La
Asociación
para la Defensa
de la Función Pública
Aragonesa, el pasado 25 de abril, coincidiendo con la fecha de celebración de
su última asamblea ordinaria, solicitó a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Aragón la “ejecución forzosa y completa” de la Sentencia de 29 de
octubre de 2010 del Tribunal Supremo por la que se anuló la Oferta de Empleo Público
para 2007, aprobada por el Gobierno de Aragón, al entender que la misma
vulneraba el derecho fundamental de acceso a la función pública, reconocido en
el artículo 23.2 de la Constitución
Española, al omitir la inclusión de todas las plazas vacantes
cubiertas por funcionarios interinos. E igualmente se instó la ejecución
judicial forzosa de la
Sentencia de 10 de febrero de 2012, del Tribunal Superior de
Justicia de Aragón, por la que se anuló el Decreto de Oferta de Empleo Público
de 2011 aprobado por el Gobierno de Aragón.
La
Asociación
entiende, en sus escritos de petición de ejecución, que ésta exigía la aprobación y publicación de unos
Decretos de Oferta de Empleo Público complementarias a las de 2007 y 2011 por
parte del Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Hacienda y
Administración Pública, conservando los procesos selectivos convocados y
ejecutados en aplicación de los decretos anulados. Los decretos complementarios
que se aprueben deben incluir todas las plazas vacantes ocupadas por
funcionarios interinos y omitidas en su día –en número superior a mil-, debieran
aprobarse en el plazo de tres meses desde que se ordene por el Tribunal la oportuna
ejecución, dando lugar a la convocatoria de los correspondientes procesos
selectivos en los tres meses siguientes a la publicación de los Decretos en el
Boletín Oficial de Aragón, conforme a los plazos establecidos en el artículo 24
de la Ley de
Ordenación de la Función Pública
de la Comunidad Autónoma
de Aragón.
El
incidente de ejecución instado por esta Asociación sigue su curso, habiéndose
aportado al mismo escrito del Ministerio Fiscal en el que se señala que nada
hay que oponer a la ejecución solicitada, si bien la Administración no
ha aportado su escrito de alegaciones, solicitando en su lugar una ampliación
de diez días del plazo para hacerlo, lo que hace suponer que, probablemente, se
aleguen razones de distinta índole para tratar de justificar impedimentos o
dificultades para llevar a cabo la ejecución, lo que, en el caso de producirse,
vendría a reafirmar la voluntad del Gobierno de Aragón en no respetar el
derecho de acceso de los ciudadanos a la función pública, ya puesta de
manifiesto por la no ejecución voluntaria de ambas sentencia y por la falta de
respuesta a la solicitud de ejecución que esta Asociación dirigió en septiembre
de 2012 al Consejero de Hacienda y Administración Pública, José Luis Saz.
Como personal temporal de esta administración sólo quiero decir Gracias a todos y cado uno/a de los miembros de la asociación que de forma desinteresada "luchan" y sí empleo ese termino por que me consta los muchos obstáculos con los que se van encontrando, para que se pueda hacer efectivo en su totalidad el ejercicio de este derecho fundamental.
ResponderEliminarMal síntoma .
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