martes, 2 de diciembre de 2008

LA COMISIÓN DE PETICIONES DEL SENADO TRAMITA UNA PETICIÓN DE LA ASOCIACIÓN.

Zaragoza, 2 de diciembre de 2008. Al amparo del derecho de petición reconocido en los artículos 29 y 77 de la Constitución española, el Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, Julio Guiral, se dirigió a la Comisión de Peticiones del Senado, mediante escrito de 26 de septiembre de 2008, con el fin de solicitar que, previas las actuaciones oportunas, dicho órgano parlamentario instase al Ministerio de Administraciones Públicas la adopción de las medidas de coordinación y vigilancia necesarias para asegurar el respeto de los preceptos del Estatuto Básico del Empleado Público en materia de acceso al empleo público en todas las Administraciones Públicas y, en particular, en las Administraciones de las diferentes Comunidades Autónomas, para asegurar con ello que el acceso al empleo público constituya un derecho realizable en el conjunto del territorio del Estado español en las condiciones fijadas por la legislación básica.

Dicho escrito fue objeto del correspondiente acuse de recibo que marca la normativa reguladora del derecho de petición, y ahora, una vez analizado su contenido en la primera sesión celebrada por la citada Comisión de Peticiones tras la recepción del mismo, el Presidente de dicha Comisión, Gonzalo Javier Piñeiro García-Lago, se ha dirigido nuevamente al Presidente de la Asociación, en los términos siguientes.

“Estimado amigo:

En relación con el escrito de petición número 870/000080/0001 enviado por Vd., le comunico que la Comisión de Peticiones del Senado, en su sesión del día 25 de noviembre, ha acordado su traslado al Ministerio de Administraciones Públicas.

Reciba un cordial saludo.

Madrid, a 26 de noviembre de 2006.

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE PETICIONES DEL SENADO”.

Esta Asociación vuelve a celebrar la corrección institucional con la que ha actuado hasta el momento la citada Comisión de Peticiones del Senado, al mostrar un escrupuloso respeto hacia el derecho de petición ejercido ante la misma por parte de esta Asociación.

Creemos que dicha forma de proceder debiera ser la adoptada por parte de la Comisión de Peticiones y Derechos Humanos de las Cortes de Aragón, corrigiendo con ello el irregular funcionamiento que hasta la fecha han tenido el conjunto de los órganos del Parlamento aragonés en relación con las peticiones formuladas por esta Asociación, al inaplicar las previsiones contenidas en el artículo 62 del Reglamento de las Cortes de Aragón y vulnerar el contenido propio del derecho fundamental de petición reconocido por el artículo 29 de la Constitución.

Constituye un objetivo de esta Asociación el recordar a las instituciones autonómicas la necesidad de que ajusten sus actuaciones a las normas de aplicación en cada caso, pues el buen funcionamiento del Estado de Derecho pasa necesariamente por el sometimiento de los poderes públicos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, algo que, en estos momentos, no se aprecia en la actuación de las Cortes de Aragón respecto al ejercicio del derecho de petición por parte de los ciudadanos.

2 comentarios:

  1. Primero fue el Gobierno, y ahora el toca el turno a las Cortes?

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  2. El Senado parece una institución seria de la que se debiera tomar ejemplo en estas cuestiones.

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