martes, 1 de abril de 2014

GARANTIZAR UNA PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE CALIDAD.



Los procesos de participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de las leyes, como el arbitrado en relación con el anteproyecto de ley de transparencia pública y participación ciudadana confeccionado por el Departamento de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón, tienen que posibilitar un conocimiento suficiente por parte de todas las personas interesadas sobre la propuesta normativa sometida a examen o consulta.

Esa información no se contiene solo en el propio texto del proyecto normativo, sino que la comprensión de éste precisa de toda aquella documentación complementaria que debe necesariamente acompañarlo, como son su memoria justificativa o memoria económica y demás documentación que sirve para conocer las orientaciones fundamentales y opciones normativas adoptadas a la hora de regular una determinada materia. En este caso, es absolutamente imprescindible, al existir reciente normativa básica estatal, conocer la relación que el proyecto normativo autonómico guarda con los contenidos de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, aprobada por las Cortes Generales.

Llama la atención el hecho de que, pese a la insistencia de esta Asociación, el anteproyecto de ley, en su título relativo a participación ciudadana, no mencione el derecho fundamental de petición, reconocido en la Constitución Española como mecanismo de participación directa en los asuntos públicos, lo que demuestra una vez más una concepción de la participación ciudadana como proceso instrumentalizado desde el Gobierno de Aragón.

Sin restar valor a los procesos de participación ciudadana previstos en el proyecto normativo, y cuya realización ha antecedido a la norma –de hecho, la norma viene a formalizar lo que constituye una experiencia de participación previa, realizada con motivo de elaboración de leyes o de planificación sectorial-, es evidente que tales procesos no pueden agotar los cauces de participación ni ésta puede reducirse a mecanismos abiertos y controlados exclusivamente desde el poder, pues el derecho de participación ha de ser un derecho atribuido a los ciudadanos, que éstos han de poder ejercer en todo momento, se arbitren o no cauces específicos para una determinada medida o decisión política.

En todo caso, esta Asociación, a lo largo del trámite de información pública acordado –trámite que, por cierto, no se contempla en la nueva ley, lo que evidencia otra llamativa laguna de la misma-, formulará sus alegaciones en relación con el contenido del proyecto, si bien, para ello, ha considerado oportuno reclamar, en ejercicio precisamente del omitido derecho de petición, que el Departamento de Presidencia y Justicia ponga a disposición de todas las personas interesadas en este proceso de información pública o consulta toda la documentación que acompaña o debe acompañar necesariamente al proyecto normativo, al considerarla esencial para comprender el alcance del mismo y valorar la idoneidad de sus opciones legislativas.

Se reproduce a continuación el texto íntegro del escrito dirigido al Departamento de Presidencia y Justicia:


“Ilma. Sra. Secretaria General Técnica
Departamento de Presidencia y Justicia
Gobierno de Aragón
P.º  María Agustín, 36.
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 31 de marzo de 2014.

Estimada señora:

Valoramos muy positivamente la decisión de ese Departamento de someter a información pública el Anteproyecto de Ley de transparencia pública y participación ciudadana de Aragón, cuyo texto fue objeto de toma de conocimiento por el Gobierno de Aragón el pasado 18 de marzo de 2014.

La Asociación a la que represento ha venido propugnando desde hace años la oportunidad de adoptar numerosas iniciativas en materia de transparencia pública, y así se recogían en el Documento de Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración (2011), que se hizo llegar a la Presidenta del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, al comienzo de la presente legislatura. Por ello, le manifestamos ya, desde este momento, nuestro compromiso de aportar todas aquellas consideraciones que estimemos oportuno incorporar o, al menos, considerar en la redacción final del citado Anteproyecto de Ley.

Ahora bien, y dado que el anuncio publicado en el Boletín Oficial de Aragón el pasado viernes, por el que se abre el citado trámite y se indica el sitio web en el que poder consultar el texto del proyecto normativo elaborado, no señala la posibilidad de consulta por parte de los interesados de aquella documentación preparatoria o de los antecedentes que permitan entender y valorar adecuadamente el contenido del Anteproyecto de ley elaborado, creemos que tal documentación debería resultar accesible dentro del proceso de consulta establecido, conforme a los criterios recogidos en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Una participación ciudadana de calidad, en la que los ciudadanos puedan realizar aportaciones ajustadas a los objetivos propios de la norma, debiera sustentarse en una amplia información puesta a disposición de los ciudadanos, que no solo incluya la memoria justificativa del proyecto normativo, sino también todos aquellos antecedentes que resulten válidos para comprender y evaluar las opciones normativas que se incorporan en el texto elaborado.

Igualmente, sería deseable que, en paralelo, o al término de dicho periodo de información pública, el proyecto normativo fuera objeto de un debate público, sobre los contenidos necesarios y opciones propias del proyecto normativo.

Por tal motivo, le dirigimos el presente escrito, al amparo del derecho fundamental de petición establecido en el artículo 29 de la Constitución Española, para solicitar que, en el espacio adecuado del portal electrónico del Gobierno de Aragón, junto al texto del citado Anteproyecto de Ley, se pongan a disposición de todos los interesados el conjunto de la documentación que ha servido para la confección del mismo, explicitándose así las concretas opciones normativas que contiene el proyecto elaborado y las razones en que se sustentan, como modo de garantizar una participación ciudadana de calidad en la fase de información pública acordada.

Agradeciendo de antemano su atención, reciba un atento saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

1 comentario:



  1. Bienvenido abril, espero que sea un mes de trabajo fecundo para la asociación.

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