El Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, Julio Guiral, se ha dirigido a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón, para trasladarles una reciente Sugerencia del Justicia de Aragón, relativa al deber de tramitación de procedimientos sancionadores por infracciones medioambientales denunciadas por los Agentes de Protección de la Naturaleza, y solicitarles iniciativas parlamentarias de control para esclarecer el comportamiento de los responsables periféricos del Departamento de Medio Ambiente y averiguar las razones por las cuales un importante número de denuncias formuladas no son objeto de la preceptiva tramitación.
Los hechos revisten una enorme gravedad, razón por la cual hace escasos días se pidió una investigación a los responsables del Departamento de Presidencia y de la Dirección General de Organización, Inspección y Servicios, Eva Almunia y Antonio Brun, respectivamente, hallándose esta Asociación a la espera de las medidas que puedan adoptarse por parte de la Inspección General de Servicios.
Los diferentes controles posibles sobre la irregularidad señalada por el Justicia de Aragón no son excluyentes, razón por la cual a la petición de investigación dirigida a los responsables de los que depende la Inspección General de Servicios de la Administración autonómica, se añade ahora la petición de medidas de control por parte de los Grupos Parlamentarios, control que se solicitará igualmente del Ministerio Fiscal.
La falta de averiguación de los hechos denunciados por agentes públicos, como son los Agentes de Protección de la Naturaleza, cuyas denuncias cuentan con valor probatorio –como expresamente se señala en las normas legales medioambientales de la Comunidad Autónoma-, al no incoarse siquiera el preceptivo procedimiento sancionador, podría constituir una grave irregularidad de carácter administrativo e incluso penal, al poder revestir los presupuestos de la prevaricación.
Dicha falta de tramitación, al margen del incumplimiento legal que constituye en sí misma, contribuye al mismo tiempo a privar de autoridad a los Agentes de Protección de la Naturaleza que actúan como denunciantes y a extender entre los infractores la expectativa de que los hechos punibles no serán sancionados, lesionando con ello la confianza de los ciudadanos en la aplicación de ley y en el buen funcionamiento de la Administración Pública y del propio Estado de Derecho.
No sancionar una infracción contra el medio ambiente, cuando se tiene la competencia irrenunciable para ello, supone en buena medida participar, en el grado que corresponda, en la comisión de la infracción, al propiciar su impunidad.
Esta Asociación confía en que los hechos, que no quiso aclarar el Departamento de Medio Ambiente, al negar al Justicia de Aragón la información solicitada por esta Institución, puedan ser debidamente analizados por los órganos de control administrativo y parlamentario e investigados por el Ministerio Fiscal, reconduciendo a la legalidad el ejercicio de las competencias sancionadoras en el ámbito de medio ambiente.
Se reproduce a continuación el texto íntegro del escrito dirigido a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón:
“Grupos Parlamentarios
Cortes de Aragón
Palacio de la Aljafería
Zaragoza, 20 de diciembre de 2010.
Estimados señores:
Con fecha 4 de noviembre de 2010, el Justicia de Aragón ha formulado una sugerencia al Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, cuyo texto se adjunta, solicitando que por parte del mismo se dé trámite a las denuncias presentadas por los Agentes de Protección de la Naturaleza, incoando los preceptivos expedientes administrativos y dictando la resolución que en cada caso proceda.
Tal sugerencia se formula a raíz de una queja planteada ante dicha Institución, con la que se aportaba información estadística elaborada por la propia Secretaría General Técnica del Departamento de Medio Ambiente, en la que se constataba que el número de procedimientos sancionadores incoados por infracción medioambiental es significativamente inferior al de denuncias formuladas por los Agentes de Protección de la Naturaleza. A su vez, el número de resoluciones dictadas, en ocasiones, supone, como es el caso del Servicio Provincial de Zaragoza, solamente el venticinco por ciento de las denuncias realizadas por tales Agentes, funcionarios dependientes del propio Departamento de Medio Ambiente.
Pese a haberse requerido al Departamento competente información sobre tales datos por parte del Justicia de Aragón, no se le ha facilitado información alguna a dicha Institución, de manera que no es posible conocer las razones que puedan explicar o justificar un dato tan llamativo, no pudiendo con ello despejarse las legítimas dudas sobre la existencia de irregularidades administrativas en el ejercicio de la potestad sancionadora por parte del Departamento de Medio Ambiente, con la posible aplicación de la ley de forma selectiva o arbitraria, lo cual podría constituir un supuesto de prevaricación por parte de los responsables administrativos.
Dada la gravedad de los hechos expuestos en la queja planteada, que vienen avalados por datos oficiales de la Secretaría General Técnica del Departamento de Medio Ambiente, y vista la negativa de dicho Departamento a atender los requerimientos de información efectuados desde el Justicia de Aragón, consideramos totalmente necesaria la realización de un control parlamentario de dicha cuestión.
Por tal razón, y mediante el presente escrito, les solicitamos que en el ejercicio de las funciones de impulso y control de la acción de gobierno que corresponde llevar a cabo a las Cortes de Aragón, por parte de ese Grupo Parlamentario se impulsen aquellas iniciativas parlamentarias que estimen oportunas para conocer las razones que motivan el bajo índice de tramitación de las denuncias medioambientales formuladas por los Agentes de Protección de la Naturaleza, reclamando, en su caso, de los máximos responsables del Gobierno de Aragón la realización de una investigación exhaustiva sobre los hechos contenidos en la sugerencia formulada por el Justicia de Aragón, en la que se determinen las responsabilidades administrativas o disciplinarias en que hayan podido incurrir los responsables, por acción u omisión, de tales irregularidades.
Agradeciéndoles de antemano la atención dada al presente escrito, reciban un atento saludo.
Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”
En estos casi doce años de gobierno PSOE-PAR sólo ha habido una comisión de investigación: la utilizada por Alfredo Boné para cargarse al entonces Consejero de Medio Ambiente y Secretario General del PAR y hacerse él con ambos cargos.
ResponderEliminarMe temo que la ahora propuesta no prosperará, aunque tenga bastantes más razones que la justifiquen.
Descubro un enlace con esta nota en la página de los Agentes de Protección de la Naturaleza de Aragón.
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