Desde la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa se está realizando un esfuerzo especial para dar difusión a la reciente sentencia del Tribunal Supremo que anuló la Oferta de Empleo Público para 2007 del Gobierno de Aragón, por no incluir las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos y vulnerar, por tal motivo, el artículo 23.2 de la Constitución Española.
Deseamos difundirla por todas las Administraciones Públicas y por todos los Parlamentos de las Comunidades Autónomas, así como por el conjunto de los Ministerios de la Administración General del Estado –enviándola a las diferentes Subsecretarías, como órganos que tienen atribuida la jefatura de personal dentro del Departamento-, y hacerla llegar también a organizaciones y asociaciones de funcionarios públicos, como pueden ser la Federación de Asociaciones de Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado (FEDECA) o el Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local (COSITAL).
Animamos por ello a todos los servidores públicos y ciudadanos interesados en el acceso a la función pública a dar la máxima difusión posible a la resolución judicial, de manera que su incidencia e invocación en el ámbito de todas las Administraciones Públicas permita lograr el efecto perseguido, que no era otro que garantizar la plena vigencia del derecho de los ciudadanos a acceder a la función pública.
Se reproduce, a continuación, el texto íntegro del escrito dirigido al Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local (COSITAL):
“Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros
de Administración Local (COSITAL)
C/ Carretas, 14
28012-MADRID
Zaragoza, 10 de febrero de 2011.
Estimados compañeros:
Desde la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, deseamos haceros llegar una copia de la reciente sentencia del Tribunal Supremo por la que se anula el Decreto 67/2007, del Gobierno de Aragón, que aprobó la Oferta de Empleo Público para 2007, al entender que dicho Decreto no incluía la totalidad de los puestos vacantes ocupados por funcionarios interinos –tal y como exigen el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón-, vulnerando con ello el derecho de acceso a la función pública que reconoce el artículo 23.2 de la Constitución Española.
El Tribunal Supremo, con este fallo, rechaza que la potestad de autoorganización pueda invocarse por la Administración para justificar la inaplicación de la Ley, como ha venido sucediendo de forma reiterada en materia de acceso al empleo público en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y en otras Administaciones Públicas españolas. Concluye igualmente el Tribunal, apartándose de jurisprudencia anterior, que no hay mayor negación del derecho fundamental de acceso que la negación de los procesos públicos de selección legalmente establecidos.
Creemos que este pronunciamiento puede contribuir de forma decisiva a corregir las inadmisibles tasas de temporalidad en las Administraciones Públicas, contrarias al principio de inamovilidad que rige en el estatuto funcionarial, y a evitar la arbitrariedad de muchos órganos de gobierno de Administraciones al no aprobar oferta anual de empleo público o no incluir en ella el número de plazas que se exige legalmente, como son las vacantes cubiertas por funcionarios interinos.
Con el fin de que podais analizar, difundir y hacer uso del citado pronunciamiento, os remitimos una copia de dicha sentencia, quedando abiertos a cualquier colaboración que consideréis oportuna para impulsar los principios constitucionales que han de regir el funcionamiento de las administraciones públicas y la ordenación de la función pública.
Recibid un cordial saludo.
Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”
¿Las sentencias no se difunden solas?
ResponderEliminarNo entiendo como esta noticia no ha sido difundida por los telediarios nacionales, en cambio he visto recientemente una oferta de 600 puestos de trabajo para Disney Paris.
ResponderEliminarYo he difundido esta noticia por diversos foros de oposiciones, ya que creo que es interante tanto para quien quiere acceder a la función público como para el que se encuentra sin trabajo, ya que es un aliento esperanzador para dar estabilidad laboral.
Yo tampoco lo entiendo.
ResponderEliminarAlguna razón habrá que se nos escapa.
ResponderEliminarNada de particular tiene todo esto.
ResponderEliminarBien dices.
ResponderEliminarLa sentencia se difunde sola.
ResponderEliminarNo es preciso molestarse.
ResponderEliminarPor el Ayuntamiento.
ResponderEliminarPasa de mano en mano.
ResponderEliminarMinetras tanto los periódicos callan.
ResponderEliminarHay otras noticias.
ResponderEliminarLéase y difúndase, cuanto más mejor.
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