Tiempo
atrás, desde la Asociación
nos dirigimos al conjunto de las Defensores del Pueblo autonómicos para
informarles de nuestras iniciativas ante los Grupos Parlamentarios del Congreso
de los Diputados y del Senado, para expresarles nuestra posición contraria al
artículo 21 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2014, y a la aplicación de las tasas de reposición de efectivos como límite
a la obligada aprobación de la oferta anual de empleo público prevista en el
Estatuto Básico del Empleado Público y, en especial, a la preceptiva inclusión
en la misma del conjunto de plazas vacantes ocupadas por funcionarios
interinos, en garantía del ejercicio del derecho fundamental de acceso a la
función pública reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución
Española.
Tras
una primera comunicación de acuse de recibo, el Ararteko (Defensor del Pueblo
del País Vasco) comunica ahora a la Asociación, dando respuesta al escrito remitido
en su día por el Secretario de la
Asociación, Félix Gracia, su disposición favorable a prestar
especial atención a la afección de las previsiones de la Ley de Presupuestos Generales
del Estado sobre el derecho de acceso a la función pública.
Valoramos
muy positivamente el hecho de que esta Asociación haya contribuido, con sus
iniciativas, a situar esta problemática del derecho de acceso a la función pública
entre las preocupaciones de instituciones del conjunto del Estado –entre los órganos
constitucionales del Estado y las instituciones autonómicas llamadas a defender
los derechos de los ciudadanos, como son el Justicia de Aragón o el Ararteko- y
confiamos en que ello anime a la actual titular del Defensor del Pueblo a
promover el recurso de inconstitucionalidad solicitado.
Todo
ello no obsta para que, a su vez, esta Asociación prosiga con su voluntad de
cuestionar directamente ante los Tribunales la indebida aplicación de las
citadas tasas de reposición como límite antijurídico al derecho de acceso a la
función pública, como haremos esta misma semana al formular el escrito de
demanda en nuestro recurso contra el Decreto 155/2013, de 24 de septiembre, del
Gobierno de Aragón, por el que se modificaba el Decreto 49/2013, de 2 de abril,
por el que se aprueba la Oferta
de Empleo Público para el año 2013 de personal docente no universitario.
Se
reproduce, a continuación, el texto íntegro de la respuesta dada por el
Ararteko a esta Asociación:
“Estimado
Félix:
Por
medio del presente escrito, deseo agradecerle el gesto de colaboración que esa
Asociación para la Defensa
de la Función Pública
Aragonesa ha tenido para con esta institución haciéndonos partícipes de sus últimas
iniciativas.
Cogemos
el testigo que usted nos propone de prestar una especial atención a la afección
que, sobre el derecho de acceso a la función pública, están produciendo las
previsiones que anualmente se recogen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en
materia de oferta de empleo público.
Este
año tampoco ha sido una excepción. El artículo 21 de la Ley 22/2013, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, no contempla
la incorporación de nuevo personal a excepción de la tasa de reposición del 10%
prevista en determinados sectores o ámbitos de la Administración.
Debo
comunicarle que el carácter básico de estas previsiones hace que esta institución
vea limitadas sus posibilidades de intervención. No obstante, nos mantendremos
expectantes a la que resulte de las iniciativas judiciales iniciadas por esa
Asociación como estrategia dirigida a cuestionar la constitucionalidad de las
tasas de reposición de efectivos contenidas en las sucesivas leyes de
presupuestos.
Reiterándole
mi agradecimiento por su gesto de colaboración, se despide atentamente.
Iñigo
Lamarca Iturbe
Ararteko
Vitoria-Gasteiz,
8 de enero de 2014”
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