La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, desde su creación, ha hecho del derecho fundamental de acceso al empleo público de los ciudadanos una prioridad en su labor de defensa de la legalidad en materia de función pública. La apertura de los puestos de trabajo de la Administración a los ciudadanos, para que los mismos sean cubiertos por quienes acrediten mayor mérito y capacidad en los oportunos procesos selectivos, es un principio constitucional que ningún poder público puede desconocer.
Sin embargo, algo ha sucedido cuando cerca de un tercio de los puestos de trabajo de una Administración están ocupados por personal interino y, año tras año, dichas plazas se siguen escamoteando al régimen legal de provisión que imponen el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma. Conculcar y vulnerar el régimen de acceso al empleo público que la Constitución establece para los ciudadanos es la causa fundamental de la actual degradación de la función pública, pues sin respetar el régimen de acceso legalmente establecido resulta imposble garantizar el correcto funcionamiento de la provisión de puestos, de la promoción profesional, de la carrera administrativa y, en suma, de una gestión adecuada de la función pública autonómica.
Eso que ha sucedido no es otra cosa que el dominio, durante un largo periodo de tiempo, de la reiterada arbitrariedad de quienes dirigen la política de personal en la Administración autonómica, olvidando que sólo el respeto íntegro de la legalidad asegura los derechos de todos. ¿Cómo hacer valer el derecho de movilidad o el de promoción interna si se olvida el primario derecho de acceso a la función pública que la Constitución reconoce a los ciudadanos? ¿Cómo justificar la absurda propuesta de "promoción interna temporal", sino a partir de la aceptación del incumplimiento del régimen de selección de personal que establecen las normas? ¿Cabe justificar la ilegal provisión de puestos de trabajo a partir de la vulneración del régimen de selección de personal? ¿Sólo nos queda optar entre una vulneración u otra, como mal menor? Rechazamos semejante disyuntiva, y frente a ella reclamamos la plena vigencia de la legalidad.
Rechazamos íntegramente la alternativa que nos ofrecen los actuales responsables de la política de personal de la Administración autonómica -tanto el Consejero de Presidencia, Javier Velasco, como el Director General de la Función Pública, Antonio Brun- y rechazamos por igual la ilegalidad del régimen de selección de personal que nos ofrecen -sin ofertas de empleo público ajustadas al ordenamiento jurídico- como la ilegalidad de sus fórmulas de "promoción interna temporal" -con manifiesta vulneración de la estructura de Cuerpos y Escalas, en la que se concreta la especialización funcional de la función pública, y de los criterios de movilidad que definen las relaciones de puestos de trabajo, establecidos como garantía de la eficacia y profesionalidad de la función pública- y, en su lugar, reclamamos el respeto estricto de la legalidad, porque sólo en el respeto al conjunto del ordenamiento jurídico es posible asegurar la realización de los derechos de todos, es decir, de los funcionarios de carrera, de los funcionarios interinos, del personal laboral, fijo y eventual, y de los ciudadanos que aspiran a obtener un puesto de trabajo en la función pública.
Y la ilegalidad los vulnera.
ResponderEliminarContactos = Carrera administrativa
ResponderEliminarNo contactos = No carrera administrativa.