Mediante
auto de 4 de mayo de 2015, la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Aragón, ha acordado “declarar ejecutada la sentencia de 29 de
octubre de 2010, dictada por el Tribunal Supremo, sin imposición de costas”. Con
ello concluye un largo proceso judicial iniciado por esta Asociación con la
impugnación, por la vía especial de protección de los derechos fundamentales,
del Decreto 67/2007, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprobó
la Oferta de
Empleo Público para 2007, al no incluirse en la misma la totalidad de las
plazas vacantes cubiertas por funcionarios interinos.
En
un futuro próximo, cuando concluyan las restantes acciones judiciales
promovidas en defensa del derecho de acceso a la función pública, será
necesario recapitular la larga batalla jurídica librada por esta Asociación
para reclamar el respeto del derecho fundamental de acceso a la función pública,
reconocido a todos los ciudadanos en el artículo 23.2 de la Constitución
Española. Entre los logros obtenidos en la misma, hay que
destacar necesariamente el importante pronunciamiento del Tribunal Supremo en
su sentencia de 29 de octubre de 2010, que ahora se da por ejecutada, aunque hays sido imposible constatar la realidad de los puestos afectados por la
misma, dado el oscurantismo con el que ha actuado la Administración de la Comunidad Autónoma
en todo momento.
Ante
la pasividad de la
Administración respecto a la ejecución de la sentencia del
Tribunal Supremo, fue necesario instar la ejecución forzosa ante el Tribunal
Superior de Justicia de Aragón, requiriendo éste, en julio de 2013, al Gobierno
de Aragón para que en el plazo de seis meses aprobase un Decreto de oferta de
empleo público complementaria, que incluyese todas las plazas vacantes a fecha
31 de diciembre de 2006 cubiertas por funcionarios interinos, salvo aquellas
que se previese su efectiva amortización y las que estuvieran reservadas a
funcionarios de carrera. Dicha Oferta complementaria se aprobó por Decreto
22/2014, de 18 de febrero, pero su contenido, vistas las alegaciones realizadas
por parte de esta Asociación, se estimó insuficiente y el Tribunal requirió al Gobierno de Aragón la aprobación de una nueva oferta
complementaria a fin de dar total cumplimiento a la sentencia del Tribunal
Supremo.
El
segundo requerimiento judicial motivó la aprobación del Decreto 8/2015, de 27
de enero, de oferta adicional a las ofertas complementarias de empleo público
de 2007 y 2011. Pese a que nuestra Asociación alegó la carencia de garantías de
que dicha Oferta adicional llevara a efecto debidamente los términos de la
sentencia, dada la falta de información aportada por la Administración para
constatarlo, el auto dictado por el Tribunal viene a considerarla ejecutada. Llama
la atención el hecho de que el auto –y las actuaciones judiciales relatadas en
el mismo- ignore por completo el Decreto-ley que aprobó el Gobierno de Aragón con
la pretensión de alterar el alcance de los fallos judiciales que anularon las
Ofertas de 2007 y 2011, y cuyo contenido se ha visto posteriormente alterado –sin
mayores consecuencias- por la oferta adicional que ha sido preciso aprobar, a
requerimiento del Tribunal, al considerarse insuficiente el número de plazas
incluido en las ofertas complementarias, aprobadas conforme a las cifras
fijadas por el Decreto-ley aprobado por el Gobierno de Aragón.
En
definitiva, las acciones judiciales promovidas por esta Asociación, que dieron
lugar a la anulación de las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011 –sin afectar
en nada a los procesos selectivos realizados al amparo de las mismas-, han
motivado la convocatoria –aún no completada- de cerca de 3.000 plazas en el
conjunto de la
Administración de la Comunidad Autónoma,
algo que consideramos un logro suficiente para recompensar el esfuerzo
desplegado.
Debemos
señalar, no obstante, que el auto judicial se refiere exclusivamente a la
sentencia que afecta a la
Oferta de Empleo Público de 2007, quedando pendiente el pronunciamiento
relativo a la ejecución de la sentencia del propio Tribunal Superior de
Justicia de Aragón que anuló la
Oferta de Empleo Público de 2011, y en la que esta Asociación
y el Ministerio Fiscal siguen reclamando la necesaria convocatoria del conjunto
de plazas del Cuerpo de Maestros que a 31 de diciembre de 2010 se hallaban
ocupadas por funcionarios interinos. Confiamos en que el Tribunal obligue a la
aprobación de una nueva oferta complementaria con dichas plazas de Maestros,
sancionando con ello la grosera manipulación en la que han incurrido a lo largo de este
proceso tanto el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte como
el propio Gobierno de Aragón.
ResponderEliminarQue no suceda lo mismo con la del 2011, que no se puede consumar la burla de Educación.
ResponderEliminarEl Gobierno anuncia una reforma para bajar la temporalidad en empresas públicas.
ResponderEliminarEl Gobierno trabaja en una «modificación legal» para facilitar la conversión de contratos temporales en fijos en las empresas públicas, ha informado hoy el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, quien ha avanzado que dicha reforma incluirá también la ampliación de la tasa de reposición.
En virtud de la citada modificación, para transformar los contratos temporales en fijos en las empresas públicas «se exigirán solo dos ejercicios consecutivos en beneficios en vez de los tres actuales», ha explicado Montoro durante su intervención en el Pleno del Congreso en relación al conflicto laboral en Correos.
efe
En cuanto a Educación las convocatorias de 2007 y 2011 eran para cuerpo de maestros y la dan por ejecutada con unas plazas aleatorias de secundaria y FP.....sin palabras
ResponderEliminarEn Boa han publicado la convocatoria para 2015 con 163 plazas de maestros.
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ResponderEliminarNo se ha pronunciado el Tribunal todavía sobre la oferta que afecta a Maestros, que es la de 2011. En el Decreto impugnado de 2007 solo afectaba a Administración General. Aún es pronto para valorar la actuación del TSJA respecto a las plazas de Maestros.