sábado, 16 de noviembre de 2013

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN REQUIERE AL GOBIERNO DE ARAGÓN EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO NO REMITIDO.



El Tribunal Superior de Justicia de Aragón, mediante diligencia de fecha 21 de octubre de 2013, dio por presentado el recurso contencioso-administrativo promovido por esta Asociación, por el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales, contra el Decreto 155/2013, de 24 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modificaba el Decreto 49/2013, de 2 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2013 de personal docente no universitario.

Con esa misma fecha acordó requerir a la Diputación General de Aragón para que remitiese el expediente administrativo correspondiente al Decreto impugnado, acompañado de los informes y datos que estime procedentes, debiendo igualmente la Administración demandada comunicar a todos los posibles interesados la interposición del recurso, al objeto de que puedan personarse como demandados en el proceso.

Dada la falta de remisión del expediente reclamado, la Sección correspondiente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con fecha 13 de noviembre de 2013, ha adoptado dirigencia de ordenación, en los términos siguientes:

“Requerir por PRIMERA  VEZ, a la Administración autora del acto recurrido, la urgente remisión del expediente administrativo correspondiente, que deberá remitirse en el plazo de CINCO DÍAS desde la recepción de este requerimiento, conforme determina el art. 48.7 de la LJCA, bajo apercibimiento de multa de 300 a 1.200 euros a la autoridad o empleado responsable”.

Celebramos que la falta de diligencia en que incurre la Administración en el cumplimiento de los plazos procesales, para la mera remisión del expediente administrativo correspondiente al Decreto 115/2012 impugnado por esta Asociación, merezca el oportuno reproche por parte de los Tribunales, con el otorgamiento de nuevo plazo para tal remisión e indicación de posibles sanciones pecuniarias en el caso de nuevo incumplimiento.

1 comentario:

  1. ¿existirá realmente un expediente? y por otra parte, la transparencia que se debe aplicar a la gestión pública y en especial a los asuntos de recursos humanos , no exigiría que de estos recursos se informase a todo el personal a través de intranet. ¿se piensa institucionalmente que de los conflictos en materia de derechos fundamentales solo deben saber el tribunal y los jefes de función pública?,¡¡ Vaya visión de la transparencia!!.

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