En
el Proyecto de Ley sobre Calidad de los Servicios Públicos, al que deberemos
dedicar un detenido análisis en notas futuras de este blog, hay un detalle
importante que nos interesa destacar, y es su escasa o nula conexión con la calidad
de los servidores públicos. La calidad no será tanto resultado de la aprobación
de cartas de servicios o de la implantación de sistemas de evaluación de
objetivos o de mecanismos de quejas o sugerencias, como del empeño en potenciar
de forma constante y decidida la calidad de los servidores públicos. No hay que
olvidar poner el acento en el factor humano.
Cuando
se menosprecia el esfuerzo profesional y el compromiso de los servidores públicos
y se observa a éstos como objetos reemplazables o como carga económica a
suprimir para lograr ajustes presupuestarios, y trasciende así el papel
secundario que se atribuye a las personas en el desarrollo de las diferentes
políticas públicas, resulta fácil aventurar el absoluto fracaso de las medidas
contempladas en la futura Ley de Calidad de los Servicios Públicos. Es, por
otra parte, llamativo el que un Gobierno propugne nuevas normas para mejorar la
gestión pública –con contenidos, en algunos casos, prescindibles, pues nada
aporta el nuevo texto en materia de cartas de servicios o quejas y sugerencias-,
cuando permanecen absolutamente inaplicadas las medidas de racionalización de
la gestión administrativa ya contempladas en la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón de 1996, hoy contempladas en el Texto Refundido de la Ley de la Administración de
2001.
Quince
años de inaplicación de programas de mejora administrativa como los “manuales
de procedimientos” o las “auditorías administrativas” requerirían un ejercicio
de autocrítica de la política de calidad y de racionalización administrativa. Sin
embargo, nada de ello se aprecia en el citado Proyecto de Ley de Calidad de los
Servicios Públicos, lo que es un signo evidente de su falta de verdadera
consistencia. ¿Por qué han de llevarse a cabo las evaluaciones, cuando nunca se
realizaron las auditorías administrativas legisladas en 1996?
Pensar
seriamente en la calidad de los servicios públicos pasa, en primer lugar, por
centrarse en la calidad de los servidores públicos, y en tal sentido no se
vislumbra ninguna medida por parte de este Gobierno, cuyos gestos hacia los
funcionarios públicos parecen inexistentes, a pesar de los sacrificios que se
les han exigido. Volvemos a subrayar que el Gobierno –y, particularmente, los
Consejeros- no sólo han de ejercer un liderazgo público, dirigido a la
sociedad, sino también un liderazgo interno, dirigido al personal que trabaja
en cada Departamento y en el conjunto de la Administración, y
la política de calidad que se propugna no puede desconocer el inexistente
liderazgo que padece, desde hace mucho tiempo, la Administración
autonómica, cuyo ritmo viene mantenido en gran medida por el compromiso con su
trabajo de cada empleado público.
Es otro de esos proyectos de Ley vacíos de contenido real. Un teatrillo para que los ciudadanos crean que algo se está haciendo, cuando en realidad no es cierto.
ResponderEliminarY comparto el contenido del artículo del blog en el que se destaca la desconexión de la Ley con los funcionarios públicos. Parece ser que no tenemos nada que ver con la calidad en la prestación de los servicios, y que aquélla, la calidad, sólo dependa de la aprobación de una norma o serie de normas, cuando en realidad guarda estrecha relación con el trabajo cotidiano de los servidores públicos.
Pero ¿cómo exigir calidad cuando los que nos gobiernan no son sino medianías?
Saludos.
A todo esto: ¿se ha sometido el proyecto de Ley a información pública?¿y a audiencia de las asociaciones que puedan tener interés en el asunto?¿por qué no se nos ha dado audiencia como Asociación que pretende una mejora en la función pública?¿a quién se ha dado voz en la elaboración de este proyecto de Ley?
ResponderEliminarSaludos.