El Gobierno de Aragón ha sido incapaz
de ejecutar adecuadamente las sentencias del Tribunal Supremo de 29 de octubre
de 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 10 de febrero de 2012,
por las que se anularon las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011, y así lo
ha declarado de forma nítida el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en dos
resoluciones recientes, de 27 de noviembre y 1 de diciembre de 2014.
La relevancia de este asunto exige, a
nuestro juicio, que el responsable del Departamento de Hacienda y Administración
Pública, Javier Campoy, comparezca ante las Cortes de Aragón, a iniciativa
propia o a requerimiento de los Grupos Parlamentarios, para explicar las
razones del incumplimiento de sentencia por parte del Gobierno de Aragón, las
responsabilidades en que hayan podido incurrir quienes no han asegurado la
debida ejecución –dentro de la Administración de la Comunidad Autónoma-
y, sobre todo, las medidas que van a adoptar para dar cumplimiento al nuevo
requerimiento del Tribunal Superior de Justicia para la aprobación, en el plazo
de tres meses, de nuevas ofertas complementarias a las ofertas anuladas de 2007
y 2011.
Deben explicarse los efectos de las
recientes resoluciones judiciales en los procesos selectivos programados y,
especialmente, en aquellos cuyo desarrollo se encuentra actualmente en marcha,
como son la mayoría de los procesos para el ingreso en el Cuerpo de
Funcionarios Superiores de la
Administración de la Comunidad Autónoma.
Es evidente que las ofertas complementarias aprobadas el 18 de enero de 2014
resultan insuficientes, al no contener las plazas requeridas por el Tribunal, y
que ello tiene una incidencia directa en las convocatorias ya publicadas, al
verse modificado el número de plazas a cubrir por los
respectivos procesos selectivos.
El Gobierno de Aragón es el único responsable
del incumplimiento de las sentencias, dada su falta de voluntad de dar
cumplimiento a los fallos judiciales que le obligaban a restablecer el derecho de
acceso a la función pública, conculcado con las Ofertas de Empleo Público de
2007 y 2011. Debe aclararse si el incumplimiento corresponde a una voluntad
deliberada de inejecutar los fallos judiciales, y por lo tanto de resistencia
al control jurisdiccional consustancial a todo Estado de Derecho, o si el
incumplimiento es resultado de errores administrativos en la confección de las
ofertas complementarias.
Esta Asociación, no lo vamos a ocultar,
tiene el convencimiento de que el incumplimiento en el que se ha incurrido es
consciente y deliberado, es decir, premeditado. La aprobación del Decreto-ley
1/2014, de 9 de enero, en el que se limitaron y tergiversaron las plazas a
incluir en las ofertas complementarias a aprobar son la mejor muestra de esa
voluntad de inejecución. Se pretendía desafiar al Tribunal con la aprobación de
una norma con rango de ley, que pudiera imponerse al propio Tribunal, como si
las leyes y las sentencias pudieran quedar al libre arbitrio de las decisiones
políticas falsamente revestidas de legalidad. El hecho es de suma gravedad y
como tal debe ser objeto de control político por parte de las Cortes de Aragón,
teniendo en cuenta que las mismas se vieron indebidamente involucradas en la
maniobra de fraude legal del Gobierno, al verse obligadas a convalidar un ilegítimo
Decreto-ley con el que amparar el incumplimiento.
Consideramos que el Gobierno ha contraído
una grave responsabilidad en este proceso, ya que no es posible ignorar que el
incumplimiento comporta la vulneración de un derecho fundamental de numerosos
ciudadanos, responsabilidad que exige, por una parte, explicar las causas del
incumplimiento y sancionar a los causantes del mismo, y, por otra parte, en
explicar públicamente las consecuencias derivadas de tal incumplimiento y las
medidas que el Gobierno va a adoptar para asegurar el tardío y exigido cumplimiento,
así como la incidencia de tales medidas en los procesos selectivos en curso.
Todos esos interrogantes deben ser
aclarados oportunamente por el Gobierno, y visto el silencio en el que parecen
refugiarse los responsables del Departamento de Hacienda y Administración Pública,
debieran ser los Grupos Parlamentarios los que requieran un pronunciamiento
expreso sobre todas las cuestiones apuntadas mediante una comparecencia
parlamentaria del Consejero de Hacienda y Administración Pública.
Se reproduce a continuación el
contenido íntegro del escrito dirigido al Grupo Parlamentarios Socialista de
las Cortes de Aragón:
“Grupo Parlamentario Socialista
Cortes
de Aragón
Palacio
de la Aljafería
50071-ZARAGOZA
Zaragoza, 16 de diciembre de 2014.
Estimados
señores:
Recientes
diligencias adoptadas por la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón,
de las que les adjuntamos copia, han considerado indebidamente ejecutadas por
el Gobierno de Aragón las sentencias del Tribunal Supremo de 29 de octubre de
2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 10 de febrero de 2012,
por las que se anularon las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011, aprobadas
por el Gobierno de Aragón, al considerar que las mismas vulneraban el derecho
fundamental, por no incluir la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por
personal interino, según viene exigido tanto en el Estatuto Básico del Empleado
Público como en la Ley
de Ordenación de
La administración lleva intención de seguir incumpliendo la sentencia, dado que le ha informado a los sindicatos que como mucho sacarán más plazas de maestros, cuando debería convocar de todos los cuerpos y especialidades con interinos a 31 de diciembre de 2010.
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