La Junta Directiva de la Asociación, en su reunión
del pasado jueves 19 de noviembre, acordó iniciar un conjunto de iniciativas en
defensa del derecho de acceso a la función pública, comenzando por la personación
en un proceso contencioso-administrativo promovido por el Sindicato de
Trabajadores del Ayuntamiento de Zaragoza (STAZ) contra la convocatoria de un
proceso selectivo correspondiente a la oferta de empleo público de 2006 y 2009,
para Técnicos de Administración General, del Ayuntamiento de Zaragoza, en el
que el sindicato recurrente pretende la anulación de la convocatoria por la
supuesta caducidad de la oferta, al no haberse ejecutado en el plazo de tres
años marcado por el Estatuto Básico del Empleado Público.
Si
hasta el momento, en anteriores acciones judiciales promovidas por esta
Asociación, hemos defendido la obligatoriedad de incluir en las ofertas aprobadas
la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos –criterio
que fue acogido favorablemente por el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior
de Justicia de Aragón-, así como la obligatoriedad de aprobar oferta anual de
empleo público –denunciando la inactividad del Gobierno de Aragón en aquellos
ejercicios en que, arbitrariamente, decide no aprobar oferta, ya sea con carácter
general o en alguno de los ámbitos de la Administración
autonómica-, toca ahora defender la obligatoriedad de ejecutar las ofertas
aprobadas por las distintas Administraciones –incluido el Ayuntamiento de
Zaragoza-, sin que la inactividad o demora en la convocatoria de los procesos
selectivos pueda producir la caducidad de la oferta, pues ello supondría
admitir la posibilidad de la privación irregular del ejercicio de un derecho
fundamental a los ciudadanos.
La
actuación judicial acordada es, sin duda, limitada y selectiva, pues se refiere
exclusivamente a un único proceso selectivo, pero el criterio que pueda
acordarse en la sentencia futura –en el caso de prosperar nuestra tesis- puede
ser decisivo para la resolución de similares procesos judiciales, ya sea los
promovidos por sindicatos de la función pública o por los servicios jurídicos
del Estado, cuyo interés por anular ofertas de empleo público –amparándose en
el incumplimiento de la propia Administración- los hace cooperadores en la
vulneración del derecho fundamental de los ciudadanos. Resulta injustificable
que se acuda a los Tribunales para reclamar un pronunciamiento que prive a los
ciudadanos del ejercicio de un derecho fundamental, justificando tal pretensión
precisamente en un incumplimiento de la
Ley por parte de la Administración a la que incumbe la ejecución de
la oferta aprobada. Todo ello resulta una verdadera caricatura del Estado de
Derecho que proclama nuestra Constitución.
Junto
a esta iniciativa de carácter judicial, se impulsarán otras de naturaleza no
judicial, tanto ante el Ayuntamiento de Zaragoza, como ante el Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas y el Defensor del Pueblo, reclamando a
todos ellos el cumplimiento de los plazos de ejecución de ofertas de empleo público
aprobadas, y el control sobre las Administraciones Públicas de que se respetan
los plazos legales establecidos, imponiendo en caso contrario las oportunas
sanciones a las Administraciones incumplidoras y requerirles para su
cumplimiento, sin promover en ningún caso la anulación de las ofertas
inejecutadas, dada la lesión que ello comporta al derecho de acceso a la función
pública de los ciudadanos.
Como comentais es una verdadera caricatura del Estado de Derecho el que se puedan anular ofertas de empleo por causa de la caducidad. Si las Administraciones están obligadas a aprobar oferta de empleo anual y a incluir en dicha oferta de empleo todas las vacantes ocupadas por interinos, es totalmente ilogico que se le permita "escapar" de dichas obligaciones esperando solo 3 años sin ejecutarlas para que venga el juez de turno a declararlas caducadas. Así cualquier Administración aprueba ofertas de empleo, si saben que a los 3 años se quedan en papel mojado. Esperemos que la cordura impere en este caso y que lo que parece tan evidente para todos lo sea tambien para los jueces. Ánimo.
ResponderEliminarLa realidad de la situación de los funcionarios interinos que llevan, o mejor dicho llevamos, ya casi 10 años esperando a que se ejecuten las ofertas de empleo público es dificil de poder entender hasta para las propios interesados, y más aún procurar exponer de una manera clara la gravedad y la situación de desamparo que se ha generado.
ResponderEliminarLa suspensión de las ofertas de empleo público repercute única y exclusivamente sobre los trabajadores y los opositores que buscan una oportunidad de acceso a la función pública. ¿Qué responsabilidad recae sobre la propia Corporación? Ninguna.
La libertad para manifestar o emprender acciones ante estas decisiones queda silenciada y limitada por la propia inseguridad laboral y precariedad que sufre el interino afetado, que aún debe dar gracias que no se hayan amortizado las plazas.
La posibilidad de emprender una acción judicial que defienda al ciudadano y al trabajador frente a la ineficacia de la administración, no puede ser más que aplaudida y contar con el absoluto apoyo de los afectados.