lunes, 22 de abril de 2013

ARBITRARIEDAD INADMISIBLE.



La Constitución garantiza la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, como se señala en su artículo 9.3. La discrecionalidad administrativa de la que gozan algunos órganos directivos en ciertas decisiones no puede dar, por lo tanto, amparo a la arbitrariedad. El rasgo diferenciador de un acto discrecional (en contraposición a la arbitrariedad ajena al derecho) es la motivación; ya que en un acto discrecional la autoridad debe poder justificar los motivos de su decisión.

Es decir, el simple poder o capacidad de decisión de un cargo público, la mera voluntad, no puede ser la exclusiva justificación de una decisión administrativa, sino que se requiere una motivación objetiva y una conexión con el interés público, pues en caso contrario se habrá pasado de la discrecionalidad a la arbitrariedad, incurriendo en la prohibición que señala la Constitución, ejerciendo de forma ilegítima las potestades administrativas. Hace falta que las decisiones sean racionales, racionalmente fundadas, sin que puedan deberse a la libre voluntad personal, a “mi decisión”. La irracionalidad es arbitrariedad y no tiene cabida en el ámbito de la gestión pública.

Viene esto a cuento de cambios organizativos y de responsables que se están produciendo, a modo de goteo, en importantes áreas de la gestión pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sin que, a veces, nadie repare en su trascendencia y en el lento destrozo de los principios y de los valores que suponen, principios y valores que debieran compartirse y respetarse en el seno de las organizaciones públicas. Sin que nadie las señale y, de ser posible, las detenga.

La arbitrariedad es ajustar los puestos a quien se desea nombrar y no nombrar a quien cumple los requisitos de desempeño de un puesto. Arbitrariedad es anticipar el desempeño de funciones al nombramiento formal para ocupar un puesto de trabajo. Arbitrariedad es cesar a personas en sus puestos de responsabilidad –a funcionarios competentes y plenamente dedicados a su función, valorados en su entorno profesional- para colocar a otros por razón de amistad o de recomendación política. Arbitrariedad es marginar a profesionales competentes por razones ideológicas, incurriendo en discriminación y sectarismo que nunca deberían producirse, y que, en todo caso, debieran estar ya superados a estas alturas de legislatura. Arbitrariedad es alterar los procedimientos administrativos para dar trato de favor a unos ciudadanos frente a otros, quebrando el principio de igualdad de todos ante la ley.

Debemos detectar a quienes su arbitrariedad les inhabilita para la gestión pública y, mucho más, para el desempeño de tareas directivas en una Administración Pública.  Debemos denunciar la vulneración de las normas de función pública y la discriminación de profesionales por razones sectarias y, sobre todo, debemos denunciar el favoritismo y la corrupción en la gestión de los servicios públicos, vulnerando las reglas de acceso a los mismos y desconociendo el principio de igualdad de los ciudadanos. Debemos mostrar tolerancia cero frente a la arbitrariedad, sencillamente porque no tiene cabida en nuestro modelo de sociedad democrática ni de Estado social y democrático de Derecho, y por ello está prohibida por la Constitución. Un poder público arbitrario es un poder público patrimonializado ilegalmente por una persona o grupo. Es necesario devolverle su carácter público y su dignidad de poder ajustado a derecho.

3 comentarios:

  1. ¿Están hablando de la obligación de denuncia de los funcionarios públicos? ¿Cómo se hace,si ni siquiera los afectados se atreven a informar y denunciar.? el miedo es el gran enemigo y creo que nos lo han metido en el cuerpo..¿en la asociación se ha detectado el miedo , se ha hablado de ello, hay algún dato que lo confirme o desmienta su existencia entre los empleados públicos ? Son preguntas importantes para la asamblea a.¿ o no lo son ? Desde afuera lo parecen o así lo pensamos algunos incautos ..me gustaría que se respondiese desde la asociación que parece gozar de alguna libertad.al menos los que escriben en el blog,..no creo quesea un espejismo ..las actuaciones parecen avalar esta idea..la asamblea deberán despejar algunas dudas que algunos ,desde la barrera, tenemos...bonita maneras de torear,pero

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  2. Háganse entonces las denuncias necesarias.

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  3. Totalmente de acuerdo con lo expuesto en este artículo del blog.

    El número de ceses por goteo es elevadísimo, y esto es algo que objetivamente no tiene justificación. La estrategia del nuevo Gobierno está siendo la de cesar a las personas poco a poco para no llamar la atención, pero el efecto es el mismo que si se hicieran los ceses de forma simultánea: arbitrariedad.

    De ahí la necesidad que tenemos en la Asociación de fomentar el regeneracionismo, es decir, el cambio desde arriba. Es inadmisible que los puestos de Director General sean de nombramiento directo, deben ser profesionales con perfiles definidos de acceso y que no puedan ser cambiados a gusto del Gobierno entrante. Esto que propongo, la profesionalización de la dirección pública es lo que sucede en países con una tradición democrática asentada, como Francia o Gran Bretaña.
    El argumento que se suele ofrecer en España de que el Consejero necesita personal de confianza política no es más que una nueva versión del clientelismo, y si no es necesario en los países vecinos, tampoco lo es aquí.

    No digamos ya nada de los jefes de servicio y asimilados.

    Saludos.

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