martes, 29 de diciembre de 2009

¿QUIÉN VELA POR EL RESPETO DE LA LEGISLACIÓN BÁSICA ESTATAL?

La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa se va a dirigir en las próximas fechas a los órganos de la Administración General del Estado responsables en materia de función pública, para reclamarles un estricto control del respeto a la legislación básica estatal de función pública por el Gobierno de Aragón y las entidades locales aragonesas -incluidas las comarcas-, tanto en lo que afecta al Estatuto Básico del Empleado Público como a los límites que fijan anualmente las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para el incremento retributivo en el conjunto de las Administraciones Públicas.

Recientemente, el Justicia de Aragón recordaba al Gobierno de Aragón, con motivo de una queja planteada por esta Asociación, la obligación de aprobar anualmente la Oferta de Empleo Público para atender las necesidades de personal de la Administración autonómica. Dicha aprobación viene exigida no sólo por la Ley aragonesa de Ordenación de la Función Pública, sino también por el Estatuto Básico del Empleado Público. No debiera ser indiferente a nadie, y mucho menos a los responsables de la función pública de la Administración General del Estado, que el Estatuto Básico pueda verse inaplicado por una Comunidad Autónoma, ya en el primer año tras su entrada en vigor, al no aprobar el Gobierno de Aragón Oferta de Empleo Público en 2008, al igual que ya había hecho en 2005 y 2006.

La legislación básica estatal trata de asegurar un denominador común normativo al que han de ajustarse tanto el Estado como el conjunto de las Comunidades Autónomas. Por ello, el respeto a la normativa básica es consustancial a la idea de Estado y a la condición de ciudadanía de ese Estado. Por dicho motivo, resulta verdaderamente preocupante que un elemento tan relevante del funcionamiento de las Administraciones Públicas, como es la selección de personal funcionario de carrera de nuevo ingreso, cuestión que afecta a aspectos medulares del Estado de Derecho -entre ellos, la configuración de una Administración Pública profesional, imparcial y eficaz, a la cual acceden los ciudadanos en condiciones de igualdad conforme a principios de mérito y capacidad-, no merezca la atención debida, permitiéndose que su aplicación y respeto quede a la libre voluntad de cada gobierno autonómico.

No le consta a esta Asociación que, pese al manifiesto incumplimiento del Estatuto Básico por el Gobierno de Aragón -al no aprobarse Oferta de Empleo Público en el año 2008- se le haya formulado requerimiento alguno por parte de la Administración General del Estado al Gobierno de Aragón, por no respetar el Estatuto Básico del Empleado Público y afectar con ello al derecho fundamental de los ciudadanos para acceder a las funciones públicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Para que ello no pueda repetirse en el próximo año 2010, esta Asociación se va a dirigir tanto a los órganos competentes en materia de la función pública de la Administración General del Estado, como a las respectivas Comisiones del Congreso de los Diputados y del Senado y al Defensor del Pueblo, así como al Tribunal de Cuentas, para que todos ellos ejerzan la labor de control y garantía que requiere la observancia de la legislación básica estatal, tanto en lo que se refiere al régimen de selección de personal de nuevo ingreso como al régimen retributivo de los empleados públicos, y en especial al incremento anual de sus retribuciones.

23 comentarios:

  1. ¿Otro frente nuevo? ¿Cuántos van ya?

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  2. Los funcionarios somos unos ilusos al pretender o creer que en nuestro Estado de Derecho se pueda configurar una “Administración Pública profesional, imparcial y eficaz, a la cual acceden los ciudadanos en condiciones de igualdad conforme a principios de mérito y capacidad”, o al NO creer que la legislación básica, “su aplicación y respeto quede a la libre voluntad de cada gobierno autonómico”.
    Obligación de aprobar anualmente la Oferta ... y qué?. Hablamos de la DGA, ente superior que está por encima de esas nimieces de legislación básica, estado de derecho, principio de legalidad...... Las necesidades de personal se cubren de forma eficiente, para eso no faltan asesores, interinos, comisiones ... para ello se perpetuan en el tiempo los libre designados, puestos de confianza .... y ahí permanecen como señores imprescindibles en un cortijo a la deriva; ahí estan ellos velando por cubrir todas esas necesidades de personal y todas las necesidades que hagan falta. Amigos funcionarios el EBEP, aunque no lo parezca, recoge los derechos de los empleados públicos, exijamos su cumplimiento y luchemos por desterrar la arbitrariedad de la Administración Pública.

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  3. EL INSISTENTE DESPRECIO POR LA LEGALIDAD.

    FELIPE ARMENDÁRIZ/J.F.M. PALMA. La sentencia hecha pública ayer por el Tribunal Supremo ha sido redactada por el magistrado Siro Francisco García Pérez, un juez muy conocido debido a su destino anterior en la Audiencia Nacional. García Pérez es tremendamente contundente a la hora de definir los hechos delictivos que han llevado a la cárcel a Eugenio Hidalgo, ex alcalde de Andratx, y a Jaume Massot, antiguo director general de Ordenación del Territorio del Govern de Jaume Matas, por corrupción urbanística y su "insistente desprecio por la legalidad" .
    Las defensas trataron de conseguir la revocación del fallo de la sección segunda de la Audiencia de Palma alegando, entre otros argumentos, que los hechos, la construcción de un chalé unifamiliar por Hidalgo en una parcela protegida paisajísticamente, no tenían la gravedad suficiente para ser delitos contra la ordenación del territorio y prevaricación y eran simples faltas administrativas.
    El Supremo discrepa radicalmente y se lamenta de los desastres paisajísticos y el deterioro urbanísticos causados en España por la inoperatividad de los mecanismos de disciplina de las Administraciones. "Más la desastrosa situación a que, a pesar de la normativa legal y administrativa, se ha llegado en España respecto a la ordenación del territorio, incluida la destrucción paisajística, justifica que, ante la inoperancia de la disciplina administrativa, se acude al Derecho Penal, como Ultima Ratio", afirma la sentencia, que añade que se han cometido delitos por las numerosas transgresiones que se toleraron antes.
    El Alto Tribunal también resalta la importancia de respetar las zonas protegidas por sus valores medio ambientales o paisajísticos y se queja por el desprecio sobre los impactos en el paisaje a la hora de edificar.
    La sentencia destaca que Eugenio Hidalgo se prevalió de su situación de alcalde para legalizar su casa ilegal en suelo protegido. "Hidalgo se aprovechó dolosamente de su condición de alcalde para ejecutar el delito con mayor facilidad, sirviéndose, en su propio interés, del cargo que los ciudadanos le habían encomendado en vez de servir a él". "La Comunidad de ciudadanos es víctima de los despropósitos urbanísticos", recuerda el Supremo que declara ajustadas las condenas.

    DIARIO DE MALLORCA.

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  4. Potser que a partir d'ara els mallorquins podrem confiar un poc més en la justícia. ¡¡¡Ja era hora!!!

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  5. Da igual forasters o mallorquins la cuestión es, " que no se toca lo que no es tuyo y que si hay una ley hay que respetarla", que no podemos destruir Mallorca más de lo que ya está.

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  6. i ara va l'advocat i diu que demanarà un indult, quin morro que tenen!!! se'l trepitgen

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  7. El Supremo confirma la pena de Hidalgo

    El Tribunal Supremo confirma la sentencia a cuatro años de prisión para el ex alcalde de Andratx Eugenio Hidalgo, del Partido Popular, por la construcción de un chalet ilegal en zona protegida. Se cierra así un capítulo del primero de los grandes escándalos de corrupción urbanística en Mallorca que ha salpicado de lleno a la vida política balear, aunque el propio Hidalgo tiene aún pendientes otras causas.

    Caen en la sentencia del Supremo todos los argumentos del recurso del ex alcalde, porque el Alto Tribunal considera que ante el desastre al que ha llegado la corrupción urbanística en España es necesario recurrir a la vía penal en lugar de llevarlo como mera infracción administrativa, tal como pretendía Hidalgo, que medita la posibilidad de solicitar un indulto.

    Y lo cierto es que cuatro años de prisión por aprovechar su cargo político privilegiado para construir en zona protegida es un castigo que impone respeto y quizá se convierta en condena ejemplarizante para quienes sientan en adelante la tentación de perpetrar parecidos atropellos urbanísticos.

    Tal vez de esta forma, con esta ratificación de la pena impuesta por la Audiencia Provincial, la legalidad y la rectitud logren imponerse en el ámbito de la protección del medio ambiente y del desarrollo urbanístico, que no tiene precisamente a Andratx como uno de sus ejemplos en el Estado español.

    Los desmanes y abusos cometidos durante los últimos años, que han transformado la costa de muchos municipios hasta dejarla irreconocible, con la connivencia en muchos casos de la clase política dirigente, merecían un duro golpe de mano de la Justicia. Ahora queda esperar que, como le ordena el juez, Hidalgo derribe la construcción ilegal para devolver las cosas a su sitio.

    diario digital ULTIMA HORA.

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  8. El Tribunal Supremo confirmó ayer la condena impuesta al ex alcalde de la localidad mallorquina de Andratx, Eugenio Hidalgo, y a otros cargos municipales, por edificar una vivienda en suelo rústico calificado como Área Rural de Interés Paisajístico. La sentencia, cuya inmediata consecuencia ha sido el ingreso en prisión de Hidalgo, va más allá del caso concreto y pone el dedo en la herida de la corrupción urbanística en nuestro país al advertir de la necesidad de acudir al Derecho Penal ante la «inoperancia» de las sanciones administrativas. También denuncia «la desastrosa situación» que atraviesa «la ordenación del territorio».
    La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Siro García, rechaza los recursos de los acusados y confirma íntegramente las condenas que les impuso la Audiencia de Palma. Incluida la obligación del ex regidor de derribar la vivienda que construyó de forma irregular y correr con los gastos [ver recuadro].
    La «perspectiva», esencial
    El Supremo señala que una de las causas de la «situación desastrosa de algunas partes de España en orden a la ordenación del territorio» es la forma en que se «ignora que en la paisajística la perspectiva es elemento esencial».
    «La fijación topográfica de los límites de una protección no puede ser reputada como algo baladí a los efectos de la perspectiva paisajística en la ordenación del territorio, límites -indica la sentencia- que requieren una valoración técnica y conjunta de terrenos y construcciones sin prescindir de la interacción de unos con otros para el paisaje».
    Ignorar la perspectiva paisajística es una de las conductas que, precisamente, el Supremo reprocha al ex alcalde de Andratx. Alegaba Hidalgo en su recurso que la vivienda que él edificó no supuso alteración alguna del terreno rústico protegido porque sus características son similares a las del almacén para uso agrícola que sí podía levantarse en esa parcela. A fin de cuentas, decía, lo único que se alteró fue el uso al que iría destinada la edificación.
    También argumentó el ex edil que su comportamiento no puede ser considerado delito sino, a lo sumo, falta administrativa. El Supremo responde con contundencia: «La desastrosa situación a que, a pesar de la normativa legal y administrativa, se ha llegado en España respecto a la ordenación del territorio, incluida la destrucción paisajística, justifica que, ante la inoperancia de la disciplina administrativa, se acuda al Derecho Penal».
    Eugenio Hidalgo y los otros tres acusados han sido condenados al considerarse probado que, inducidos por el ex alcalde, alteraron los informes técnicos con el fin de que éste obtuviera la licencia para construir un almacén agrícola a sabiendas de que, en realidad, iba a edificar una vivienda que luego utilizó para reuniones con familiares y amigos. Una vez abierta la investigación, Hidalgo «efectuó diversas alteraciones en el chalé», como sacar una nevera, una cama o un armario y meter bidones con pienso, sacos de avena y cebada; llenar el altillo de paja y colocar una jaula con pollos para tapar los enchufes y las tomas de teléfono y televisión.

    ABC.

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  9. Juzgado de lo Penal número 2 de Santander ha condenado al ex consejero de Industria de Cantabria Javier del Olmo (PSOE) a dos años y medio de cárcel y siete de inhabilitación por delitos de prevaricación y obstrucción a la Justicia cometidos cuando presidía el Puerto de Santander.

    En la sentencia, el titular del Juzgado, José Hoya, considera probado que Del Olmo despidió y amedrentó al directivo de la Autoridad Portuaria José Manuel del Río por haber declarado en un juicio laboral a favor de otro empleado de ese organismo público, Antonio Martínez, quien también sufrió por parte del acusado "un maltrato, una humillación y una afrenta totalmente indebida".

    Además, el juez entiende que Del Olmo, que dimitió del cargo de consejero al ser acusado por la Fiscalía, actuó "con la única finalidad de asegurar el castigo y la represalia" a Del Río y "con ánimo de atentar contra el normal funcionamiento de la Administración de Justicia".

    LA VANGUARDIA.

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  10. Señor Presidente de Cantabria...¿ Lo vé? en todas partes cuecen habas

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  11. EL PERIÓDICO
    PALMA
    El exalcalde de Andratx Eugenio Hidalgo ingresó ayer en la cárcel de Palma, tras confirmar el Tribunal Supremo la pena de cuatro años que le impuso la Audiencia Provincial en mayo del 2008 por construir una vivienda en una zona de interés paisajístico. En su recurso, el exdirigente popular alegó que el suelo no tenía protección especial y que, además, él no debía ser considerado promotor o constructor, lo que agravó la condena, pero el tribunal ha rechazado esos argumentos.
    «No nos hallamos ante una persona no cualificada respecto a las tareas de ordenación territorial, sino ante quien promueve la obra, estando imbricado como miembro de una corporación local», se afirma en el fallo. Los jueces también han desestimado los recursos del exdirector de Ordenación del Territorio Jaume Massot y del exletrado municipal Ignacio Mir, condenados a tres años y medio y un año de prisión.

    EL PERIODICO DE CATALUNYA.

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  12. Se agradece una nota de baja intensidad como ésta.

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  13. El ex alcalde de Andratx, Eugenio Hidalgo, ingresó ayer en prisión. El Tribunal Supremo ha confirmado la condena con una dura resolución que conviene leer por lo bien que retrata el ladrillazo español y sus miserias. Lo mejor está en los detalles, en los hechos probados que narra la entretenida sentencia.

    En el año 2002, Hidalgo se compró un terrenito barato, que para eso estaba protegido como rústico, para construirse un chalecito. Como la ley impide tal atropello, Hidalgo primero se asesoró bien. Aconsejado por su jefe del Área de Urbanismo, solicitó un permiso para ampliar un almacén agrícola “para guardar gallinas y otras aves” debido al “incremento de la explotación” de la finca. A pesar de que Hidalgo nunca se ha dedicado a la agricultura ni a la ganadería, su concejal de Urbanismo autorizó la obra; y el almacén agrícola creció hasta convertirse en una vivienda de 129 metros cuadrados con dos porches exteriores, sala de estar, comedor, cocina, dos dormitorios y un baño completo. Para que las gallinas y otras aves estuviesen más cómodas, Hidalgo también instaló electricidad, teléfono, una barbacoa y dos antenas parabólicas.

    Tras varias tropelías más y unas cuantas denuncias que Hidalgo y su jefe de Urbanismo se dedicaron a parar desde el Ayuntamiento, el caso acabó en los juzgados. Pero Hidalgo se adelantó a los inspectores. Sacó un frigorífico, una cama y varios muebles más del ‘almacén’, y en su lugar puso unos bidones con pienso; llenó el suelo de paja y colocó una jaula con pollos en el salón, tapando la toma de teléfono y de televisión. También recurrió a una última carta: ordenó a los funcionarios municipales que reabriesen todos los expedientes urbanísticos de la oposición. Inexplicablemente, su truco no funcionó. No se lo creyeron ni las gallinas.

    IGNACIO ESCOLAR.

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  14. El actual desprestigio de los políticos es consecuencia de que han traicionado su «vocación»: la política, para cuyos elevados fines, la sociedad les otorga el poder legislativo, también el ejecutivo, proyectado con ayuda de los funcionarios.
    El compromiso con sus funciones de políticos y funcionarios es dispar, recordemos la expresión de un político de que estaba para «forrarse», o el de mi amiga opositora, de que así dispondría de recursos para otras cosas. Ambos consiguieron elevados puestos. Son ejemplos que les alienta a rentabilizar estas «otras» posibilidades del poder.
    Con excepciones, la lucha política actual busca colmar ansias de poder, satisfacer vanidades y, con disimulo, «forrarse», en todas sus acepciones.
    Vemos cómo los partidos políticos están evolucionando «in crescendo» hacia «organizaciones» sin ideología que, para conseguir votos, olvidan las ideas y generan «emociones». Esta perversión complica la convivencia, descohesiona la sociedad, y provoca enfrentamientos. Los puestos políticos que pueden alcanzarse, sin un sustento ideológico, cristalizan por equilibrios de complicidades de intereses y favores, sin bases técnicas ni éticas.
    El arte de muchos políticos es convertir sus actos en autopropaganda. Muchos ciudadanos por ingenuidad, esperanza de aproximarse al poder o enrocamiento emocional, mantienen una fe ciega que, ni siquiera, las evidencias claras de corrupción les llevan a cuestionar.
    Desde el poder, para conseguir «forrarse» se necesita la complicidad de los funcionarios. Estos, por instinto de supervivencia, miran hacia otro lado, además, como decía la opositora, se consiguen recursos para otras cosas. Es fácil la reciprocidad de complicidades. A otros se les incentiva, satisfaciendo vanidades personales, «familiares» y económicas. La complicidad suprema es la del «cargo de confianza», de nombramiento discrecional y arbitrario, igual que su cese, pero, entre tanto, recibe enormes incentivos, y su poder transgrede límites legales y éticos. Son el parachoques del poder, por lo que cuando las cosas se tuercen, asumen la culpabilidad. Muchos son solo sicarios, sin valores éticos.
    Las corrupciones que suele transcender suele ser las monetarias, pero hay otras, con transfondo económico, con multitud de expresiones en los servicios públicos, que también producen inseguridad. A veces, han eclosionado en accidentes, cuya investigación fue controlada, disminuyendo el nivel de exigencia de los damnificados, con escandalosas indemnizaciones, y con la colaboración de fieles especialistas, «proclives» a defender la imprevisibilidad o la existencia de terceros factores. Si la culpabilidad puede proyectarse sobre una victima (el trabajador suicida), el escenario es muy favorable.
    .

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  15. Otras veces esta corrupción genera un goteo de victimas, disimuladas en la incertidumbre y labilidad de la «vida», mientras se oculta el papel de la falta de recursos, desviados a fines más lucrativos, su inadecuada utilización, sin control de calidad, o la ineptitud de los responsables, digitalmente colocados. Esta es una situación cada vez más frecuente, en especial, en la sanidad pública, donde algunos políticos están más preocupados en su «privatización», facilitando el montaje de negocios a amigos, personales o corporativos, cuya excelencia y rentabilidad fomentan provocando el deterioro de lo público, donde debiera estar su responsabilidad, pero solo les interesa para emplear a familiares y amigos. Parece que la sociedad esto lo tiene asumido y sus consecuencias se ocultan, con engaños o indemnizaciones: Una peculiar lotería. Después el discurso presume de gestión hacia la «excelencia» que, vista de cerca, es solo «excelencia en chapuzas decoradas».
    Necesitamos reflexionar más sobre la situación socio-política actual y, para cambiarla, eliminar el clima de miedo que se ha instaurado, fomentar los juicios críticos: Comprometerse. Seguir mirando hacia otro lado, es complicidad, que nos facilita hoy nuestra defensa, pero nos convierte mañana en sus victimas.
    Es necesario que los políticos fieles a su vocación y los funcionarios responsables, afloren y reconduzcan la situación. Ellos necesitan la ayuda de todos. Me quedan fuerzas para hacer más.

    JOSE J. SANTONJA

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  16. "Me quedan fuerzas para hacer más". Qué frase tan sugestiva.

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  17. ¡¡¡Ufffff!!!: "El PP participará en las empresas públicas, pero con condiciones".

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  18. Se acaba el año y no se ve giro ético por ningún lado. ¿No os parece?

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  19. Magnífica reflexión la de Santonja. ¿De dónde se ha extraído, por favor?

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  20. EFE. Zaragoza
    El Pleno de las Cortes ha aprobado por unanimidad la ley de la Cámara de Cuentas de Aragón con la previsión de que esté operativa en primavera y pueda fiscalizar la gestión del sector público ya en 2010.

    Todos los grupos parlamentarios se han felicitado por el consenso alcanzado para sacar adelante la Ley, que el pleno ha aprobado en lectura única.

    En su intervención, Antonio Piazuelo, del PSOE, ha destacado que Aragón se suma con esta ley a otras comunidades autónomas que han regulado el control externo de las cuentas públicas y que con la Cámara de Cuentas se pretende dar respuesta a la necesidad dar más más transparencia a la gestión, al tiempo que ha solicitado el mismo consenso para que la ley sea operativa en el menor tiempo posible.

    Manuel Guedea, del PP, tras destacar que es un día para la historia del sector público de la Comunidad, ha subrayado la necesidad de que la Ley tenga vocación de permanencia y estabilidad con independencia de las mayorías parlamentarias de cada momento dado el fracaso de la legislación anterior.

    Ana de Salas, del PAR, ha hecho hincapié en la relevancia estatutaria de la Cámara de Cuentas, que recoge por primera vez el Estatuto en su artículo 112, como órgano especializado cuya función es el control de la actividad financiera en el ámbito autonómico, pero también contribuir a mejorar la eficiencia en la gestión del sector público de todas las administraciones aragonesas, lo que redundará en la mayor confianza de ciudadanos en sus instituciones.

    Chesús Yuste (CHA) ha aplaudido la aprobación definitiva de esta segunda ley de la Cámara de Cuentas de Aragón, que espera que tenga más suerte que su antecesora, de 2001, que también se aprobó por unanimidad pero no se desarrolló.

    Con esta Ley, ha agregado, Aragón completa su entramado institucional, profundiza en su autogobierno y cuenta con un instrumento para garantizar la máxima transparencia y rigor en el control de las cuentas públicas.

    Además, ha recalcado que en Aragón hay muchos profesionales capacitados para formar parte de la Cámara y ha confiado en que los grupos alcancen acuerdos para que este órgano "pueda echar a andar sin más demora" y "con el mejor clima de entendimiento".

    Adolfo Barrena, de IU, ha mostrado su satisfacción por la aprobación de la Ley que hará posible contar con el órgano de control necesario para fiscalizar toda la gestión económica del sector público de Aragón, externo al Gobierno, con dependencia directa de las Cortes, naturaleza jurídica propia y con funciones en el ámbito de la Comunidad similares al Tribunal del Cuentas en todo el Estado.

    Además, se ha comprometido a mantener el consenso para el desarrollo de la Ley para que la Cámara sea efectiva cuanto antes.

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  21. El texto establece que en un plazo no superior a tres meses desde su entrada en vigor se elegirá y nombrará a los tres miembros de la Cámara de Cuentas y que, en otros tres meses desde su constitución, el consejo de este órgano elevará el proyecto de organización y funcionamiento a las Cortes para su aprobación.

    El primer ejercicio presupuestario que fiscalizará este órgano será el correspondiente al año de su constitución, con lo que previsiblemente se tratará del de 2010.

    La Cámara de Cuentas se concibe como el órgano técnico al que corresponde la fiscalización externa de la gestión económico financiera, contable y operativa del sector público de Aragón.

    Se regula su composición, colegiada y de tres miembros en lugar de estar compuesta por uno solo, como se previó en la ley de creación de la Cámara de Cuentas de 2001, que nunca fue desarrollada. La disposición derogatoria única contempla expresamente la derogación íntegra de la Ley 10/2001.

    La creación de la Cámara de Cuentas responde a la necesidad de potenciar el control de la actividad financiera en el ámbito autonómico, vinculada a la creciente ampliación competencial, y constituye, al mismo tiempo, un paso significativo en el desarrollo del autogobierno, mediante el pleno autocontrol y la transparencia contable.

    HERALDO DE ARAGON.

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