domingo, 16 de octubre de 2011

ESTADO DE DERECHO Y CALIDAD DEMOCRÁTICA.

En tiempos de dificultades, cuando no es posible todavía ver una salida a la actual crisis económica y crece el malestar ciudadano, y desde los poderes públicos no se acierta a enviar un mensaje nítido de compromiso con los valores que fundamentan nuestro modelo de sociedad, no es posible ningún tipo de inhibición en las responsabilidades que nos corresponden a cada uno de nosotros.

Esta Asociación, desde hace más de cuatro años, asumió un compromiso con la defensa de los valores y principios de la función pública, que va a seguir manteniendo con toda la energía que resulte necesaria, en las actuales y futuras circunstancias. Hoy más que nunca resulta preciso poner en valor el significado de vivir en un Estado de Derecho, como el que establece nuestra Constitución, con la afirmación del imperio de la legalidad, del sometimiento de todos al ordenamiento jurídico -incluidos los poderes públicos- y del respeto a los derechos fundamentales de todas las personas, nacionales y extranjeros.

Para no retroceder en dicho compromiso, y avanzar hacia mayores cotas de calidad democrática, esta Asociación elaboró con motivo de la nueva legislatura de las Cortes de Aragón un Documento de Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración, que se remitió a la Presidenta de la Comunidad Autónoma y al conjunto de los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón. No está de más señalar que ninguno de ellos ha acusado recibo del mismo ni ha valorado o agradecido su contenido o elaboración. Eso sí, el Consejero de Hacienda y Administración Pública, Mario Garcés, en el reciente encuentro mantenido con representantes de esta Asociación, afirmó compartir sus propuestas en un 90%, lo que nos podría hacer confiar en que buena parte de las mismas podrían ser impulsadas a lo largo de la presente legislatura. Estamos, sin embargo, convencidos de que su posible implantación sólo será resultado de una amplia acción cívica que las respalde y de una presión continuada desde los medios de comunicación para exigir avances constantes en la calidad democrática de nuestras instituciones.

Sin duda, en la función pública existen sobradas razones en estos momentos para mostrarnos preocupados por el futuro de los servicios públicos y por la vigencia de principios de ordenación del empleo público que hasta ahora se hallaban incuestionados -aunque no siempre respetados en la práctica-, y por ello es momento de redoblar el esfuerzo que requieren los actuales desafíos, que pasa tanto por la defensa de los principios que han de estructurar una función pública profesional e imparcial, puesta al servicio del interés general, como por demostrar en el desempeño diario de nuestra actividad que esos principios son los que inspiran el trabajo del grueso de los servidores públicos y que, por lo tanto, legitiman el estatuto jurídico establecido para la función pública.

Debemos dejar claro que la plena vigencia del Estado de Derecho y el nivel de calidad democrática de nuestras instituciones pasa por la existencia de una buena función pública, profesionalizada y con una elevada ética pública, compuesta por servidores públicos conscientes de la importancia de su labor y expresamente comprometidos con los principios que han de presidirla. Sería importante que ello fuese igualmente compartido por partidos políticos, sindicatos, asociaciones ciudadanas y medios de comunicación.

La función pública es un activo de nuestra sociedad, un elemento esencial de nuestro modelo de Estado -en el aseguramiento de la legalidad y de la realización de los derechos de los ciudadanos- y sus innegables imperfecciones no pueden servir de excusa para su menoscabo o desmantelamiento, sino justamente para lo contrario, para poner remedio al deterioro que sufre y restaurar una de las piezas esenciales en toda estrategia de prevención y lucha contra la corrupción y de aseguramiento de la legalidad y de la calidad democrática. Ese sigue siendo aquí y ahora el compromiso y única razón de ser de esta Asociación.

jueves, 13 de octubre de 2011

CONVOCATORIA DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN: MARTES, 18 DE OCTUBRE.

De acuerdo con lo decidido por la Asamblea General de la Asociación, y con el fin de posibilitar la máxima participación de los socios en los debates de sus órganos directivos, la celebración de las reuniones de la Junta Directiva se hallan abiertas a la participación de todos los socios que deseen asistir a las mismas, en las que podrán participar con voz pero sin voto en el debate de los diferentes puntos del orden del día propuesto.

Además, y con el fin de asegurar la máxima transparencia en la actividad de la Asociación, de cara al conjunto de sus socios y de la ciudadanía en general, las convocatorias de la Junta Directiva son objeto de publicación en el blog de la Asociación, permitiendo con ello no sólo el conocimiento general de los asuntos a tratar, sino también la aportación de ideas y comentarios a los puntos incluidos en el orden del día, enriqueciendo con ello el debate interno de la Junta Directiva.

En consecuencia, se procede a la publicación de la convocatoria de la reunión de la Junta Directiva de la Asociación, correspondiente al próximo martes, 18 de octubre:

CONVOCATORIA:

De acuerdo con lo señalado en el artículo 17 de los Estatutos de la Asociación, se convoca reunión de la Junta Directiva, a celebrar el próximo día 18 de octubre, a partir de las 19:00 horas, en los locales de la Junta Municipal Centro, sitos en la calle Hernán Cortés, 33, proponiéndose el siguiente

Orden del día:


1. Aprobación del orden del día.
2. Aprobación del acta de la reunión anterior.
3. Informe de actividad por parte del Presidente.
4. Acciones ante el Tribunal de Cuentas en relación con el régimen de indemnizaciones por cesantías acordado en las Cortes de Aragón.
5. Propuestas, ruegos y preguntas.

lunes, 10 de octubre de 2011

REUNIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA: NUEVA ESTRATEGIA DE ACTUACIÓN.

De acuerdo con la convocatoria efectuada, el pasado 4 de octubre tuvo lugar una reunión de la Junta Directiva de la Asociación, cuya finalidad básica era informar al conjunto de los miembros de la Junta y socios asistentes a la reunión del desarrollo del encuentro mantenido con el Consejero de Hacienda y Administración Pública, Mario Garcés, en el que estuvo igualmente presente el Director General de la Función Pública y de Calidad de los Servicios, Ignacio Murillo, así como establecer la nueva estrategia de actuación de la Asociación, en desarrollo del conjunto de propuestas contenidas en el Documento de Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración aprobado el pasado mes de julio.

De acuerdo con el orden del día, y en el punto relativo al informe de actividad por parte del Presidente, se destacó la respuesta obtenida por parte del Senado a nuestra petición de que se instase a la Administración General del Estado para que velase por el escrupuloso respeto al derecho de acceso de los ciudadanos a la función pública, garantizándose la aprobación de oferta de empleo público por parte de las Administraciones Públicas y la inclusión en la misma, al menos, del conjunto de puestos de trabajo vacantes ocupados por personal interino. El Senado traslada a la Asociación una contestación elaborada por el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública en la que se califica de innecesaria la petición formulada, al existir ya mecanismos establecidos para tal garantía.

A propuesta del Presidente de la Asociación, se acuerda comunicar a dicho Ministerio que la existencia de tales mecanismos no es garantía suficiente para el respeto del derecho de acceso, como ha quedado acreditado por los hechos en el caso de Aragón -ha sido el Tribunal Supremo, al anular la Oferta de Empleo Público de 2007, quien ha hecho valer el derecho constitucional frente al Gobierno de Aragón, sin que los mecanismos de control de la Administración General del Estado hayan tenido la menor intervención en su aseguramiento-, insistiendo por ello en la oportunidad de la petición formulada.

Seguidamente, el Presidente de la Asociación informa del desarrollo del encuentro mantenido con el Consejero de Hacienda y Administración Pública, Mario Garcés, remarcando la importancia de que dicho encuentro, producido a iniciativa del propio Consejero, constituye un expreso reconocimiento de la Asociación como entidad interlocutora en materia de función pública, sin que ello interfiera en el papel que tienen reconocidos los sindicatos en la defensa de los derechos de los empleados públicos y en la negociación de las condiciones de trabajo. El tono cordial y positivo de la reunión no impidió que se aprovechase para trasladar al Consejero la preocupación por una serie de hechos como la pérdida de la cultura de legalidad en el ámbito de la función pública -si bien se le reconoció los signos de cambio que se aprecian con el nuevo equipo directivo-, insistiendo en la necesidad de asegurar los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública y en la provisión de puestos de trabajo, así como en la preocupación por el desplazamiento de un importante número de funcionarios públicos por personal de empresas públicas y privadas, que se incorporan indebidamente para el ejercicio de funciones propias de los empleados públicos.

El Consejero pidió un voto de confianza, sin que ello suponga que la Asociación abandone su papel de control y de crítica a la gestión realizada, y prometió mantener un diálogo constante con la Asociación a lo largo de la legislatura.

Finalmente, la Junta analizó una serie de medidas, en su mayoría incluidas en el Documento de Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración, determinando algunas de ellas para su inmediato impulso, como la formulación de una queja ante el Justicia de Aragón por la no aprobación en plazo del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2012, o la petición de que se repongan las características indebidamente modificadas del puesto de Director/a de la Biblioteca de Aragón, o el ejercicio de derecho de petición ante las instituciones autonómicas y estatales para pedir la supresión de la consolidación del complemento de alto cargo que se establece como derecho económico de los funcionarios públicos en el Estatuto Básico del Empleado Público. Igualmente se valoró la oportunidad de solicitar una comparecencia ante la Comisión de Peticiones de las Cortes de Aragón para exponer las líneas básicas del Documento de Propuestas y someterlas a la consideración de los diferentes Grupos Parlamentarios.

martes, 4 de octubre de 2011

¿UNA PETICIÓN INNECESARIA?

A través de la Comisión de Peticiones del Senado, se nos ha dado traslado de la posición del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, en relación con la petición que esta Asociación dirigió tanto al Congreso de los Diputados como al Senado para que impulsase las medidas oportunas para instar a la Administración General del Estado a velar por el escrupuloso respeto del derecho fundamental de acceso a la función pública por parte de los ciudadanos conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Dicha petición se formuló con fundamento en el importante pronunciamiento del Tribunal Supremo que anuló la Oferta de Empleo Público de 2007 del Gobierno de Aragón, por no incluir la totalidad de los puestos de trabajo vacantes ocupados por personal interino, hecho que el Tribunal consideró contrario al derecho fundamental de acceso a la función pública, reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución Española.

Pues bien, a pesar de que esta Asociación ha tenido que acudir hasta el Tribunal Supremo para que se haga valer el respeto a un mandato legal inequívoco como el contenido en el Estatuto Básico del Empleado Público y en la Ley de Ordenación de la Función Pública aragonesa, el Ministerio responsable en materia de función pública informa desfavorablemente la petición formulada por esta Asociación, al considerarla innecesaria, pues, a su juicio, el ordenamiento jurídico ya contempla los mecanismos destinados a garantizar el derecho de acceso de los ciudadanos a la función pública.

Dichos mecanismos son la Comisión de Seguimiento de Disposiciones y Actos de las Comunidades Autónomas, que controla su adecuación al bloque de constitucionalidad,y la Comisión de Coordinación del Empleo Público, prevista por el Estatuto Básico del Empleado Público y encargada, entre otras funciones, de impulsar las actuaciones necesarias para garantizar la efectividad de los principios constitucionales de acceso al empleo público.

Sin duda, una vez más, nos hallamos ante una contestación vacía por parte de los poderes públicos, que parecen confundir la existencia de órganos de control o seguimiento con su efectivo funcionamiento. La mera existencia de esos órganos no ha impedido la vulneración del derecho de acceso por la Oferta de Empleo Público de 2007del Gobierno de Aragón -¿qué seguimiento hubo del Decreto que la aprobó? ¿qué seguimiento se va a hacer de futuras Ofertas que no se ajusten al criterio señalado por el Tribunal Supremo?- o la vulneración producida, de forma aún más directa, al no aprobar Oferta de Empleo Público en 2008 -¿qué medidas se impulsaron para evitar dicha falta de aprobación?-, y, lo que es peor, no parece que exista voluntad política alguna para que ambas Comisiones se comprometan en la defensa del derecho de acceso de los ciudadanos a la función pública.

A veces no hay nada más necesario que lo que se juzga innecesario, como sucede en este caso.

jueves, 29 de septiembre de 2011

EJERCICIO DE HONESTIDAD DE UN DIRECTOR GENERAL.

La comparecencia del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, Ignacio Murillo, que tuvo lugar ayer ante la correspondiente Comisión de las Cortes de Aragón, para anunciar sus objetivos como titular del órgano directivo responsable de la ordenación del personal de la Administración autonómica, puede haber generado dudas o inquietud en determinados sectores políticos o sindicales, pero para esta Asociación, por el contrario, constituye un claro ejercicio de honestidad intelectual y profesional, abordando de forma veraz un diagnóstico de la situación existente, en el que se constata el nivel de deterioro producido en la función pública aragonesa, y expresando de forma inequívoca la voluntad de corregir tal situación, para ajustarla a la legalidad, devolviendo a los servidores públicos una gran parte de las señas de identidad perdidas.

Sin duda, la tarea requiere un esfuerzo ímprobo. Son muchas las resistencias e intereses que es preciso vencer para poder sacar adelante un programa exigente de restauración de la legalidad de la función pública. La situación actual no sólo es fruto de la desidia de los anteriores titulares de la Dirección General de la Función Pública y de los Consejeros correspondientes, sino resultado de una deliberada voluntad de debilitar la profesionalidad e imparcialidad de la función pública, permitiendo un progresivo divorcio entre Administración Pública y Estado de Derecho. La irregular situación de los Gabinetes de los miembros del Gobierno de Aragón durante la legislatura anterior, tan reiteradamente denunciada por esta Asociación, evidenciaba por sí sola la concepción que se tenía de la Administración, como botín a administrar al servicio de intereses de partido.

Lejos de otras comparecencias que es preferible no recordar, en las que se llegaba a justificar la inaplicación de las leyes como un supuesto de fuerza mayor, el actual Director no ha dudado en dar datos de la realidad -cuantificando con ello el grado de incumplimiento de la legalidad- y, lo que es más importante, calificar tal realidad de grave y preocupante, para a continuación expresar su compromiso de acometer su corrección, de la única manera que es posible: restaurando la legalidad, asegurando el ejercicio del derecho de acceso de los ciudadanos a la función pública, a través de la culminación de los procesos selectivos aprobados, y, lo que valoramos particularmente, anunciando el propósito de ejecutar la sentencia ganada por esta Asociación en el Tribunal Supremo, por la que este Tribunal anuló la Oferta de Empleo Público de 2007 al no incluir la totalidad de los puestos de trabajo vacantes ocupados por funcionarios interinos.

El compromiso con la legalidad que practica el nuevo Director General no sólo lo ejerce ajustando a las normas sus decisiones, sino también velando por la ejecución de las sentencias dictadas por los Tribunales, sancionando la irregular práctica seguida por sus antecesores en el cargo. Tal actitud contrasta con la adoptada por la anterior titular del Departamento de Presidencia, Eva Almunia, incapaz siquiera de responder a las reiteradas peticiones de esta Asociación relativas a la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo. Por el contrario, el actual titular de la Dirección General, anticipándose a la petición de esta Asociación, ha anunciado ante las Cortes de Aragón su voluntad de ejecutar la Sentencia. Es evidente que las maneras han cambiado y que el cambio producido es prometedor.

La firme voluntad de compromiso con la legalidad que manifiesta el actual Director General de la Función Pública merece, al menos, el reconocimiento expreso de esta Asociación y el apoyo a su programa de regeneración de la Administración Pública, para lo cual dispone de la doble palanca de la ordenación de recursos humanos y del impulso de medidas de calidad en la gestión pública. Deseamos confiar en que el círculo vicioso en el que parecía encontrarse la función pública aragonesa pueda superarse, no sin el compromiso colectivo de los servidores públicos, de modo que legalidad y calidad se conviertan en los factores determinantes de un nuevo círculo, ahora virtuoso.

miércoles, 28 de septiembre de 2011

CONVOCATORIA DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN: MARTES, 4 DE OCTUBRE.

De acuerdo con lo decidido por la Asamblea General de la Asociación, y con el fin de posibilitar la máxima participación de los socios en los debates de sus órganos directivos, la celebración de las reuniones de la Junta Directiva se hallan abiertas a la participación de todos los socios que deseen asistir a las mismas, en las que podrán participar con voz pero sin voto en el debate de los diferentes puntos del orden del día propuesto.

Además, y con el fin de asegurar la máxima transparencia en la actividad de la Asociación, de cara al conjunto de sus socios y de la ciudadanía en general, las convocatorias de la Junta Directiva son objeto de publicación en el blog de la Asociación, permitiendo con ello no sólo el conocimiento general de los asuntos a tratar, sino también la aportación de ideas y comentarios a los puntos incluidos en el orden del día, enriqueciendo con ello el debate interno de la Junta Directiva.

En consecuencia, se procede a la publicación de la convocatoria de la reunión de la Junta Directiva de la Asociación, correspondiente al próximo martes, 4 de octubre:

CONVOCATORIA:

De acuerdo con lo señalado en el artículo 17 de los Estatutos de la Asociación, se convoca reunión de la Junta Directiva, a celebrar el próximo día 4 de octubre, a partir de las 19:00 horas, en los locales de la Junta Municipal Centro, sitos en la calle Hernán Cortés, 33, proponiéndose el siguiente

Orden del día:


1. Aprobación del orden del día.
2. Aprobación del acta de la reunión anterior.
3. Informe de actividad por parte del Presidente.
4. Información sobre el encuentro con el Consejero de Hacienda y Administración Pública.
5. Estrategia de actuación para cumplimiento sentencia oferta pública 2007.
6. Estrategia sobre desarrollo del Documento de Buen Gobierno y Buena administración.
7. Propuestas, ruegos y preguntas.

jueves, 22 de septiembre de 2011

ENCUENTRO CON EL CONSEJERO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: APERTURA DE UN MARCO DE DIÁLOGO AFABLE Y CRÍTICO.

A iniciativa del Consejero de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón, Mario Garcés, este mañana ha tenido lugar un encuentro entre el citado Consejero y el Director General de Función Pública y Calidad de los Servicios, Ignacio Murillo, y una representación de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, constituida por su Presidente, Julio Guiral, y Secretario, Félix Gracia.

El encuentro, que se ha prolongado por espacio de una hora, ha sido cordial e intenso. En primer lugar, el Consejero ha expresado el indudable valor que representa la garantía del marco de legalidad propio de la función pública, con el que se ha declarado firmemente comprometido, y ha juzgado muy positiva la función desempeñada por asociaciones de servidores públicos que, desde planteamientos globales y no corporativistas, promueven los valores de la función pública y ejercen una labor de control sobre el respeto de la legalidad administrativa, prestando con ello un valioso servicio a los responsables políticos y a los ciudadanos. El Consejero ha pedido la colaboración de la Asociación, sin que ello suponga el abandono de su posición plural, independiente y crítica, para que las medidas necesarias de regeneración de la Administración cuenten con el mayor respaldo posible.

Por parte de los representantes de la Asociación se ha expresado la necesidad de restablecer la legalidad administrativa en general, y el respeto a la normativa de función pública en particular, principalmente en lo que hace a la selección de personal de nuevo ingreso –asegurando el derecho de acceso de los ciudadanos a la Administración, conforme a principios de igualdad, mérito y capacidad- y a la provisión de puestos de trabajo. Se ha pedido un especial cuidado con la situación de personas que sean cesadas en sus puestos como resultado de los cambios de estructura administrativa o de la remoción en puestos de libre designación, de modo que no se socave el derecho a un puesto de trabajo con contenido real ni se lesione la profesionalidad de los afectados. Igualmente se ha reclamado una acción contundente con la proliferación, en distintas áreas de la Administración, de préstamos de trabajadores, en particular por parte de empresas públicas de la Comunidad Autónoma, suplantando con ello la función de los servidores públicos.

El Consejero, junto con el Director General responsable de función pública, se ha comprometido a estudiar la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo que anuló la Oferta de Empleo Público de 2007 y que obliga a la convocatoria de procesos selectivos para cubrir todos los puestos vacantes ocupados por personal interino.

Desde la Asociación juzgamos muy positivo el encuentro producido, el tono mantenido por el Consejero Mario Garcés –y, por supuesto, por el Director General de Función Pública, cuya valoración por parte de esta Asociación es de todos conocida-, y consideramos que la cita mantenida marca el inicio de una nueva etapa en las relaciones de esta Asociación con los responsables de la Administración autonómica, superando con ello la incomunicación u hostilidad que, por razones que nunca hemos comprendido, marcaron la actitud de los responsables de función pública del Gobierno PSOE-PAR desde la creación de esta Asociación.

El valor o significado de una decisión, como la del Consejero Mario Garcés, de cerrar de forma definitiva un periodo de permanentes desencuentros de esta Asociación con los responsables de función pública del Gobierno de Aragón viene a ratificar nuestra idea de que resultaba inexplicable que la defensa de los principios y valores constitucionales de la Administración Pública fuese recibida con indiferencia, desprecio o abierta hostilidad por los responsables políticos que dirigen la Administración. Esa confrontación parece felizmente superada, sin perjuicio de que el marco de diálogo inaugurado por esta nueva Administración dé perfecta cabida a las discrepancias o diferencias de criterio lógicas en toda sociedad democrática.

miércoles, 21 de septiembre de 2011

PUBLICACIÓN DEL DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN PARA LA VIII LEGISLATURA DE LAS CORTES DE ARAGÓN. Cuarta entrega.

Continuamos con esta cuarta entrega, la publicación del DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN PARA LA VIII LEGISLATURA DE LAS CORTES DE ARAGÓN, que la Asociación para la Defensa de la Función Pública de Aragón preparó y publicó el 27 de julio de 2011. De este documento tienen copia, enviada al final de ese mes, los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón y la Presidenta del Gobierno de Aragón. Si se quiere disponer del documento en formato pdf, es necesario escribir una correo de petición a la asociación.

B. INFRAESTRUCTURA ÉTICA.

1. Aprobación de un Código de Buen Gobierno.

Proponemos el establecimiento de un Código de Buen Gobierno para los miembros del Gobierno de Aragón y altos cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en consonancia con el aprobado por el Gobierno de España en el año 2005, para la Administración General del Estado o el establecido en la Ley Foral 2/2011, de 17 de marzo, del Parlamento de Navarra. La proclamación de los principios éticos y de conducta que deben regir las actuaciones de los altos cargos en el desempeño de su función constituye hoy un compromiso necesario de los poderes públicos con los ciudadanos y una medida imprescindible para modificar la cultura social ante el fenómeno de la corrupción, evitando la creciente erosión de la confianza de los ciudadanos en la clase política.

La elaboración de este tipo de códigos, propugnada desde la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), se contempla expresamente en el Convenio de Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003, como una de las medidas a introducir en el ámbito del sector público. Dicha aprobación ha de venir acompañada de un mecanismo de seguimiento y control del cumplimiento de sus principios, posibilitando la valoración objetiva del mismo más allá del estricto ámbito del Consejo de Gobierno. Por ese motivo, se propone en este mismo documento la creación de una Comisión de Ética Pública, como comisión no legislativa de carácter permanente en las Cortes de Aragón, entre cuyas funciones se encontraría dicha labor de seguimiento y control.

El Código de Buen Gobierno a aprobar debiera ser el resultado de un amplio debate en el que participaran no sólo las fuerzas políticas sino también los agentes sociales, incluidas entidades y asociaciones cívicas. Igualmente, consideramos oportuna la participación del Justicia de Aragón, dada la enorme experiencia acumulada por esa Institución, a partir de las quejas recibidas y las recomendaciones formuladas.

2. Creación de una Comisión de Ética Pública en las Cortes de Aragón.

Resultaría conveniente prever, dentro de la estructura de funcionamiento de las Cortes de Aragón, la constitución de una comisión permanente de Ética Pública encargada de promover estándares de conducta pública en el conjunto de las instituciones de la Comunidad Autónoma y velar por su cumplimiento, a través de los necesarios mecanismos de control parlamentario.

3. Establecimiento del régimen de conflictos de intereses de los altos cargos.

El objetivo de esta medida debiera ser el establecimiento de las obligaciones que incumben a los miembros del Gobierno y a los altos cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para prevenir situaciones que puedan originar conflictos de intereses, en la línea de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado; no quedándose en una mera reproducción de las normas de incompatibilidades tal y como se han concebido hasta ahora, sino constituyendo un nuevo régimen jurídico regulador de la actuación de los altos cargos en el que, perfeccionando el anterior de incompatibilidades, se introduzcan nuevas exigencias y cautelas para garantizar que no se puedan producir situaciones que pongan en riesgo la objetividad, imparcialidad e independencia del alto cargo, sin perjuicio de la jerarquía administrativa.

Sería el sistema oportuno para consagrar el principio de dedicación exclusiva del alto cargo a su puesto público, restringiendo todas aquellas actividades que puedan perturbar o incidir en el desempeño de sus funciones públicas, eliminando, por ejemplo, para los altos cargos la percepción de cualquier retribución o asistencia por su participación en los órganos rectores o Consejos de Administración de las empresas con capital público. Lo que supondría una mejora en la transparencia del sistema retributivo de los altos cargos.

De igual modo podría establecerse, como sucede en instituciones de nuestro entorno, que las incompatibilidades de los altos cargos funcionarios no sólo deben estar vigentes durante el periodo que dure su mandato, sino también después durante un cierto tiempo, en general de más de tres años para evitar el riesgo de tráfico de influencias o empleo inadecuado de información obtenida durante el ejercicio del cargo.

Podrían además regularse los requisitos previos para el nombramiento de los titulares de determinados órganos, previendo su comparecencia ante las Cortes de Aragón, donde podrían ser analizados en cuanto a su competencia e independencia.

4. Establecimiento de un sistema de alertas éticas.

Establecer un sistema con las debidas garantías de seguridad jurídica, confidencialidad y protección de los interesados para llevar a la práctica el compromiso previsto en el artículo 8 de la Convención de la Naciones Unidas contra la Corrupción, para posibilitar que los funcionarios y demás empleados públicos puedan informar a los órganos competentes de los casos de corrupción o de conductas irregulares de las que sean conocedores con motivo de su actividad profesional.

5. Transparencia y acceso a la información pública.

La política de transparencia en la gestión pública ha de plantearse como un mecanismo de rendición de cuentas y de buen gobierno, al mismo tiempo que como un elemento de prevención de la corrupción pública, configurándose como un elemento esencial para asegurar la confianza de los ciudadanos en las instituciones.

La transparencia ha de alcanzar no sólo al contenido de las decisiones sino también a su justificación y criterios de adopción, es decir, a la finalidad perseguida con cada decisión pública acordada, de modo que quepa vincularla a una finalidad de interés general.

Elemento principal de la transparencia pública ha de ser el acceso de los ciudadanos a la información y documentos públicos, de acuerdo con los criterios que inspiran el Convenio del Consejo de Europa sobre acceso a los documentos públicos, de 27 de noviembre de 2008, y que se concretan en los objetivos siguientes: proporcionar una importante fuente de información para los ciudadanos; contribuir a la formación de una opinión fundamentada sobre el estado de la sociedad y sobre la gestión de las autoridades públicas; y, finalmente, fomentar la integridad, la eficacia, la eficiencia y la responsabilidad de las autoridades públicas.

De acuerdo con lo que señala la Declaración de Malmö de la Unión Europea sobre la administración electrónica (2009), es necesario reforzar la transparencia de los procesos administrativos, puesto que la transparencia promueve la responsabilidad y la confianza en el gobierno.

viernes, 16 de septiembre de 2011

FORMULADO ESCRITO DE DEMANDA EN EL RECURSO CONTRA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA 2011.

En el transcurso de esta semana, la Asociación ha formulado escrito de demanda en el recurso contencioso-administrativo, en vía de protección de derechos fundamentales, promovido contra la Oferta de Empleo Público para 2011, aprobada por Decreto 83/2011, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón, en el que se expresan las razones jurídicas que fundamentan la impugnación.

En el citado escrito se señalan las obligaciones legales incumplidas por el Gobierno de Aragón en relación con la aprobación de la Oferta anual de Empleo Público, recogidas tanto en el Estatuto Básico del Empleado Público como en la Ley de Ordenación de la Función Pública, y que se refieren al deber de inclusión en dicha Oferta de la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por personal interino.

Como ha venido sosteniendo de forma reiterada esta Asociación -tesis ahora respaldada por la Sentencia de 29 de octubre de 2010 del Tribunal Supremo, que vino a anular la Oferta de Empleo Público de 2007-, el incumplimiento de tales previsiones legales constituye una vulneración directa del derecho fundamental de acceso a las funciones públicas, reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución Española.

Ni los criterios de orden económico ni la invocada potestad de autoorganización por parte de la Administración pueden prevalecer sobre la obligatoriedad de inclusión en Oferta de las plazas vacantes ocupadas por personal interino, pues la existencia y ocupación de tales plazas es indicador suficiente de su necesidad y, por ello, resulta exigible que se proceda a su cobertura mediante los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Con este escrito procesal, la Asociación viene a solicitar al Tribunal Superior de Justicia de Aragón, por cuarta vez, la anulación de una Oferta de Empleo Público del Gobierno de Aragón, como ya hizo con la correspondiente a 2007 -tanto en la vía ordinaria como en la de derechos fundamentales- y la correspondiente a 2011 -exclusivamente por la vía ordinaria-, en la confianza de que dicho Tribunal recoja el criterio fijado por el Tribunal Supremo en la sentencia que anuló la Oferta de 2007, en la que se reclamaba el respeto al contenido esencial del derecho de acceso a la función pública, a través de la exigibilidad de los procesos selectivos para acceder, al menos, a las plazas vacantes ocupadas por personal funcionario interino.

No deja de ser lamentable que, tras la sentencia del Tribunal Supremo, el Gobierno de Aragón reiterara su actitud de frontal vulneración de la legalidad de función pública -además de mantener todavía inejecutada la resolución del Supremo-, viéndose obligada esta Asociación a reiterar, por tercer año, la impugnación de la Oferta de Empleo Público aprobada. No creemos que quepa criticar nuestra insistencia en los recursos de impugnación promovidos, sino la contumacia de un Gobierno -como el de la coalición PSOE-PAR, en la pasada legislatura- en vulnerar la legalidad y lesionar con ello el ejercicio de los derechos constitucionales de los ciudadanos.

lunes, 12 de septiembre de 2011

PUBLICACIÓN DEL DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN PARA LA VIII LEGISLATURA DE LAS CORTES DE ARAGÓN.Tercera entrega.

Continuamos con esta tercera entrega la publicación del DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN PARA LA VIII LEGISLATURA DE LAS CORTES DE ARAGÓN, que la Asociación para la Defensa de la Función Pública de Aragón preparó y publicó el 27 de julio de 2011. De este documento tienen copia, enviada al final de ese mes, los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón y la Presidenta del Gobierno de Aragón. Si se quiere disponer del documento en formato pdf, es necesario escribir una correo de petición a la asociación.

7. Participación ciudadana y control social de las políticas públicas.

La participación de los ciudadanos en los asuntos públicos y en los procedimientos de toma de decisiones públicas es uno de los ejes imprescindibles de toda Administración democrática. Es un cauce necesario de interrelación permanente entre los ciudadanos y las instituciones públicas, pero también un mecanismo de información y control del que disponen los ciudadanos respecto a la gestión de los asuntos públicos.

La estrategia de participación ciudadana que han de impulsar los poderes públicos tiene que estar exenta de dirigismo o vocación de control social y asegurar los derechos y mecanismos de participación de forma precisa para los actores y de forma transparente para el conjunto de los ciudadanos.

Se deben impulsar y potenciar los órganos de consulta y participación sectorial actualmente existentes –destacando entre ellos el Consejo Económico y Social y el Consejo de Protección de la Naturaleza- y dotarlos de contenido real, previendo su intervención no sólo en los procesos de elaboración normativa, sino sobre todo en los procesos de decisión de gasto público –en la elaboración de los anteproyectos de presupuestos- y en los mecanismos de evaluación de políticas públicas, debiendo asignarles la elaboración de un informe anual sobre el estado y evolución del sector del que se ocupan.

Participación y control han de ir unidos, precedidos de un buen sistema de acceso a la información pública, para que ambas funciones revistan efectividad y calidad.

Como es obvio, y no cabe eludir lo que ha sido una preocupación constante de la Asociación, ha de salvaguardarse el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de participación en los asuntos públicos, como es el derecho de petición reconocido en el artículo 29.1 de la Constitución Española. Ha de asegurarse el cumplimiento de las obligaciones que la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del derecho, impone a las diferentes autoridades públicas, y en concreto debe elaborarse una memoria anual relativa al ejercicio del derecho y los resultados del mismo por parte de cada institución autonómica –Presidente, Gobierno de Aragón y Cortes de Aragón- y elaborarse un reglamento que clarifique la tramitación de las peticiones, tal como sugirió en la pasada legislatura el Justicia de Aragón al Gobierno de Aragón.

8. Publicidad de la actuación de los órganos de consulta y participación.

Para garantizar la transparencia y el acceso a la información de los máximos órganos consultivos y de participación en las distintas políticas sectoriales del Gobierno de Aragón, las sesiones de dichos órganos debieran ser públicas, asegurando la existencia de una tribuna de público y posibilitando la presencia de la prensa. Actas, acuerdos y demás documentación elaborada por los mismos han de ser públicos y resultar accesibles por procedimientos telemáticos.

9. Reordenación del sector público autonómico.

La calidad institucional ha de tener su plasmación en una adecuada, clara y eficiente organización administrativa, tanto en lo que afecta a la estructura departamental –órganos centrales y periféricos-, como a la ordenación de la administración institucional y sector público empresarial y fundacional.

La descentralización funcional y la creación de entes instrumentales sometidos al derecho privado no debiera afectar al ejercicio de potestades administrativas, cuyo ejercicio queda mejor garantizado con su adscripción a la administración departamental, y la iniciativa empresarial pública no debiera ni desplazar o suplantar a la iniciativa privada ni actuar desde la opacidad y la pretensión de constituir una estructura paralela o duplicada de la administrativa, exenta de las garantías y exigencias propias del acceso al empleo público que marca el Estatuto Básico del Empleado Público.

Los organismos públicos en particular las entidades de derecho público como es el caso del INAGA o de AST que deban desarrollar funciones administrativas, a realizar por funcionarios públicos, deberán seleccionarlos de acuerdo con los mismos criterios con los que se selecciona en la Administración pública.

Todas las disposiciones administrativas deberán identificar el nivel administrativo y la competencia técnica que deben ostentar los funcionarios públicos a los que corresponde el ejercicio de las funciones definidas.

Deberá asegurarse la existencia de los controles oportunos para evitar la huida del Derecho Administrativo por parte del sector público autonómico y local aragonés.

10. Control parlamentario del cumplimiento de los mandatos normativos.

Las leyes que aprueban las Cortes de Aragón contienen frecuentemente mandatos de desarrollo reglamentario dirigidos al Gobierno de Aragón o a alguno de sus Departamentos, resultando deseable que se establezca un mecanismo institucional de control de su cumplimiento, con requerimientos en el caso de incumplimiento, de manera que el desarrollo de las leyes no sólo sea una cuestión de control político por parte de los grupos parlamentarios de la Cámara sino también, y sobre todo, un ámbito de impulso de la acción de gobierno que corresponde ejercer de forma institucional a la propia Cámara.

Dicha función podría contar con el informe previo a emitir por el Justicia de Aragón, al ser una institución nombrada por las Cortes de Aragón para el ejercicio, entre otras misiones, de la defensa del ordenamiento jurídico aragonés, debiendo comprender ésta la aprobación de las normas de desarrollo reglamentario que, en cada caso, marcan las leyes aragonesas.

11. Calidad normativa.

Hay que observar con preocupación la deficiente técnica normativa actual en la elaboración de numerosas normas de rango legal y reglamentario por parte de las instituciones autonómicas, incurriéndose en defectos reiterados en el procedimiento de tramitación –con endebles memorias justificativas e insuficientes memorias de coste económico- y defectos de formulación y estructura jurídica, lo que demanda un claro esfuerzo de mejora técnica.

Sin embargo, el objetivo de calidad normativa no puede quedar reducido al ámbito formal propio de la técnica normativa, aun siendo absolutamente imprescindible velar por tal calidad formal. Ha de impulsarse igualmente la calidad material de las normas a aprobar –dimensión material que se conoce como better regulation-, y que se refiere a su coherencia y practicabilidad, a su idoneidad para obtener los resultados pretendidos, en un marco de seguridad jurídica y de previsibilidad de sus efectos sociales e impacto en la actividad económica y en el medio ambiente.

La calidad de las normas ha de estar necesariamente vinculada a la obligada simplificación administrativa –en conexión con los planes de reducción de cargas administrativas- y a la evaluación de políticas públicas, dado que el impacto normativo o efectos reales de la norma aprobada es un elemento esencial para evaluar las políticas públicas a las que las normas van asociadas.

viernes, 9 de septiembre de 2011

PUBLICACIÓN DEL DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN PARA LA VIII LEGISLATURA DE LAS CORTES DE ARAGÓN.Segunda entrega

Continuamos con esta segunda entrega la publicación del DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN PARA LA VIII LEGISLATURA DE LAS CORTES DE ARAGÓN, que la Asociación para la Defensa de la Función Pública de Aragón preparó y publicó el 27 de julio de 2011. De este documento tienen copia, enviada al final de ese mes, los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón y la Presidenta del Gobierno de Aragón. Si se quiere disponer del documento en formato pdf, es necesario escribir una correo de petición a la asociación.

Segunda entrega

3. Consolidación del sistema de control externo de la gestión económica del sector público aragonés.

La puesta en funcionamiento de la Cámara de Cuentas, como órgano de control externo de la gestión económico-financiera del sector público aragonés, ha de hacerse con todas las garantías de rigor necesarias para no comprometer el desempeño de su relevante función.

Es necesario conectar la puesta en marcha de la actual Cámara con la inexistencia de una Escala de Intervención y Auditoría profesionalizada en la Administración autonómica, carencia que en buena medida parece trasladarse ahora a la estructura propia de la Cámara. Órganos de alta especialización como la Cámara de Cuentas requieren sustentarse en el trabajo profesional de servidores públicos especialmente cualificados e independientes para dicha función, lo que ha de garantizarse a través de la selección, formación y provisión de puestos de trabajo. En este sentido debe recordarse la Declaración de Lima, de 1998, de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) ,sobre Líneas Básicas de la Fiscalización que en su artículo 6.3 recoge expresamente que. “Los funcionarios de control de las Entidades Fiscalizadoras Superiores deben ser absolutamente independientes, en su carrera profesional, de los organismos controlados y sus influencias”.

Debiera igualmente asegurarse un estricto régimen de incompatibilidades de los miembros de la Cámara, que contribuya a su máxima independencia.

4. Reforzamiento del Justicia de Aragón.

La ampliación del ámbito de intervención del Justicia de Aragón efectuada por la reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón de 2007, en su artículo 59, aconsejaría revisar la actual ley reguladora de la dicha institución, lo que debería aprovecharse para dotar a la institución de mayores facultades jurídicas para el ejercicio de sus funciones, tanto en la defensa de los derechos y libertades de los aragoneses como en la tutela del ordenamiento jurídico aragonés.

Dicha ley reguladora debería dotar al Justicia de Aragón de facultades para el ejercicio de acciones judiciales, tanto en lo que concierne a la protección de los derechos fundamentales –dentro del procedimiento preferente y sumario establecido en los diferentes órdenes jurisdiccionales para su defensa- como en la posible impugnación de reglamentos aprobados por el Gobierno de Aragón o sus Consejeros que contradigan el Estatuto de Autonomía o las leyes aragonesas aprobadas en desarrollo del mismo.

Asimismo, debiera tratarse de poner fin a la situación de inaplicación legal existente, desde la creación de dicha Institución, en cuanto al nombramiento de la figura de Lugarteniente, hecho que en sí mismo supone una clara inaplicación del ordenamiento jurídico aragonés. Igualmente debiera promoverse la conversión de puestos de naturaleza eventual, que solo pueden desempeñar tareas de confianza o asesoramiento especial, en puestos propios de funcionarios de carrera, al objeto de dar estabilidad y continuidad al núcleo básico de personal asesor de la institución.

5. Colaboración de los responsables públicos con los órganos de control externos: Justicia de Aragón, Defensor del Pueblo, Cámara de Cuentas y Tribunal de Cuentas.

Una de las notas que han de caracterizar el buen funcionamiento institucional es el correcto ejercicio de las funciones de control –como las ejercidas por el Justicia de Aragón y la Cámara de Cuentas-, lo que requiere una decidida colaboración por parte de los órganos e instituciones sujetas a dicho control, para no inutilizar o devaluar los sistemas de garantía de legalidad y de eficiencia que representan las instituciones de control.

Se ha de velar especialmente por el cumplimiento de los deberes de colaboración con las instituciones de control, con un severo régimen de sanciones efectivas para quienes nieguen su colaboración a las mismas o dificulten el desempeño de sus funciones. En aquellos casos en que la obstaculización a su labor esté calificada como delito, tales comportamientos han de ser debidamente investigados por el Ministerio Fiscal, para desterrar cualquier atisbo de impunidad en la gestión de los asuntos públicos.

6. Rigor, transparencia y participación en la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuestos y remisión en plazo a las Cortes de los antecedentes del Proyecto.

La elaboración del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma ha de ir ligada a un cumplimiento estricto del calendario establecido, tanto para los trabajos preparatorios como para su aprobación y remisión a las Cortes de Aragón.

El Gobierno de Aragón ha de aprobar y remitir a las Cortes de Aragón, antes del 1 de octubre de cada ejercicio, el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio siguiente, conforme a lo previsto en el artículo 111.4 del Estatuto de Autonomía.

Dicho Proyecto de Ley ha de remitirse a las Cortes de Aragón acompañado de los antecedentes necesarios para poder pronunciarse sobre el mismo, tal como dispone el artículo 122.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, y ello con independencia de las comparecencias de los Consejeros para informar sobre las cuentas correspondientes a sus respectivos Departamentos.

Cumplir el plazo, supone la primera medida de disciplina presupuestaria, a la que ha de someterse el Ejecutivo en la elaboración y posterior ejecución del presupuesto, y tiene como resultado permitir al Parlamento disponer del plazo habilitado para su examen, enmienda y aprobación.

La elaboración del Anteproyecto de Ley debiera abrir mecanismos de participación ciudadana, especialmente en aquellas políticas públicas que cuentan con órganos propios de participación y consulta, en los que se hallan presentes las organizaciones de la sociedad civil propias del sector sobre el que se proyecta la correspondiente política pública.

El Proyecto de Ley de Presupuestos ha de incorporar indicadores de resultados válidos para evaluar los resultados de las diferentes políticas públicas y contrastar la eficiencia de la gestión de los programas presupuestarios, y asimismo el ciclo de ejecución presupuestaria ha de garantizar, como elemento de transparencia, la trazabilidad de los diferentes créditos o partidas presupuestarias.

Debe considerarse oportuna la emisión de informes públicos sobre la elaboración, ejecución y liquidación del presupuesto, en línea con las recomendaciones de los organismos internacionales.

jueves, 8 de septiembre de 2011

LOS PLAZOS DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS: ¿OLVIDO DE LA LEGALIDAD?

Todo parece indicar que, por tercer año consecutivo, el Gobierno de Aragón incumplirá la obligación legal y estatutaria de remitir a las Cortes de Aragón el Proyecto de Ley de Presupuestos antes del último trimestre del ejercicio en curso, tal y como exige el artículo 111.4 del Estatuto de Autonomía de Aragón y reitera la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Aunque quepa invocar razones para señalar la dificultad de elaborar los presupuestos en el plazo exigido por las leyes, un Gobierno no puede eximirse a sí mismo del deber de respeto a la legalidad, como parece haber hecho el actual Gobierno de Aragón, al aprobar las normas de elaboración del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 2012, mediante Orden de 16 de agosto de 2012, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, en la que, de forma expresa, se olvidan los plazos legales imperativos para el Gobierno y se establece un calendario de elaboración del anteproyecto de presupuesto que, de forma directa y expresa, vulnera el principio de jerarquía normativa, al marcar plazos que exceden la obligada fecha de remisión a las Cortes de Aragón.

El mismo incumplimiento de los dos últimos años del Gobierno de Marcelino Iglesias, hecho que esta Asociación trasladó al Justicia de Aragón, por entender que se trataba de una grave vulneración del Estatuto de Autonomía por parte de una institución pública obligada a su estricto respeto, viene ahora a reproducirse, en su estreno presupuestario, por el Gobierno de Luisa Fernanda Rudi. Convendría recordar que los estándares de legalidad los fija el ordenamiento jurídico y no las prácticas irregulares en que incurren las instituciones. Es decir, el incumplimiento del Gobierno anterior no disculpa el incumplimiento en que, sin ningún tipo de reparo, parece estar dispuesto a incurrir el actual Gobierno de Aragón.

Confiamos en que el Justicia de Aragón tome nota de la nueva vulneración del Estatuto de Autonomía por parte del Gobierno de Aragón -da igual, al parecer, el signo político de éste- y formule a sus miembros, de oficio -sin necesidad de una tercera queja por parte de esta Asociación por idéntico motivo- un recordatorio claro y contundente sobre el deber de todos los poderes públicos de ajustar su actividad a la legalidad, remarcando la supremacía que, dentro del ordenamiento aragonés, corresponde al Estatuto de Autonomía de Aragón. El rigor presupuestario que se predica debería empezar, precisamente, por el respeto máximo al procedimiento de elaboración del Presupuesto.

viernes, 2 de septiembre de 2011

EL CONTEXTO IMPRESCINDIBLE PARA UN CONCURSO: RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO Y OFERTA DE EMPLEO.

Al margen de las dificultades que conlleva la realización de un concurso de provisión de puestos de trabajo de las magnitudes que plantea el Departamento de Hacienda y Administración Pública, que afectaría a más de mil quinientos puestos de trabajo –cifra que pone de manifiesto el grado de desidia y desorden en que se hallaba el mecanismo de cobertura de puestos de trabajo, convirtiendo la excepción en regla general-, no es posible olvidar que la provisión de puestos de trabajo, para que sea efectiva y acorde con las reglas de la función pública, precisa de un contexto adecuado, que en este momento no parece contemplarse.

No vamos a insistir ahora en la idea de la transparencia y en la necesidad de contar con una información veraz sobre el estado de cobertura de los puestos de trabajo, para así poder analizar la idoneidad de las medidas adoptadas para subsanar sus deficiencias.

Pero consideramos necesario llamar la atención sobre dos datos de la máxima relevancia para contextualizar y dar sentido a las medidas de provisión de puestos de trabajo.

El primero de ellos, aunque pueda parecer obvio, no puede dejar de mencionarse: la provisión de puestos de trabajo, si deseamos que cuente con racionalidad, exige la previa ordenación de los puestos de trabajo, algo que estos momentos no se produce, puesto que se halla pendiente la reestructuración de prácticamente todos los Departamentos, tanto de sus servicios centrales como periféricos, lo cual sin duda afecta a un importante número de puestos de trabajo, principalmente los puestos de estructura o singularizados. ¿Es posible convocar en concurso la provisión de puestos llamados a suprimirse en una futura modificación de la relación de puestos de trabajo para adecuarse a la nueva estructura departamental? Los puestos, y sus condiciones de provisión, se definen en las relaciones de puestos de trabajo y éstas, en la actualidad, no reflejan las necesidades de la nueva organización administrativa, por lo que carece de sentido promover su provisión antes de su adecuación. Sin embargo, nada se ha dicho sobre el imprescindible desarrollo de las estructuras de los Departamentos –con la inevitable reducción de puestos de estructura que conlleva la fusión de algunos Departamentos- y la definición de unidades administrativas y puestos de trabajo a realizar, en un segundo momento, a través de la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo. El trabajo de ordenación ha de ser previo a la provisión, pues ésta viene determinada por el contenido de las relaciones de puestos de trabajo.

Si importante es la definición previa de los puestos de trabajo, sin la cual carece de sentido una convocatoria masiva de provisión, más importante aún es la combinación de la movilidad con las medidas de selección de personal de nuevo ingreso, a través de una oferta de empleo público que se ajuste a las necesidades reales, y que garantice con ello el derecho constitucional de acceso de los ciudadanos a la función pública. Y es que el problema de la función pública no se reduce a la provisionalidad –en la que tanto ha insistido el Consejero de Hacienda y Administración Pública, al hablar de comisiones de servicio y adscripciones provisionales-, sino que se centra sobre todo en la temporalidad, es decir, en la alta tasa de interinidad existente, por el incumplimiento de la normativa de selección de personal. Pese a ello, no parece que el anunciado macroconcurso se acompase con medidas de selección de personal, entre otras, y con carácter prioritario, la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo que anuló la Oferta de Empleo Público de 2007, que obliga a convocar todas las plazas vacantes cubiertas por interinos que no incluyeron en la citada Oferta, lo que según estimaciones de esta Asociación afectaría a 2.400 plazas de Administración General. Difícilmente se puede lograr la cobertura de los puestos de trabajo, cuando cerca de un tercio de la plantilla existente –al ser interinos- carece del derecho a participar en las convocatorias de concurso, y además son potenciales perjudicados de la movilidad del resto de la plantilla, que a través del concurso no sólo puede desplazarlos de su puesto de trabajo sino expulsarlos de la Administración. Ese efecto perverso del macroconcurso anunciado no parece haberse considerado.

En definitiva, creemos que el macroconcurso anunciado carece de racionalidad si no va precedido de la adecuación de las relaciones de puestos de trabajo de los nuevos Departamentos de la Administración autonómica –en las que se fijen los puestos ajustados a la nueva estructura-, y carece de legitimidad si no va acompañado de medidas que garanticen la incorporación de personal de nuevo ingreso –laboral y funcionario- a las plazas hoy ocupadas por personal interino. El macroconcurso, como toda medida de provisión de puestos de trabajo, tiene un doble perfil: es una medida de ordenación administrativa para asignar tareas y responsabilidades y un mecanismo que posibilita la movilidad del personal y, a través de ella, articula la carrera administrativa o promoción profesional. Pero no es posible garantizar ni la racionalidad ni la legitimidad de la medida si la provisión –a través de fórmulas de movilidad- no se vincula a la selección de personal, a través de la oferta de empleo público, pues ésta constituye la primera y básica medida de provisión de puestos de trabajo, y además, y no es posible ignorarlo, es un derecho constitucional de los ciudadanos, por cuya vulneración el Tribunal Supremo ha condenado al Gobierno de Aragón en fechas recientes.

jueves, 1 de septiembre de 2011

PRÓXIMA REUNIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN: 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011.

De acuerdo con lo decidido por la Asamblea General de la Asociación, y con el fin de posibilitar la máxima participación de los socios en los debates de sus órganos directivos, la celebración de las reuniones de la Junta Directiva se hallan abiertas a la participación de todos los socios que deseen asistir a las mismas, en las que podrán participar con voz pero sin voto en el debate de los diferentes puntos del orden del día propuesto.

Además, y con el fin de asegurar la máxima transparencia en la actividad de la Asociación, de cara al conjunto de sus socios y de la ciudadanía en general, las convocatorias de la Junta Directiva son objeto de publicación en el blog de la Asociación, permitiendo con ello no sólo el conocimiento general de los asuntos a tratar, sino también la aportación de ideas y comentarios a los puntos incluidos en el orden del día, enriqueciendo con ello el debate interno de la Junta Directiva.

En consecuencia, se procede a la publicación de la convocatoria de la reunión de la Junta Directiva de la Asociación, correspondiente al próximo martes, 6 de septiembre:

CONVOCATORIA:

De acuerdo con lo señalado en el artículo 17 de los Estatutos de la Asociación, se convoca reunión de la Junta Directiva, a celebrar el próximo día 6 de septiembre, a partir de las 19:00 horas, en los locales de la Junta Municipal Centro, sitos en la calle Hernán Cortés, 33, proponiéndose el siguiente

Orden del día:


1. Aprobación del orden del día.
2. Aprobación del acta de la reunión anterior.
3. Informe de actividad por parte del Presidente.
4. Preparación del encuentro con el Consejero de Hacienda y Administración Pública.
5. Propuestas, ruegos y preguntas.

miércoles, 31 de agosto de 2011

PUBLICACIÓN DEL DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN PARA LA VIII LEGISLATURA DE LAS CORTES DE ARAGÓN.

Iniciamos con esta primera entrega la publicación del DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN PARA LA VIII LEGISLATURA DE LAS CORTES DE ARAGÓN, que la Asociación para la Defensa de la Función Pública de Aragón preparó y publicó el 27 de julio de 2011. De este documento tienen copia, enviada al final de ese mes, los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón y la Presidenta del Gobierno de Aragón. Si se quiere disponer del documento en formato pdf, es necesario escribir una correo de petición a la asociación.


Primera entrega


DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN PARA LA VIII LEGISLATURA DE LAS CORTES DE ARAGÓN.

OBSERVACIÓN PREVIA.

El presente documento, necesariamente incompleto, pretende recoger un conjunto de propuestas orientadas a reforzar objetivos de buen gobierno y buena administración en la Comunidad Autónoma de Aragón y en las entidades locales aragonesas, insistiendo en la centralidad del papel que en dicha estrategia corresponde a una función pública eficiente y altamente profesionalizada. Algunas de las propuestas formuladas aconsejan un riguroso y pausado debate, para madurar soluciones de amplio consenso político y social, y otras reclaman un diseño definitivo y un impulso lo más inmediato posible para corregir insuficiencias que hoy lastran el funcionamiento eficiente de la Administración Pública.

El buen gobierno y la buena administración son conceptos cada día más consolidados en lo que se refiere al ejercicio del poder político dentro de una sociedad democrática, a la calidad de sus instituciones y al establecimiento del marco adecuado para asegurar o fomentar el respeto a los derechos de los ciudadanos, la calidad de los servicios públicos, la confianza de los ciudadanos hacia las instituciones y el buen funcionamiento de la economía, propiciando inversión, transacciones económicas y generación de empleo estable y de calidad.

Ambos conceptos tienen una enorme potencialidad para condensar la aspiración de los ciudadanos de contar con unas instituciones cuya ordenación y funcionamiento se rija por la calidad, la integridad, la transparencia y el respeto a la ley, sin otro objeto que procurar la libertad, seguridad y bienestar de los ciudadanos.

La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa considera que un factor decisivo para el logro de los objetivos de buen gobierno y buena administración es disponer de una función pública profesional e imparcial, seleccionada por criterios objetivos de mérito y capacidad, y plenamente comprometida en su actividad con los valores constitucionales, en los que ha venido a plasmarse la ética pública de nuestra sociedad.

Unos servidores públicos conscientes de los principios éticos que rigen su función y comprometidos con su plena vigencia son un factor imprescindible para contribuir al éxito de funcionamiento del Estado social y democrático de Derecho y del Estado autonómico que ha configurado la Constitución Española de 1978.

I. BUEN GOBIERNO.


A. ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL Y CALIDAD DE LAS INSTITUCIONES.

1. Calidad institucional.

El primer objetivo en toda estrategia de buen gobierno es identificar los factores que definen tal dimensión en el ejercicio de las funciones y potestades públicas y evaluar el desempeño de cada una de las instituciones existentes, para detectar insuficiencias e impulsar programas y medidas de mejora. El buen gobierno es ingrediente básico de una cultura democrática sólida y es, además, el principal factor para generar una cultura cívica fuerte y facilitar el desarrollo social y económico de un país.

La calidad institucional ha de ser una preocupación y un objetivo compartidos por todos, por los poderes públicos y por el conjunto de la sociedad. De ahí también la importancia de establecer mecanismos para su medición, y en el caso del Estado autonómico español, el interés de medir el grado de calidad institucional o buen gobierno de sus diferentes niveles de gobierno, tanto estatal como autonómico, posibilitando con ello conocer la concreta situación de cada Comunidad Autónoma en relación con las otras, en terrenos tan fundamentales como la rendición de cuentas, la eficacia de gobierno, la calidad normativa, el imperio de la ley o el control de la corrupción, todos ellos indicadores utilizados por el Banco Mundial desde hace dos décadas para evaluar la calidad de las instituciones de más de 200 países y territorios.

2. Responsabilidad y lealtad institucional.

El correcto ejercicio de la misión asignada a cada institución pública constituye la principal obligación de todo responsable institucional o cargo público, para contribuir al aseguramiento de las libertades públicas, a la realización de los derechos de los ciudadanos y a la satisfacción del interés general,

El desempeño de las funciones ha de realizarse en el marco de los principios y deberes básicos que impone la ordenación del Estado social y democrático de Derecho y del Estado autonómico, desde el pleno convencimiento de que la realización de los objetivos del sistema político reside, en gran medida, en que cada institución cumpla su respectiva misión y lo haga desde el respeto a las restantes instituciones y en colaboración con ellas.

Un claro ejemplo del deber de lealtad institucional es el cumplimiento por parte de las Administraciones de la obligación de facilitar al Justicia de Aragón la información solicitada en el ejercicio de su labor de protección de los derechos de los ciudadanos. El estado de cumplimiento del amplio número de deberes de colaboración entre las instituciones aconsejaría establecer un mecanismo de seguimiento y análisis por parte de alguna Comisión permanente de las Cortes de Aragón o del propio Justicia de Aragón, para destacar la importancia que dicha lealtad reviste en la construcción y funcionamiento de nuestro modelo constitucional de separación y descentralización del poder político. Otro ejemplo de lealtad sería la remisión a las Cortes de Aragón por parte del Gobierno de Aragón de toda aquella documentación y antecedentes necesarios para el análisis de los Proyectos de Ley remitidos a la Cámara, como exige el artículo 122.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, a pesar de haberse suprimido, de forma injustificada, tal obligación en la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón aprobada en 2009.

viernes, 26 de agosto de 2011

RECUPERAR LA CULTURA DE LA LEGALIDAD: IDEAS PARA UN DEBATE.

Esta Asociación formuló el pasado mes de julio su Documento de propuestas para el buen gobierno y la buena administración en la Comunidad Autónoma de Aragón, documento que fue remitido a la Presidenta del Gobierno de Aragón, a los titulares de las restantes instituciones autonómicas y a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón. Podrán gustar o convencer más o menos, pero constituyen una contribución teórica realizada desde esta Asociación para mejorar la calidad democrática de nuestras instituciones y, por extensión, de nuestra sociedad.

Creemos que una de las mayores carencias de nuestra organización administrativa es la producción de ideas y el debate de propuestas, un terreno prácticamente abandonado por los órganos directivos de la Administración e inexplorado por el Instituto Aragonés de Administración Pública. Es difícil saber hacia dónde cabe encaminarse cuando prácticamente se ha abandonado el análisis de la realidad y la elaboración de propuestas u objetivos. En tal sentido, propusimos al Justicia de Aragón, ya al inicio de nuestra existencia, un Aula de Buena Administración, en la que se tuviera un foro permanente para profundizar en las exigencias de mejora de la actividad de nuestra Administración y de las cualidades profesionales de los servidores públicos, empezando por planteamientos éticos o de conducta en el desempeño de la función pública. Tal propuesta fue bien acogida, pero no llegó a plasmarse en nada real.

No puede extrañarnos la situación que vive la administración autonómica y la deriva que se ha experimentado en nuestra función pública –gravemente desarticulada-, cuando las políticas de recursos humanos y de calidad de los servicios han estado presididas, durante mucho tiempo, por el abandono o la inconsistencia. Parecía haberse olvidado –o algo peor- que no es posible contar con una buena Administración sin una buena función pública, y ésta no es posible sin una correcta ordenación de la selección, formación y provisión de puestos que asegure su profesionalidad. El desorden e incumplimiento de las normas que han imperado en esta materia ha debilitado poderosamente la calidad de la función pública y, consecuentemente, se ha resentido la adecuación y eficiencia de la actividad de la Administración.

Las numerosas peticiones realizadas desde esta Asociación –sin resultado alguno durante la anterior legislatura- creemos que siguen siendo útiles para el imprescindible debate de cómo mejorar la situación, y las abundantes quejas y denuncias realizadas señalan igualmente carencias y malas prácticas que sigue siendo necesario corregir o erradicar.

Deseamos creer que los nuevos responsables del Gobierno de Aragón tienen entre sus prioridades acometer una profunda reforma de la Administración Pública, a partir de devolver a la función pública la condición de garante de la legalidad, del interés general y de los derechos de los ciudadanos que le corresponde en nuestro modelo constitucional. Deseamos creerlo aunque veamos alguna señal preocupante como el incumplimiento del deber de publicación de los nombramientos del personal eventual, que no podemos dejar de resaltar, por coherencia con nuestra trayectoria, compromiso con la legalidad y lealtad hacia las instituciones y los ciudadanos.

Esta Asociación no va a escatimar esfuerzos en colaborar con los nuevos responsables institucionales en la restauración de los valores constitucionales en el ámbito de la administración y función pública, pero éstos habrán de entender que ello en modo alguno puede implicar el guardar silencio ante manifiestos olvidos de la legalidad.

Todos debemos exigir y exigirnos un especial esfuerzo por restaurar la cultura de la legalidad, punto de partida imprescindible para avanzar en objetivos más ambiciosos de buen gobierno y buena administración. Sólo desde el compromiso con la exigencia del respeto a las leyes es posible el ejercicio legítimo de cualquier función o responsabilidad pública.

miércoles, 24 de agosto de 2011

PETICIÓN A LUISA FERNANDA RUDI SOBRE LA PUBLICACIÓN DE LOS NOMBRAMIENTOS DEL PERSONAL EVENTUAL.

Desde la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa nos hemos dirigido a la Presidenta del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, para solicitarle que asegure el cumplimiento del deber de publicación de los nombramientos del personal de confianza de los miembros del Gobierno de Aragón.

La actuación del nuevo Gobierno, hasta la fecha, ha venido a reproducir la práctica de los miembros del anterior Gobierno de Aragón, evitando la publicación de las resoluciones de nombramiento, como impone el artículo 25.5 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, y supliendo tal publicación con la inserción en el Boletín Oficial de Aragón de meros anuncios de publicidad, identificando a la persona nombrada, pero evitando que la publicación del nombramiento sea un requisito para la eficacia del mismo, lo que constituye una excepción anómala en lo que hace al principio de publicación de los nombramientos de personal.

La publicación del nombramiento es un requisito de eficacia que condiciona el legítimo ejercicio de las funciones públicas para las que una persona resulta nombrada. No es posible aceptar la excepción que parece quererse establecer por los responsables del Gobierno de Aragón en relación con el personal de confianza, al pretender que el inicio de las funciones públicas del personal de confianza no requiera la previa publicación del nombramiento.

Sería impensable que un cargo público o un funcionario iniciase el ejercicio de sus funciones con anterioridad a la publicación de su nombramiento. Tal exigencia es igualmente exigible para el personal eventual o de confianza. La libertad de la decisión del nombramiento no libera de la formalidad de la publicación, ni exime del requisito de eficacia que constituye tal publicación.

Por ello, y dado que existe un pronunciamiento expreso del Justicia de Aragón de 2010, en el que se instaba al Gobierno de Aragón a respetar el deber de publicación impuesto por la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, se ha considerado oportuno reclamar de la actual Presidenta, Luisa Fernanda Rudi, la adopción de medidas expresas para corregir la indebida práctica de los miembros de su Gobierno y garantizar el estricto cumplimiento de la ley.

A continuación se reproduce el texto íntegro del escrito remitido a la Presidenta del Gobierno de Aragón:

“Excma. Sra. Presidenta del Gobierno de Aragón

Estimada señora:

La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa ha venido solicitando de forma reiterada, ante diferentes instancias, la adopción de medidas para asegurar la necesaria transparencia en el funcionamiento de los gabinetes de los miembros del Gobierno de Aragón.

Gracias a la labor del Justicia de Aragón y de los diferentes Grupos Parlamentarios, la nueva Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, en su artículo 25.5, incorporó la obligación de que los nombramientos y ceses de los Directores, Jefes y demás miembros de los Gabinetes hubieran de ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de Aragón, previsión que no figuraba en el Proyecto de Ley elaborado por el Gobierno de Aragón.

Tal deber de publicación se vio, sin embargo, desvirtuado a través de la inserción de meros anuncios de publicidad en el Boletín Oficial de Aragón, que se limitaban a dar cuenta de la identidad de las personas nombradas en puestos de naturaleza eventual.

Dicha práctica no puede entenderse ajustada al requisito de publicación establecido por el citado artículo de la Ley 2/2009, pues en lugar de publicarse las Órdenes de los miembros del Gobierno, por las que se nombra o cesa al personal eventual de sus órganos de apoyo directo, como exigiría el cumplimiento de la Ley, parece pretenderse publicar meros anuncios de tales nombramientos, suscritos por los Secretarios Generales Técnicos de cada ámbito, y no por la autoridad competente para el nombramiento, sin reproducir, por lo tanto, los términos del acto de nombramiento o cese ni hacer depender de la publicación la efectividad de dicha decisión.

La publicación de nombramientos y ceses no se satisface con la inserción de anuncios de publicidad, técnica prevista para la adjudicación de contratos u otorgamiento de subvenciones, pero radicalmente ajena al ámbito de nombramientos de autoridades y personal.

Con tal forma de proceder, entendía esta Asociación, que no se cumplía la obligación establecida por la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, desatendiéndose la exigencia de publicación –que no de publicidad- de los nombramientos y ceses, desvinculándose de forma injustificada la eficacia de dichos nombramientos y ceses del requisito legal de publicación, y solicitó por ello la intervención del Justicia de Aragón, para asegurar el cumplimiento del ordenamiento jurídico aragonés.

El Justicia de Aragón resolvió favorablemene la queja de esta Asociación y remitió una sugerencia al Gobierno de Aragón, instándole a dar publicidad al nombramiento y cese de los Directores, Jefes y demás miembros de los Gabinetes del Gobierno de Aragón mediante la publicación de la disposición por la que se acuerda dicho nombramiento o cese, dando con ello cumplimiento debido a lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Toda vez que los miembros de su Gobierno parecen reincidir en el mismo defecto de falta de publicación del Gobierno anterior, insistiendo en la mera inserción de anuncios de publicidad en el Boletín Oficial de Aragón, en la forma expresamente desautorizada por el Justicia de Aragón, nos vemos en la necesidad de dirigirle el presente escrito de petición, al amparo del artículo 29 de la Constitución Española, para rogarle que adopte las medidas oportunas para que los titulares de los Departamentos del Gobierno de Aragón se ajusten de forma estricta al deber de publicación de nombramientos y ceses del personal eventual que impone la citada Ley 2/2009, de 11 de mayo.

Con el presente escrito le adjuntamos una copia de la sugerencia del Justicia de Aragón.

Agradeciendo la atención prestada a este escrito, reciba un atento saludo.

Zaragoza, 23 de agosto de 2011.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

lunes, 22 de agosto de 2011

OMISIONES PREOCUPANTES.


En el resumen que publica el portal del Gobierno de Aragón de la comparencia del Consejero de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón, Mario Garcés, esta mañana ante las Cortes de Aragón –y a falta de la completa transcripción de la intervención-, llama enormemente la atención, dentro del breve pasaje dedicado a la función pública, la absoluta falta de referencia al cumplimiento de la legalidad en materia de acceso al empleo público –derecho fundamental que se ha venido desconociendo de forma reiterada por el Gobierno de Aragón-, y a la consiguiente aprobación anual de las ofertas de empleo público, obviando así la abultada tasa de interinidad existente y limitando la problemática de la provisión de puestos al alto número de comisiones de servicios existente. Queremos creer que se trata de una lamentable omisión y no de un silencio deliberado sobre uno de los problemas más destacados de la función pública: la injustificada e insoportable tasa de interinidad existente, que viene a lastrar y distorsionar el sistema de provisión de puestos de trabajo y, consiguientemente, la profesionalidad y calidad de la función pública.

Esta Asociación no puede pasar por alto tal omisión o silencio, dado que la defensa del derecho de los ciudadanos para acceder a la función pública ha sido una batalla constante –librada contra los responsables de la Administración y contra los propios sindicatos mayoritarios, UGT y CCOO- y una seña de identidad de nuestra organización. Esta Asociación logró que el Tribunal Supremo anulase la Oferta de Empleo Público de 2007 por no incluir la totalidad de los puestos vacantes ocupados por personal interino, tal y como exigen el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley aragonesa de Ordenación de la Función Pública. Dicha sentencia, que afecta a 2.400 puestos de trabajo, sigue sin ejecutarse por el Gobierno de Aragón. También se hallan pendientes de fallo judicial los recursos promovidos por esta Asociación contra las Ofertas de Empleo Público de 2010 y 2011, por iguales motivos que el planteado contra la de 2007. Pese a ello, la problemática del acceso a la función pública no ha merecido un compromiso del Consejero con el respeto a la legalidad, lo cual ha de calificarse, como mínimo, de decepcionante.

Que nadie dude que esta Asociación va a defender con la misma energía que hasta ahora el derecho de acceso a la función pública. El Gobierno de Aragón está sujeto a las leyes, como ha establecido con total rotundidad el Tribunal Supremo, y está obligado a garantizar el derecho de acceso de los ciudadanos a la función pública, mediante la realización de los procesos selectivos que marca el ordenamiento jurídico. La actual tasa de interinidad, que alcanza a un tercio del total de efectivos de la Administración, es el indicio más claro de la vulneración e incumplimiento de dicho derecho.

Tampoco podemos dejar de destacar el hecho de que el Consejero no se ha comprometido de forma clara y pública a poner al alcance de todos los ciudadanos un boletín estadístico sobre la situación y evolución de la función pública aragonesa, una información que sirva para conocer el volumen y la complejidad de la Administración autonómica y, especialmente, para evaluar la gestión de las políticas de personal aplicadas por los direrentes equipos de gobierno. Carecemos en la actualidad de una correcta radiografía de la función pública aragonesa, lo cual no resulta justificable desde ningún punto de vista.

viernes, 19 de agosto de 2011

UNA COMPARECENCIA ESPERADA.

En el transcurso de la semana próxima tendrán lugar las comparecencias de los nuevos Consejeros del Gobierno de Aragón ante las respectivas Comisiones de las Cortes de Aragón, para exponer ante los representantes de los ciudadanos -encargados de ejercer el control e impulso de la acción de Gobierno-, sus propuestas de orientación de cada una de las políticas públicas, su balance de situación del respectivo Departamento del que se han hecho cargo y sus objetivos y criterios de gestión, aportando con ello concreción y detalle al programa general expuesto por la nueva Presidenta del Gobierno, Luisa Fernanda Rudi, en el debate de investidura.

A los ciudadanos les interesan y preocupan, sin duda, la totalidad de las políticas públicas a las que afecta el conjunto de las comparecencias -en especial, las medidas de ajuste que haya que adoptar para contener el gasto público-, pero esta Asociación tiene centrado lógicamente su interés en el conjunto de medidas que puedan plantearse por el titular del Departamento de Hacienda y Administración Pública, sobre los criterios con los que se van a reordenar la Administración y la Función Pública, es decir, la organización pública encargada de la ejecución del conjunto de las políticas públicas.

Esperamos que, por vez primera, el titular responsable del Departamento competente en materia de Función Pública sea capaz de formular, al inicio de la legislatura, objetivos claramente definidos que se dirijan a reforzar los valores y principios constitucionales de la función pública, como son la legalidad, la eficiencia, la transparencia y la ética pública.

Esta Asociación, desde su creación en 2007, ha venido abogando por una Administración radicalmente comprometida con el Estado de Derecho, es decir, con el respeto de la legalidad y el aseguramiento del interés general y de los derechos del conjunto de los ciudadanos. Avanzar hacia ese objetivo requiere un riguroso análisis de la situación existente y de las desviaciones que, a lo largo de los años, se han convertido en práctica habitual de los órganos directivos responsables en materia de organización y función pública. Pero junto a ese análisis, que no puede ser complaciente con la realidad actual, se requiere un claro compromiso de restablecer los valores propios del servicio público, que cabría concretar en una cultura administrativa orientada al respeto de las normas y al logro de los objetivos, con los máximos niveles posibles de profesionalidad y de eficiencia económica, de probidad y transparencia en el ejercicio de las funciones públicas.

Esta Asociación estará particularmente atenta a dos aspectos que consideramos clave para salir del actual estado de postración de la función pública, como son, por un lado, la manifiesta crisis del derecho de acceso de los ciudadanos al empleo público -por incumplimiento reiterado de la normativa en materia de oferta de empleo público-, cuya corrección pasa necesariamente por la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo que anuló la Oferta de Empleo Público de 2007 por no incluir la totalidad de las vacantes ocupadas por personal interino; y, por otro, la puesta a disposición de los ciudadanos y de sus representantes -el Parlamento autonómico- de los datos sobre el estado real de la función pública autonómica, en lo que afecta a sus niveles de interinidad y provisionalidad, al personal de las empresas públicas y a la evolución de los costes de personal, como resultado de la política retributiva pactada en el ámbito de la negociación colectiva, sin respetar los límites exigidos por la legislación básica estatal.

No han de faltar otros muchos elementos, datos y análisis en la citada comparecencia, pero difícilmente cabrá entender coherente y creible un programa de acción que no parta de un reconocimiento explícito de los problemas de la situación actual de la función pública y que no contenga un compromiso inequívoco con la garantía del derecho fundamental de acceso de los ciudadanos a la función pública, a través de las ofertas anuales de empleo público -en el volumen que se estime necesario, con sujeción a las exigencias legales-; con el deber de transparencia y de rendición de cuentas de la situación y evolución de la función pública, con el que se asegure el respeto a la legalidad administrativa y la sujeción a objetivos de eficiencia económica, particularmente en lo que afecta al régimen retributivo del conjunto de personal de la Administración Pública.



martes, 2 de agosto de 2011

ENVÍO DEL DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN A LUISA FERNANDA RUDI.

La pasada semana, desde la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, se remitió tanto a la Presidenta del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, como al conjunto de los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón, un ejemplar del documento de propuestas de buen gobierno y buena administración para la VIII legislatura de las Cortes de Aragón, documento aprobado por la Junta Directiva de la Asociación en su última sesión del pasado mes de julio.

Con dicho documento, esta Asociación quiere dejar clara su contribución a la definición de objetivos para avanzar en la ordenación de una Administración Pública y,por extensión, en un diseño institucional, que contribuya al fortalecimiento del Estado de Derecho, lo que es sinónimo de respeto a la legalidad y a los derechos de los ciudadanos. El documento supone tanto una síntesis de una amplio conjunto de medidas a considerar por parte de los diferentes poderes públicos de nuestra Comunidad Autónoma, como también un programa que ha de marcar la actuación de esta Asociación a lo largo de la legislatura que ahora comienza. Nuestras peticiones y demandas guardarán necesariamente conexión con los objetivos señalados en el citado documento.

Esperamos que tales medidas, extraídas en su mayoría de documentos de reflexión sobre la calidad democrática y el papel de la Administración y función pública a cumplir en un programa dirigido a reforzar el buen gobierno, reciban de los responsables institucionales a los que se ha remitido y remitirá en fechas próximas una mínima atención, y sirvan para el necesario debate público sobre la orientación que precisan tanto nuestras instituciones como el modo de implicar de una forma más efectiva a la ciudadanía en la toma de decisiones públicas y, sobre todo, en el control del ejercicio del poder político.

Se reproduce, a continuación, el texto íntegro del escrito remitido a la Presidenta del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, al que se acompañaba el referido documento de propuestas:

"Excma. Sra. Presidenta del Gobierno de Aragón
Edificio Pignatelli
Pº María Agustín, 36
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 27 de julio de 2011

Estimada señora:

En mi condición de presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, cuya finalidad no es otra que la defensa de los principios constitucionales que han de presidir el ejercicio de la función pública, me permio remitirle un documento en el que se contienen una serie de propuestas o sugerencias, elaboradas con motivo del inicio de la nueva legislatura de las Cortes de Aragón y la constitución del nuevo Gobierno que preside, para avanzar en objetivos de buen gobierno y buena administración, poniendo con ello en valor el papel que corresponde a las instituciones públicas en la mejora de la calidad democrática.

Las propuestas hacen referencia a diferentes cuestiones de la gestión pública, algunas de ellas ya formuladas en la pasada legislatura al amparo del derecho fundamental de petición, y suponen al mismo tiempo el programa que ha de guiar la actividad de esta Asociación a lo largo de los próximos cuatro años, en sus relaciones con las instituciones autonómicas.

Tras el paréntesis estival en el que nos encontramos, al comienzo del próximo periodo de sesiones de las Cortes de Aragón, solicitaremos una comparecencia ante la Comisión de Peticiones de dicha Cámara, para exponer ante el conjunto de representantes de los aragoneses la relación de propuestas dirigidas a mejorar la Administración autonómica y restaurar la legalidad en la ordenación de la función pública aragonesa, que deseamos someter al criterio de los diferentes Grupos Parlamentarios.

Sin perjuicio de tal comparecencia o de los contactos que puedan mantenerse con los respectivos responsables del Gobierno de Aragón, deseo adelantarle el documento elaborado, que también haremos llegar a todos los grupos parlamentarios, con la indicación de que se trata de un documento abierto, sujeto a permanente revisión y actualización por parte de esta Asociación, y con la confianza de que pueda encontrar en él un resumen de las preocupaciones que alberga una parte de los servidores públicos de la Administración autonómica para poder avanzar hacia objetivos ineludibles de mejora.

Sin otro particular, y con la esperanza de que la nueva legislatura inaugurada por las Cortes de Aragón y por el Gobierno que usted preside resulte fructífera en programas de racionalización de la Administración Pública y de regeneración de la función pública aragonesa, con el concurso valioso de todos los Grupos de la Cámara y del conjunto de la sociedad civil, reciba nuestro más atento y cordial saludo.

Julio Guiral Pelegrín
Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa"

lunes, 1 de agosto de 2011

LAS PROPUESTAS SON PARA EL VERANO.

En la última reunión celebrada por la Junta Directiva de la Asociación, el jueves 21 de julio, se aprobó el documento de propuestas para el buen gobierno y la buena administración en la Comunidad Autónoma de Aragón, documento que en estos días pasados se ha remitido a la Presidenta del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, y a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón. Si es verdad que el verano es un tiempo propicio para el reposo, no lo es menos que este verano que marca el inicio de una legislatura, con la formación del nuevo Gobierno de Aragón, lo es también para marcar y marcarse objetivos para estos próximos cuatro años. Objetivos que conviene formular sin demora, aunque su posterior concreción sea objeto de debate y deliberación pausados.

Esta Asociación ha formulado, con distinto nivel de detalle y enunciación, un conjunto de propuestas de buen gobierno, referidas a la calidad institucional y a un programa de ética pública, y de buena administración, relacionadas con los criterios de la gestión pública y la ordenación de la función pública. Se ha partido para ello del documento ya elaborado con motivo de las anteriores elecciones autonómicas, las de 2007, si bien se ha procedido a una profunda revisión de su contenido. Una parte del mismo, inevitablemente, ha de resultar invariable, pues los objetivos que persigue esta Asociación, como es el fomento y defensa de los principios constitucionales de la función pública, permanecen inalterables.

Durante estos próximos días de agosto queremos ir dando a conocer, en el blog, el conjunto de medidas que se contienen en el citado documento. Someterlas, de ese modo, al escrutino público, propiciando una reflexión y un debate en el seno de la Administración autonómica y, si fuera posible, en el conjunto de la sociedad aragonesa. La reordenación administrativa es uno de los objetivos expresamente señalados en el programa hecho público por la nueva presidenta del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, hecho que, en principio, podemos calificar de positivo, pues denota un claro interés por dotar a Aragón de una Administración eficaz, que funcione.

Pero esta Asociación no puede dejar de estar vigilante para que esa reordenación lo sea en el sentido que exigen las aspiraciones generales de buen gobierno y buena administración. Queremos un programa creible que establezca como prioridad el restablecimiento de la legalidad en la ordenación de la función pública. Resulta realmente lamentable que los Tribunales -sentencia a sentencia- tengan que estar recordando de forma constante a los responsables de personal del Gobierno de Aragón lo que dicen las leyes, insistiendo asimismo en la necesidad de que la gestión se ajuste a lo marcado en ellas. El primer paso que ha de dar la nueva Administración es el de asumir el respeto a la legalidad como premisa básica de su gestión. La ley ha de cumplirse por el ejecutivo por respeto al Estado de Derecho, sin necesidad de que los ciudadanos o los servidores públicos hayan de acudir a los Tribunales para asegurar su cumplimiento.

De poco servirían las propuestas que puedan formularse desde esta Asociación o desde otras organizaciones, igualmente preocupadas por una Administración eficiente al servicio de los ciudadanos, si no existiese un Gobierno plenamente comprometido con el respeto de la legalidad. Sólo desde el escrupuloso respeto a la legalidad cabe plantear un programa -naturalmente discutible- que marque objetivos de buen gobierno y buena administración. Queremos creer que nombramientos como el del nuevo Director General de la Función Pública, Ignacio Murillo, son signos de un claro compromiso con una gestión atenta a las exigencias del Estado de Derecho. Tan importantes como las propuestas son las personas responsables de su ejecución, y en este caso no podemos dejar de destacar los méritos y la credibilidad del nuevo responsable de la función pública, al que esta Asociación desea el mayor de los aciertos en la enorme tarea que le corresponde acometer. No tenemos la menor duda de que esta vez el diálogo que sin duda quepa mantener con él será tan leal como fructífero.

viernes, 22 de julio de 2011

SE INSTARÁ EL CONTROL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE LAS INDEMNIZACIONES POR CESANTÍA APROBADAS POR LA MESA DE LAS CORTES DE ARAGÓN.

La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa se dirigirá en próximas fechas al Tribunal de Cuentas, para instar una investigación sobre las posibles irregularidades de naturaleza contable en que hayan podido incurrir los órganos de las Cortes de Aragón al establecer, sin publicidad ni cobertura presupuestaria, un régimen de indemnizaciones por cesantía de los diputados al margen del procedimiento formal requerido.

Con independencia de la autonomía parlamentaria de que gozan las Cortes de Aragón, para aprobar su reglamento y su presupuesto, el régimen aplicable a las decisiones de gasto público no puede quedar exento de su subordinación a las normas de competencia y legalidad presupuestaria, sin que por ello decisiones de naturaleza económica puedan excluirse de la jurisdicción de los órganos de control financiero, como es el caso del Tribunal de Cuentas.

Entendemos que lo acordado por la Mesa de las Cortes de Aragón, el pasado día 7 de junio de 2011, constituye una disposición de fondos a favor de los diputados cesantes, aprobada por un órgano incompetente para ello, pues la Mesa tiene facultad para ordenar gastos pero no para autorizarlos, ya que esta función está reservada a la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma, que corresponde aprobar al Pleno de la Cámara, mediante el procedimiento legislativo especial establecido para ello.

Entendemos igualmente que la Mesa de las Cortes, por sí sola, no puede modificar el régimen de derechos propio de los Diputados de las Cortes de Aragón, establecido en el Reglamento de las Cortes de Aragón cuya aprobación y modificación o reforma corresponde igualmente al Pleno de la Cámara. Las indemnizaciones por cesantía son un derecho de naturaleza económica, cuyo establecimiento requeriría la previa modificación del Reglamento de las Cortes de Aragón y la posterior consignación en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de aquellas partidas necesarias para atender su reconocimiento y pago.

Al haberse obviado todos los procedimientos necesarios para la aprobación de nuevos –y discutibles- derechos económicos de los Diputados, tras la pérdida de tal condición, y acordarse por miembros de la Cámara directamente beneficiados por tal medida, presentes en la Mesa de las Cortes de Aragón, se estima necesario solicitar del Tribunal de Cuentas, de su Sección de Enjuiciamiento y de la Fiscalía adscrita al mismo, un análisis de las responsabilidades contables en que se haya podido incurrir al aprobar y establecer dicho sistema de indemnizaciones.

REUNIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN: UN PROGRAMA DE ACCIÓN.

Ayer tarde, en los locales de la Junta Municipal Centro del Ayuntamiento de Zaragoza, tuvo lugar una reunión de la Junta Directiva de la Asociación, conforme a la convocatoria realizada y publicada en este blog, como es pauta de actuación acordada por la Asamblea de la Asociación, para dar el mayor grado de transparencia a la actuación de sus órganos.

Tras la aprobación del orden del día y del acta de la reunión anterior, realizada el 28 de junio de 2011, el Presidente, Julio Guiral, llevó a cabo un breve informe sobre las actividades realizadas desde dicha fecha, centrado fundamentalmente en la sentencia del Tribunal Constitucional que ha otorgado amparo a la Asociación en el ejercicio del derecho de petición ante las Cortes de Aragón, frente a dos acuerdos de la Mesa de la Cámara que inadmitieron sendas peticiones de constitución de comisiones de estudio e investigación. Dicha sentencia ha sido remitida al conjunto de los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón y se está a la espera de las condiciones en que tal fallo sea aplicado por los actuales órganos del Parlamento autonómico. También desde la Asociación se ha instado a los Grupos Parlamentarios a preservar el carácter profesional e imparcial del puesto de Letrado Mayor de las Cortes de Aragón, ante la iniciativa del actual Presidente de la Cámara, José Ángel Biel, de nombrar en dicho puesto a una persona de la actual ejecutiva del PAR. Lógicamente, la Asociación sigue con interés el proceso de conformación de la nueva Administración autonómica, tras la toma de posesión del Gobierno de Aragón presidido por Luisa Fernanda Rudi, sin que el cambio de signo político del actual Ejecutivo pueda implicar cambios en los objetivos y pautas de actuación de la Asociación, más allá de la sintonía que pueda establecerse con los nuevos responsables de las áreas más directamente relacionadas con nuestro ámbito de actuación.

Seguidamente, se analizó la oportunidad de emprender actuaciones jurídicas frente al acuerdo adoptado por la Mesa de las Cortes de Aragón en relación con el establecimiento de un régimen de indemnizaciones por situación de desempleo de los diputados cesantes, acuerdo que a juicio de esta Asociación vulnera los principios básicos de competencia, legalidad y publicidad, dado que su adopción no puede corresponder a la Mesa de la Cámara sino a su Pleno, a través de una reforma del Reglamento de las Cortes de Aragón, en cuanto al estatuto de los diputados o derechos económicos, con su posterior inclusión en los presupuestos de la Comunidad Autónoma, con debate público y aprobación formal del Pleno de la Cámara. Al entender que la decisión, de la que sólo se ha tenido conocimiento por informaciones en prensa, vulnera los principios a que han de ajustarse las decisiones de gasto público, se acuerda dar traslado de dicho acuerdo al Tribunal de Cuentas, pidiendo que se lleve a cabo su control de legalidad presupuestaria y contable, y, en su caso, se analicen las posibles responsabilidades en que se haya podido incurrir.

Posteriormente, se pasó a debatir el principal punto del orden del día, consistente en el análisis y aprobación del Documento de propuestas para la nueva legislatura de las Cortes de Aragón. Partiendo del documento elaborado con motivo de las elecciones autonómicas de 2007, tras una revisión de su estructura y contenido, de acuerdo con la realidad actual de las instituciones de la Comunidad y el bagaje adquirido a lo largo de los cuatro años de actividad de la Asociación, se analizaron y debatieron las distintas medidas contenidas en el mismo.

El documento se compone de dos grandes bloques, como son los de buen gobierno –subdividido en los apartados de calidad institucional e infraestructura ética- y buena administración –subdividido, a su vez, en los apartados de gestión pública y función pública-, y en él se resumen tanto los planteamientos de la Asociación en un amplio número de cuestiones como las líneas de trabajo futuro que han de marcar los objetivos de la actuación a lo largo de la presente legislatura. Con la aprobación del Documento, a falta de las correcciones acordadas en la sesión de ayer, la Asociación se dota de un programa de actuación y una amplia batería de propuestas para las instituciones de la Comunidad Autónoma y del Estado, para avanzar en objetivos de buen gobierno y buena administrativa, es decir, en calidad democrática. El documento, una vez ultimado, será remitido a la Presidenta del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, y al conjunto de los Grupos parlamentarios de las Cortes de Aragón.

Finalmente, y antes de levantar la sesión, se aceptaron las nuevas peticiones de incorporación a la Asociación, destacando la petición de funcionarios de la Administración local de Aragón, con lo que, de acuerdo con la voluntad de la Asociación y la reforma de sus estatutos para ampliar su ámbito a todas las Administraciones de Aragón, esta ampliación comienza a tomar cuerpo y ser una realidad.