Como informábamos días atrás, esta
Asociación, mediante escrito de 21 de octubre de 2016, dirigido a la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón,
solicitó la ampliación del objeto del recurso promovido contra el Decreto que
aprobó la Oferta
de Empleo Público de 2016 para el ámbito de administración general de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón, de manera que dicho recurso comprendiese igualmente la posterior
oferta aprobada para personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud.
Existe una total conexión entre ambos
Decretos de Oferta, dado que ambos se refieren a la oferta de empleo público
para 2016, sin que exista razón legal alguna que justifique la aprobación
separada de los citados Decretos.
Dicha conexión ha sido claramente
apreciada por el Ministerio Fiscal, que mediante escrito de 4 de noviembre de
2016, se ha dirigido a la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, señalando
que estima procedente acceder a la solicitud de ampliación del recurso
formulada por esta Asociación, ya que se cumplen los requisitos legales
necesarios.
Afirma el Fiscal en su escrito: “El objeto de este Decreto (la aprobación de la Oferta de Empleo Público
para el año 2016 en el ámbito del personal estatutario del Servicio Aragonés de
Salud) presenta evidente conexión directa, en los términos previstos en el artículo
34 LJCA, con lo dispuesto en la
Resolución originariamente recurrida, Decreto 109/2016, de 26
de julio, por el que se aprueba la
Oferta de Empleo Público para 2016 en el ámbito de
Administración General de la
Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón. En ambos casos se acuerda sobre la Oferta de Empleo Público de sectores de la Administración Pública
Aragonesa y la demandante los impugna por los mismos motivos en relación con el
mismo derecho fundamental”.
Esperamos que a la vista del criterio
manifestado por el Ministerio Fiscal, la Sala del Tribunal acuerde la ampliación del
objeto, de manera que la impugnación de ambos Decretos de Oferta pueda ser
tramitada y resuelta en un mismo procedimiento, tal y como hemos solicitado
desde esta Asociación.
ResponderEliminarEsperemos que el Tribunal sea de la misma opinión, como es razonable suponer.