Finalmente,
en el día de ayer la
Asociación instó a la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Aragón la “ejecución forzosa y completa” de la Sentencia de 29 de
octubre de 2010 del Tribunal Supremo por la que se anuló la Oferta de Empleo Público
para 2007, aprobada por el Gobierno de Aragón, al entender que la misma
vulneraba el derecho fundamental de acceso a la función pública, reconocido en
el artículo 23.2 de la Constitución
Española, al omitir la inclusión de todas las plazas vacantes
cubiertas por funcionarios interinos.
La
solicitud de ejecución judicial forzosa se plantea una vez que el responsable
del Departamento de Hacienda y Administración Pública, al que se solicitó la
ejecución voluntaria de dicha sentencia mediante escrito de 26 de septiembre de
2012, no haya adoptado medida alguna tendente a dicha ejecución ni haya
siquiera acusado recibo de la solicitud de ejecución.
Las
Sentencias firmes de los Tribunales han de ejecutarse en sus propios términos,
conforme se dispone en el artículo 118 de la Constitución
Española, debiéndose entender que el derecho fundamental a la
tutela judicial efectiva incluye la ejecución de las sentencias firmes dictadas
por los Tribunales, al objeto de restaurar con ello el derecho vulnerado.
La
Asociación
entiende que la ejecución de la citada sentencia exige la aprobación y publicación de un
Decreto de Oferta de Empleo Público complementaria a la de 2007 por parte del
Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública,
conservando el decreto anulado y los procesos selectivos convocados y
ejecutados en su aplicación. El decreto complementario que se apruebe debe
incluir todas las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos, debiera
aprobarse en el plazo de tres meses desde que se ordene por el Tribunal la
oportuna ejecución, dando lugar a loa convocatoria de los correspondientes
procesos selectivos en los tres meses siguientes a la publicación del Decreto
en el Boletín Oficial de Aragón, conforme a los plazos establecidos en el artículo
24 de la Ley de
Ordenación de la Función Pública
de la Comunidad Autónoma
de Aragón.
En
similares términos se ha instado también la ejecución judicial forzosa de la Sentencia de 10 de
febrero de 2012, del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, por la que se
anuló el Decreto de Oferta de Empleo Público de 2011 aprobado por el Gobierno
de Aragón.
En
el trámite de prueba de ambos incidentes de ejecución cabrá determinar el número
exacto de las plazas que han de ser objeto de inclusión en las correspondientes
Ofertas de Empleo complementarias que vengan a restaurar el derecho que asiste
a los ciudadanos para acceder a la función pública, a través de los principios
de igualdad, mérito y capacidad.
La
petición de ejecución forzosa de ambas sentencias firmes irá acompañada de una
amplia campaña de la
Asociación ante las instituciones autonómicas y estatales
para que el conjunto de las Administraciones Públicas aseguren a los ciudadanos
el pleno ejercicio del derecho constitucional de acceso a la función pública,
pues las circunstancias actuales de crisis económica no justifican que los
puestos de trabajo de las Administraciones Pública dejen de proveerse conforme
a las reglas constitucionalmente establecidas.
Y no sólo la ejecución de tales sentencias, sino que las Administraciones Públicas han de asumir que la existencia de interinos debe ser coyuntural y que todos los puestos cubiertos de esta forma han de integrarse en las Ofertas de empleo público que hay obligación de convocar cada año, en aplicación del artículo 23 de la Constitución.
ResponderEliminarSaludos.
Por fin. Confiemos en el TSJA.
ResponderEliminarHa costado dar este paso!
ResponderEliminarSe ve que la semana ha sido intensa.
ResponderEliminarYa vale..gracias por ver la realidad
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