Esta
Asociación dirigió el pasado viernes 7 de noviembre un requerimiento al Consejero
de Hacienda y Administración Pública, Javier Campoy, al objeto de que por parte
del Departamento de Hacienda y Administración Pública se elabore, en la forma
legalmente establecida, y, posteriormente, se apruebe por el Gobierno de Aragón
el Decreto de la Oferta
de Empleo Público de 2014, de manera que se garantice el respeto al derecho
fundamental de acceso a la función pública de los ciudadanos, reservándose esta
Asociación las acciones legales que correspondan frente a la inactividad
normativa por parte del Gobierno de Aragón, de conformidad con lo previsto en
el artículo 106 de la Constitución
Española y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
La Asociación, tras los
acuerdos adoptados el pasado 28 de octubre de 2014 por su Junta Directiva, ha
iniciado así las actuaciones dirigidas al control de la inactividad del
Gobierno de Aragón, por la no aprobación de oferta anual de empleo público
correspondiente a 2014, incurriendo con ello no solo en un incumplimiento de lo
previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público y en la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma
de Aragón, sino en una vulneración del derecho fundamental de acceso a la función
pública que establece el artículo 23.2 de la Constitución
Española.
Un Estado de Derecho se caracteriza por el
sometimiento a la ley de todos los poderes públicos y por el reconocimiento y
garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Quienes aspiramos a
que la realidad se ajuste a la legalidad –y no sean cada vez más realidades
ajenas, como parece pretender el Gobierno de Aragón en tantas de sus
actuaciones-, debemos recordar y requerir a los responsables públicos para que
realicen las actuaciones que les impone el ordenamiento jurídico, en especial
cuando las mismas resultan imprescindibles para que los ciudadanos puedan
ejercer sus derechos fundamentales.
De poco sirve que la Constitución
Española reconozca a todos los ciudadanos el derecho de acceso a la función pública y
que el Estatuto Básico del Empleado Público imponga a todas las
Administraciones el deber de aprobar oferta anual de empleo público, señalando
las plazas respecto a las cuales ejercer el citado derecho de acceso, si luego los
órganos de gobierno de cada Administración –como es el caso del Gobierno de
Aragón- incumplen dicho deber legal, omiten la aprobación de la necesaria oferta
anual de empleo público y, con ello, imposibilitan el derecho de acceso a la
función pública.
Ante una actuación de deliberada omisión o
incumplimiento de la ley, con resultado de lesión de los derechos fundamentales
de los ciudadanos, se impone la reivindicación y defensa del Estado de Derecho,
y esto es lo que persigue esta Asociación con el requerimiento formulado al
Consejero de Hacienda y Administración Pública, Javier Campoy, y, en el caso de
no ser atendido, con el inicio de actuaciones jurídicas para que los Tribunales
obliguen al Gobierno de Aragón a aprobar la oferta anual de empleo público que
exigen las leyes, y desarrollar los procesos selectivos necesarios para hacer
efectivo el derecho fundamental de acceso al empleo público.
El control de legalidad de la actuación
administrativa no puede limitarse a los supuestos en que la Administración dicta
actos o disposiciones de carácter irregular, sino que debe extenderse también a
todas aquellas omisiones que suponen un claro incumplimiento de obligaciones
legales, de las que se deriva una lesión manifiesta de los derechos de los
ciudadanos, como ocurre en el supuesto señalado, por la falta de aprobación de
oferta de empleo público.
ResponderEliminarMuy bien hecho.
ResponderEliminarYa es hora de que se juzgue este tipo de incumplimientos.