De acuerdo con la resolución acordada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Zaragoza, al que corresponde conocer del recurso promovido por esta Asociación por la falta de publicación del nombramiento del personal eventual de los Departamentos de Presidencia y de Ciencia, Tecnología y Universidad, incumpliendo la obligación que impone la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, la vista del caso tendrá lugar el día 20 de diciembre de 2011, es decir, siete meses después de la celebración de las elecciones autonómicas y cinco meses después de la constitución del nuevo Gobierno resultante de dichas elecciones, con lo que presumiblemente los afectados por el caso –el personal nombrado y las autoridades públicas que los han nombrado- pueden no hallarse ya en sus puestos.
El caso ilustra perfectamente los límites que reviste el control jurisdiccional de las ilegalidades denunciadas por esta Asociación, dada la lentitud con la que actúa nuestra Administración de Justicia. Tal circunstancia, sin embargo, no puede ser motivo para que se tolere la consolidación de prácticas antijurídicas como las practicadas por el Gobierno de Aragón, al negarse a respetar el deber de publicación de los nombramientos y ceses del personal eventual que impone el artículo 25.5 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, a pesar de la sugerencia formulada por el Justicia de Aragón en tal sentido.
No basta, al parecer, la claridad de la Ley –que en modo alguno admite la práctica de los anuncios de publicidad establecida en su día por Javier Velasco, como Consejero de Presidencia- ni resulta suficiente el pronunciamiento del Justicia de Aragón como institución encargada de la tutela del ordenamiento jurídico aragonés, sino que es necesario que quienes desean vivir en un Estado de Derecho, en el que tenga vigencia verdadera el principio de legalidad, acudan una y otra vez a los Tribunales y obtengan las sentencias condenatorias necesarias para que el Gobierno de Aragón se avenga, a su pesar, a respetar las leyes. ¿Acaso nos merecemos los ciudadanos este estado de cosas?
Este hecho da una perfecta idea de la crisis de legalidad que viven nuestras instituciones, como resultado de la cultura política de arbitrariedad que se ha impuesto a lo largo de los años, cultura que no será posible corregir si la sociedad civil –de la que se siente parte esta Asociación- no reacciona de forma inequívoca contra el incumplimiento de la ley por los titulares de nuestras instituciones, haciendo que ese reproche social evite tener que acudir, en todo caso, a los tribunales para algo tan elemental como que las normas legales se respeten por quienes gobiernan.
¿Qué eficacia puede tener una sentencia tardía?
ResponderEliminar¿Qué sanción impone a la vulneración?
ResponderEliminarCCOO: intento de deslegitimar a la competencia.
ResponderEliminarLa reciente Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 29/10/2009, demuestra una vez más que los sindicatos mayoritarios y en este caso concreto CCOO dedican sus esfuerzos a combatir la competencia en lugar de combatir los derechos de los trabajadores.
ResponderEliminarNo es de extrañar que Anguita califique a los dos grandes sindicatos como un apendice del Estado y actuen en consecuencia para intentar por cualquier medio posible eliminar toda acción minoritaria que intente hacerles sombra. Es evidente que cada vez más, se alzan voces en todos los sectores que se desvinculan de los dos grandes por su servilismo al Gobierno.
Me sorprente enormemente que CCOO en lugar de luchar por el cumplimiento del artículo 10 del EBEP, dedique todos sus esfuerzos a deslegitimar a una ASOCIACION PROFESIONAL, cuya unica pretensión es el cumplimiento de la legalidad y evitar los abusos de poder y la arbietrariedad de quienes ostentan el poder. Deberían tomar ejemplo, ayudarles y seguir sus pasos, no intentar anularles.
Y este afan deslegitimador que tiene CCOO, lo resalta la sentencia del Tribunal Supremo que es dónde centra su recurso el sindicato:
"La FEDERACIÓN DE SERVICIOS Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS DE COMISIONES OBRERAS DE ARAGON..., centra su recurso de modo exclusivo en la falta de legitimación activa de la parte actora en el recurso contensioso-administrativo para impugnar el Decreto 62/2007, de 8 de Mayo del Gobierno de Aragón, por el que se aprobó la Oferta de Empleo Púbico para el año 2007. ... Por ello, procede no dar lugar al recurso de casación planteado FEDERACIÓN DE SERVICIOS Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS DE COMISIONES OBRERAS DE ARAGON, con expresa condena en las costas procesales... y estimar el recurso de casación planteado por la ASOCIACIÓN PARA LA DEFENSA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE ARAGON anulando el Decreto 67/2007 de 8 de Mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2007, en tanto omite en la misma todas las plazas vacantes cubiertas por interinos."
Y yo me pregunto a la vista de nuestras próximas elecciones sindicales ¿qué no intentaran para deslegitimar a la competencia?
FuncionariosJusticia
Se ha hecho un buen papelón por algún sindicato.
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