De
acuerdo con lo acuerdo adoptado en la última reunión de la Junta Directiva de la Asociación, el próximo
martes 2 de julio, a partir de las 19:00 horas, en los locales de la Junta Municipal Centro del
Ayuntamiento de Zaragoza, tendrá lugar una sesión de trabajo de la Junta Directiva, abierta a todos
los miembros de la Asociación,
para realizar un primer análisis del Anteproyecto de Ley de Función Pública de
Aragón, elaborado por la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, y que en fecha reciente ha sido objeto de toma de
conocimiento por parte del Gobierno de Aragón.
Como
ya adelantó el responsable de dicha Dirección General, Ignacio Murillo, a
representantes de esta Asociación, en el futuro trámite de audiencia e
información pública se requerirá de forma expresa la opinión sobre dicho
proyecto normativo a esta Asociación, razón por la cual se ha considerado
oportuno mantener un conjunto de reuniones de análisis que permitan debatir los
contenidos del proyecto y madurar una posición sobre los mismos, con
planteamiento de alternativas en su caso.
Esta
Asociación, en su análisis, ha de hacer particular hincapié en aquellos
aspectos más directamente relacionados con sus fines estatutarios, como son los
principios de legalidad, profesionalidad y ética pública, razón por la cual se
analizarán de forma detallada las previsiones en materia de acceso a la función
pública, los mecanismos de provisión de puestos que han de reforzar la
profesionalidad y los códigos de conducta, que incorporen al ejercicio de la
función pública el necesario compromiso ético de los servidores públicos.
El
documento que resulte de las sesiones de análisis que se realicen a lo largo
del mes de julio será sometido a debate y aprobación de la Junta Directiva antes de su
posible remisión a la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, dentro del previsto trámite de audiencia pública.
Por
supuesto, esta Asociación está abierta a recibir las observaciones de todos
aquellos empleados públicos que no deseen formularlas a título individual ante los
órganos responsables, y a incorporarlas en su caso al documento de alegaciones
que finalmente se formule.
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