visto obligado a crear medio centenar de puestos de asesor técnico a amortizar del nivel mínimo que podía atribuírsele al funcionario cesado --el 28--.
Sin embargo, no es del todo cierto que no hubiera vacantes, sino que estaban ocupadas en comisión de servicios, como lo demuestran las numerosas convocatorias de los puestos de libre designación que se estuvieron haciendo a lo largo de todo el año 2012. A esto hay que añadir que en muchos casos ocupan estos niveles superiores --28, 29 y 30-- funcionarios que, por el poco tiempo que llevan siéndolo, podrían ocupar un nivel 26, 24, incluso 22 en algún caso. Pero que han sido ascendidos por el Gobierno de Rudi a dedo.
POR ENCIMA DEL NIVEL Por ejemplo, de los Administradores Superiores que fueron nombrados funcionarios de carrera por Orden de 25 abril del 2011, al menos seis están ocupando niveles 28 y 29, con sus respectivos sueldos, cuando por estas fechas habrán consolidado el grado 22. A uno de ellos se le adjudicó a dedo la plaza de Jefe de Unidad de apoyo a la Fiscalía nivel 29. En concurso de méritos no tendría puntuación suficiente para un nivel 24, pero sí en libre designación para un 29.
Como consecuencia de tener a muchos funcionarios por encima de su nivel porque son nombrados de forma discrecional, no hay puestos para los cesados con alto grado consolidado. Y el Gobierno se ve obligado a crear ad personam las llamadas plazas de asesor técnico a amortizar --que en principio deberían desaparecer, pero en realidad continúan--, con el consiguiente incremento de plantilla y de gasto. Tampoco se aprovecha la experiencia y capacidad de estos funcionarios cesados, ya que los puestos de asesor técnico no tienen un contenido propio y por tanto estos trabajadores no cuentan con ningún cometido. No hacen casi nada, según admiten ellos mismos.
El resultado de todo ello es que a la par que se reduce la plantilla amortizando plazas y cesando interinos --un proceso acelerado desde que gobierna el PP en Aragón--, se incrementa en 50 puestos de los niveles superiores para poner cesados con los que este Gobierno no quiere contar. Y se deja la organización administrativa en manos de funcionarios con poca experiencia que pasan de golpe casi al techo de su carrera profesional.
ResponderEliminarAlgunos de esos funcinarios, condenados indebidamente a la condición de "parado interno", cobran además el complemento de alto cargo. Injustificable.
Por qué no denuncian su situación?
ResponderEliminarSe podría ejercer en la Comunidad Autónoma el mismo derecho de petición limitado a los altos cargos de nuestra Comunidad.
ResponderEliminarSaludos.