viernes, 21 de junio de 2013

CARENCIA DE UN MARCO GENERAL DE REFORMA ADMINISTRATIVA.



Resulta difícil abordar la nueva regulación de la función pública, en una norma legal que pretende además abarcar el ámbito autonómico y el de las entidades locales aragonesas, sin disponer con carácter previo de las premisas suficientes sobre la pretendida reforma de las Administraciones Públicas. Saber el ámbito de competencia propio de cada Administración –estatal, autonómica, local- y delimitar la administración institucional posible de cada Administración territorial puede resultar determinante para el establecimiento de uno u otro modelo de función pública.

La carencia de este marco previo sobre la orientación de la siempre aplazada reforma de las Administraciones Públicas no es un obstáculo menor para el futuro debate de la Ley de la Función Pública de Aragón. Acaso debiera tramitarse en paralelo con una nueva Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en la que se aborden aspectos organizativos de la estructura departamental y de los organismos autónomos, que racionalicen su ordenación y que determinen a su vez aspectos esenciales del régimen de función pública.

El diseño que finalmente se establezca del conjunto de las Administraciones Públcias, que por fuerza ha de introducir notable modificaciones sobre el existente, condicionará elementos fundamentales de la función pública, como pueden ser la ordenación de los puestos de trabajo, la movilidad del personal –en su ámbito interno o interadministrativo- o las condiciones que han de reunir los procesos de acceso a la función pública de cualquier Administración o de cualquier entidad dependiente de las mismas.

No es lógico que, al tiempo que se debate el futuro régimen de los funcionarios públicos, se halle en entredicho el modelo organizativo de la propia Comunidad Autónoma o la ordenación de la Administración Local, y sea noticia la posible supresión de la Cámara de Cuentas o del Consejo Económico y Social, o alguien siembre dudas sobre la propia continuidad del Justicia de Aragón. No es posible someter las instituciones públicas a un permanente ejercicio de improvisación, y a una puja permanente de supresiones, sin hacer la menor referencia al coste de no disponer de tales instituciones.

La mera apelación al gravísimo problema de los ingresos públicos para cuestionar la sostenibilidad de ciertas instituciones o de determinadas políticas públicas no puede aceptarse como argumento válido, pues la solidez institucional es una condición imprescindible para la prosperidad futura y para asegurar elementos básicos de cohesión social. Hay que preservar lo valioso, sin confundirlo con lo costoso, pero hay cosas que cuestan por el enorme valor social que tienen, y sería un grave error dejarse llevar por simples criterios de ahorro a la hora de decidir las reformas. Las prioridades nunca son neutras, por lo que las reformas exigen un profundo debate político y un amplísimo consenso ciudadano.

3 comentarios:

  1. Exacto. No confundir valor y precio.

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  2. Está claro que se va a imponer caiga quien caiga.

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  3. Veremos modificar los Estatutos para ello?

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