El Tribunal Superior de Justicia de
Aragón ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto
por esta Asociación, por la vía especial de protección de los derechos
fundamentales, contra el Decreto 109/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón,
por el que se aprueba la oferta de empleo público para 2016 en el ámbito de
administración general de la
Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón.
El Tribunal ha requerido a la Administración la
remisión del expediente administrativo correspondiente al Decreto de oferta
-.cuyo contenido desconocemos por completo dado que se incumplen las exigencias
de publicidad activa que marca la
Ley autonómica de transparencia-, y a la vista del mismo
corresponderá a esta Asociación formular su escrito de demanda, que tendrá como
principal apoyo las cuatro sentencias previas dictadas por el Tribunal Superior
de Justicia de Aragón, en las que ya ha declarado nulas y contrarias al derecho
fundamental de acceso a la función pública las ofertas de 2010, 2011, 2014 y
2015, por no incluir en ellas la totalidad de las plazas ocupadas por
funcionarios interinos, como exigen tanto el Estatuto Básico del Empleado Público
como la Ley de
Ordenación de la Función Pública
de la Comunidad Autónoma
de Aragón.
Asimismo, confiamos una vez más en la
función que corresponde al Ministerio Fiscal como garante de los derechos de
los ciudadanos, y esperamos encontrar en el mismo un aliado en la defensa de la
legalidad reiteradamente conculcada por el Gobierno de Aragón.
Se reproduce, a continuación, el
contenido íntegro de la diligencia de ordenación dictada por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo (Sección 1ª) del Tribunal Superior de Justicia de
Aragón:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR./A: D. SERGIO
BELLIDO HERNÁNDEZ
En ZARAGOZA, a uno de Septiembre de dos mil dieciséis.
Recibido el anterior recurso interpuesto por el Procurador Dª MARIA
SOLEDAD GRACIA ROMERO, en nombre y representación de ASOCIACION PARA LA DEFENSA DE LA FUNCION PUBLICA
ARAGONESA, contra Decreto 109/16, de 26 de Julio, del Gobierno de Aragón, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para 2016 eN el ámbito de
administración general de la
Administración de la Comunidad Autónoma,
publicado en el BOA de 3 de agosto de2016, y de conformidad con lo dispuesto en
el Art. 116 de la LJCA
acuerdo:
-
Requerir con carácter urgente al órgano administrativo correspondiente,
acompañando copia del escrito de interposición, para que en el plazo máximo de CINCO DIAS, a contar desde la recepción
del requerimiento, remita el expediente, acompañado de los informes y datos que
estime procedentes, con los apercibimientos contenidos en el Art 48 de la LRJCA.
La falta de envío del expediente administrativo dentro del plazo
previsto en el apartado anterior no suspenderá el curso de los autos.
Al remitir el expediente, el órgano administrativo lo deberá comunicar
a todos los que aparezcan como interesados en el mismo, acompañando copia del
escrito de interposición y emplazándoles para que puedan comparecer como
demandados ante esta Sección en el plazo de cinco días.
La Administración, con el envío del
expediente, y los demás demandados, al comparecer, podrán solicitar la inadmisión
del recurso y la celebración de la comparecencia a que se refiere el Art.
117.2.
-
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 47 de la LJCA y el criterio
establecido por el Tribunal Supremo en Auto del Pleno de 4 de febrero de 2013,
habiéndose impugnado una disposición general procede la publicación del anuncio
en el Boletín Oficial de Aragón, concediendo un plazo de cinco días para la
personación de quienes tengan interés legítimo en sostener la conformidad a
Derecho de la disposición impugnada.
-
Librar el oficio correspondiente para su publicación.
-
Tener por parte y notificar la presente resolución al MINISTERIO
FISCAL.
-
Designar Magistrado-Ponente del presente recurso al Ilmo/Ilma Sr/Sra.
D. JUAN-CARLOS ZAPATA HÍJAR.
MODO DE IMPUGNACIÓN.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición,
en el plazo de CINCO DÍAS, a contar desde el siguiente al de su notificación.
EL/LA LETRADO
DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”
ResponderEliminarBien, la lucha por el derecho continúa.
¿Qué le pasaría a cualquier ciudadano de este país que incumpliera cinco o seis veces la ley?
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