El
titular de la institución del Justicia de Aragón, mediante escrito de fecha 14
de marzo de 2013, ha
comunicado la admisión a trámite de la queja formulada por esta Asociación en
relación con la convocatoria de concurso de méritos para la provisión de
puestos de trabajo singularizados de la Administración de la Comunidad Autónoma,
aprobada por la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios.
La
queja se formuló, de forma simultánea a la presentación de un recurso de alzada
ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, al entender que el
citado concurso vulneraba los términos de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma
de Aragón en dos aspectos, tanto al permitir la participación en el concurso de
personas en destino provisional, como forma de obtener su primer destino
definitivo en calidad de funcionarios de nuevo ingreso, como al obligar a
solicitar plazas a los funcionarios que se hallen en adscripción provisional,
tras haber cesado en puesto de libre designación, aunque el puesto en que se
hallen adscritos no se incluya en la convocatoria de concurso.
Señala
la comunicación del Justicia de Aragón: “Examinada detenidamente (su queja), y
al amparo de las facultades que me confiere el artículo 2.3 de la Ley 4/1985, de 27 de junio,
reguladora del Justicia de Aragón, he resuelto admitirla a supervisión y
dirigirme al Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de
Aragón para que informe sobre la cuestión planteada. En el momento en que tenga
noticias al respecto me comunicaré de nuevo con usted”.
El
buen funcionamiento de la
Administración debiera hacer innecesario emplear a las
instituciones de control en cuestiones tan básicas como es el respeto de la
legalidad, y dedicarlas al estudio de fórmulas de mejora o de resolución de
lagunas normativas. Pero la defensa de
la legalidad resulta en estos momentos, al igual que en el pasado, una tarea
imprescindible, y prueba del olvido de la legalidad es la falta de aprobación
del Gobierno de Aragón de Oferta de Empleo Público para 2012 –a diferencia de
lo que hizo la Administración
General del Estado- o la tardanza injustificada para aprobar la Oferta para el presente
año, por no citar el silencio y la pasividad ante la petición de esta Asociación
relativa a la ejecución de las sentencias judiciales que anularon las Ofertas
de Empleo Público de 2007 y 2011 por no incluir la totalidad de las plazas
vacantes (no reservadas) ocupadas por funcionarios interinos.
Triste
situación la de un Estado de Derecho en el que los ciudadanos han de acudir a
los Tribunales y a las instituciones de control para que la Administración Pública
respete los derechos que les reconocen las leyes, sin que ello sirva para
modificar las pautas de incumplimiento de la legalidad denunciadas.
Es triste, pero inevitable si no queremos que triunfe la arbitrariedad.
ResponderEliminarEsto marcha!
ResponderEliminarEste consejero no comulga con el principio de legalidad y responsabilidad; a éste lo que le digan sus chicos "pata negra". El no suele contestar denuncias ni recursos que NO le gustan, sus subordinados son simples números, "pringaos", él pasa.
ResponderEliminarEn efecto, tan triste es este Estado de Derecho que debemos preguntarnos si realmente ya no se ha destruido el concepto de Estado de Derecho. E incluso el de democracia que, debemos recordar, es el gobierno del pueblo, no el de los partidos ni el de la mayoría parlamentaria. Cuando la mayoría gobierna sólo para los "suyos" se sustituye la democracia por una especie de "mafia" de la democracia. Un sistema de botín: "uno de los nuestros", como en la película de Martin Scorsese.
ResponderEliminarSaludos.
En el BOA de hoy, 2 de abril, se resuelve el primer concurso de méritos en el que se adjudica primer destino definitivo a un funcionario de nuevo ingreso con destino provisional.
ResponderEliminarA diferencia de los posteriores, en la convocatoria del concurso (BOA de 15 de octubre) no se permitía, al menos de forma expresa, la participación de personas en destino provisional.