Las
normas de organización se han de caracterizar por atenerse a criterios
objetivos de validez general, que las hagan reconocibles por todos. Además, han
de ajustarse a los principios de legalidad propios del Estado de Derecho, ya
que la organización no puede constituir un ámbito reservado a la arbitrariedad
y a la mera decisión de oportunidad política. Toda organización ha de tener
unas reglas, unos principios, unas normas y unos valores por los que han de
regirse todos sus miembros, incluidos aquellos que, en cada momento, la
dirigen.
Estos
criterios no son, sin embargo, lo que se aplican en la Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón, donde las normas de organización –como son las relaciones de puestos
de trabajo- se modifican en función de la voluntad política para proveer cada
puesto de trabajo. Así, como antes se hizo con puestos de jefatura de servicio
del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, ahora el Departamento de Sanidad,
Bienestar Social y Familia modifica los requisitos de desempeño del puesto de
Jefe/a de Servicio de Atención a la Dependencia para posibilitar su desempeño por
funcionarios de la Administración
Local o de las Administraciones de otras Comunidades
Autónomas. Lo peor de ello es que la modificación del puesto se produce
exclusivamente para adecuar el mismo al candidato predeterminado, anunciado con
antelación en la prensa.
La
singularidad o excepcionalidad de los requisitos de desempeño de determinados
puestos ponen de manifiesto la quiebra de los principios generales de
organización racional –es decir, el sacrificio de la objetividad-, pues no
parece existir el menor reparo por los Departamentos –ni al parecer por la
propia Dirección General de la Función
Pública y Calidad de los Servicios- en alterar la norma
cuando ésta impide los nombramientos deseados.
El
necesario sometimiento al ordenamiento jurídico de las decisiones de personal
se ve desvirtuado, en estos casos, por el previo sometimiento de aquél a la
arbitraria decisión política, para así preparar el puesto al candidato
predeterminado, quedando así reducido el respeto a las normas a una mera burla
y apariencia de legalidad, pues no son las leyes las que nos gobiernan –y limitan
las decisiones de quienes ejercen responsabilidades públicas- sino la voluntad
de quienes mandan, degradando con ello los principios proclamados en las leyes.
Ofrecen un pésimo ejemplo aquellos cargos públicos incapaces de sujetar sus decisiones a las previsiones de la norma y dispuestos siempre a modificar las relaciones de puestos de trabajo -contraviniendo los criterios de racionalidad y objetividad- para hacer viables sus decisiones arbitrarias de provisión de puestos de trabajo. Y lo mismo cabe decir del Consejero de Hacienda y Administración Pública, José Luis Saz, por aprobar las modificaciones planteadas, cediendo a las pretensiones de los Departamentos y excepcionando con ello las reglas generales de la organización, que quedan así privadas de toda efectividad.
ResponderEliminarEstamos demasiado acostumbrados a que esto suceda.