Los
recientes pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en los que
claramente se determina que las situaciones de prolongada y abusiva
temporalidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas constituyen una práctica
irregular y suponen una discriminación laboral que debe corregirse, ponen
abiertamente en entredicho la política de recursos humanos que ha venido
lastrando el funcionamiento del conjunto de las Administraciones Públicas, al generarse bolsas injustificadas de interinidad, con tasas de temporalidad muy
por encima de lo razonable, todo ello resultado del incumplimiento reiterado del
deber legal de aprobar ofertas anuales de empleo público, o de la limitación
de éstas por las arbitrarias tasas de reposición de efectivos que las Leyes de
Presupuestos Generales del Estado han venido recogiendo año tras año, con el
falso pretexto de contener el gasto público.
La
obligación de indemnizar al personal interino con motivo de su cese, como
parece entenderse por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, supone el lógico
corolario de una política de personal que ha hecho de la precariedad y de la
discriminación en las condiciones de trabajo del personal de las
Administraciones una de sus más destacadas características. Sonroja pensar que
esa política de personal arbitraria e inicua es la que el actual Gobierno de Aragón pretende defender y hacer valer con motivo de sus recursos de casación frente a
las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que declararon nulas
las ofertas de empleo público de 2014 y 2015, por vulnerar el derecho
fundamental de acceso a la función pública.
Como
Asociación comprometida, desde hace mucho tiempo, con la defensa del derecho
fundamental de acceso a la función pública, no podemos dejar de observar con
satisfacción el panorama resultante de los diversos pronunciamientos de la
justicia comunitaria contra el estado de cosas que ha provocado la ilegal e irracional
política que se ha venido aplicando, obligando a convivir en el seno de las
Administraciones Públicas a funcionarios de carrera y funcionarios interinos,
en condiciones que han desfigurado el modelo de función pública previsto en la Constitución y en el
Estatuto Básico del Empleado Público.
Pero
no podemos dejar de lamentar el hecho de que ni las instituciones políticas de
nuestro Estado –y nos referimos al Gobierno y a las Cortes Generales- ni
nuestros más altos tribunales –ya sea el Tribunal Supremo o el Tribunal
Constitucional- ni nuestras instituciones de garantías de los derechos de los ciudadanos –fundamentalmente, el
Defensor del Pueblo y el Fiscal General del Estado- hayan sido capaces, en
todos estos años, de poner freno al sinsentido de las tasas de reposición de
efectivos, como límite irracional al ejercicio del derecho de acceso a la función
pública, forzando a la precariedad a un elevado porcentaje del personal de las
Administraciones Públicas, con su consiguiente deterioro y desprofesionalización.
Una
vez más, como en tantas otras ocasiones, es la Unión Europea la que tiene que
corregir nuestras inconsecuencias y nuestra falta de compromiso efectivo con la
legalidad. Y, para nuestra vergüenza, demostrar que un Tribunal consecuente con
el derecho europeo puede enmendar a todo un sistema institucional como el español
incapaz de hacer valer y respetar los derechos fundamentales consagrados en su
Constitución.
Penoso
y esperanzador, al mismo tiempo. En cualquier caso, nos hallamos en un momento de redefinición del panorama de nuestra función pública, y las consecuencias de ello pueden
suponer la más absoluta descalificación de todo lo hecho hasta ahora en materia de selección de personal, de lo que
lógicamente existen personas responsables que será oportuno identificar. Entre
ellos, sin lugar a dudas, nuestro actual Consejero de Hacienda y Administración
Pública, Fernando Gimeno.